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Decreto Local 001 de 2016 Alcaldía Local de Bosa

Fecha de Expedición:
05/01/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/01/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5751 de enero 08 de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 001 DE 2016

 

(Enero 5)

 

Por el cual se Sanciona el Acuerdo Local 003 de 2015 “POR MEDIO DEL CUAL SE DERROGA (SIC) EL ACUERDO LOCAL 001 DE 2013 Y SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LA CREACIÓN DEL CONSEJO DE SABIOS Y SABIAS DE LA LOCALIDAD SÉPTIMA DE BOSA ”.

 

LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA

 

En uso de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por los numerales 1,3 y 4 del Artículo 86 del Decreto Ley 1421 del 21 de Julio de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante oficio No 2015-538, radicado 2015072013516-2 del 22 de diciembre del 2015, la Junta Administradora Local de Bosa, remite al Despacho de la Alcaldía Local el Acuerdo Local 003 de 2015 “POR MEDIO DEL CUAL SE DERROGA EL ACUERDO LOCAL 001 DE 2013 Y SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LA CREACIÓN DEL CONSEJO DE SABIOS Y SABIAS DE LA LOCALIDAD SÉPTIMA DE BOSA”, para que proceda a la respectiva sanción.

 

Que el artículo 81 del Decreto 1421 de 1993, indica que una vez aprobado en segundo debate el proyecto de Acuerdo pasará al Alcalde Local para su sanción.

 

Que una vez revisado el Acuerdo Local  No. 002 de 2015, se debe dar aplicación a lo establecido en el artículo  82 del Decreto Ley 1421 de 1993.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  PRIMERO: Sancionar el Acuerdo Local 003 de 2015 “POR MEDIO DEL CUAL SE DERROGA EL ACUERDO LOCAL 001 DE 2013 Y SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LA CREACIÓN DEL CONSEJO DE SABIOS Y SABIAS DE LA LOCALIDAD SÉPTIMA DE BOSA”

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Remitir el Acuerdo Local 003 de 2015 debidamente sancionado a la Junta Administradora Local de Bosa, a la Oficina Jurídica de la Secretaria Distrital de Gobierno, para lo de su competencia y a la Imprenta Distrital para su publicación.

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C., a los 05 días del mes de mayo de 2015 (sic).

 

DIANA CALDERÓN ROBLES

 

Alcaldesa Local de Bosa

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5751 de enero 08 de 2016