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DECRETO LOCAL 003 DE 2016 (Enero 19) POR MEDIO DEL CUAL SE CONVOCA A SESIONES EXTRAORDINARIAS A LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ENGATIVÁ. EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ En uso de sus facultades legales y CONSIDERANDO: Que el Inciso segundo del Artículo 71 del Decreto 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá” prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde Local, debiendo sesionar por el término que éste señale y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración. Que el inciso quinto del artículo 323 de la constitución política establece que: “Los Alcaldes Locales serán designados por el Alcalde Mayor de terna enviada por la correspondiente Junta Administradora.” Que el artículo 84 del Decreto 1421 de 1993 señala que: “Nombramiento. Los Alcaldes Locales serán nombrados por el Alcalde Mayor de terna elaborada por la correspondiente junta administradora. Para la integración de la terna se empleará el sistema del cuociente electoral. Su elaboración tendrá lugar dentro de los ocho (8) días iniciales del primer período de sesiones de la correspondiente junta. El Alcalde Mayor podrá remover en cualquier tiempo los Alcaldes Locales. En tal caso la respectiva junta integrará nueva terna y la enviará al Alcalde Mayor para lo de su competencia. Quienes integren las ternas deberán reunir los requisitos y calidades exigidas para el desempeño del cargo. No podrán ser designados Alcaldes Locales quienes estén comprendidos en cualquiera de las inhabilidades señaladas para los ediles. Los Alcaldes Locales tienen el carácter de funcionarios de la administración distrital y estarán sometidos al régimen dispuesto para ellos.” Que el Subsecretario de Asuntos Locales y Desarrollo Ciudadano, Dr. Iván Casas Ruiz, mediante memorando con numero de radicado 20164110021593 del 19 de enero de 2016, remite la Circular N°003 del 18 de enero de 2016, mediante la cual el Secretario Distrital de Gobierno, Dr. Miguel Uribe Turbay, fija los criterios y parámetros para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcadesas Locales 2016-2019 y señala que los Alcaldes Locales podrán convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local a partir del 20 de enero y hasta el 29 de febrero de 2016, para ocuparse de la integración de la terna para la designación de Alcalde (sa) Local 2016-2019 y para las discusiones tendientes a establecer criterios que se tendrán en cuenta para la conformación de las ternas. Que por lo antes descrito, se hace necesario convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Engativá, a partir del 20 de enero y hasta el 29 de febrero de 2016, para que se ocupe de la integración de la terna para la designación de Alcalde (sa) Local 2016-2019 y para las discusiones tendientes a establecer criterios que se tendrán en cuenta para la conformación de las ternas. En mérito de lo expuesto el Alcalde Local de Engativá, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Engativá, a partir del 20 de enero y hasta el 29 de febrero de 2016, con el objeto de efectuar la integración de la terna para la designación de Alcalde (sa) Local 2016-2019 y para las discusiones tendientes a establecer criterios que se tendrán en cuenta para la conformación de las ternas. ARTÍCULO SEGUNDO: Remitir copia del presente Decreto a la Secretaría de la Junta Administradora Local, para su competencia. ARTÍCULO TERCERO: Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Dado en Bogotá D.C., a los 19 días del mes de enero del año 2016. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. CARLOS MAURICIO NARANJO PLATA Alcalde Local de Engativá NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5759 de enero 21 de 2016 |