Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 4 de 2016 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
19/01/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/01/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5759 de enero 21 de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 04 DE 2016

 

(Enero 19)

 

“Por el cual se convoca a la junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias”

 

El Alcalde Local de Antonio Nariño,

 

en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto-Ley 1421 de 1993, y,

 

CONSIDERANDO

 

Que el Artículo 71 del Decreto 1421 de 1993 establece que las Juntas Administradoras Locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al ño, así: el primero (1°) de junio, el primero (1°) de junio, el primero (1°) de septiembre y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.

 

Que el inciso segundo del artículo 71, ibídem, prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde; en cuyo caso sesionarán por el término que señale el alcalde local,  ocupándose únicamente de los asuntos que se sometan a su consideración.

 

Que el artículo 76 del decreto-ley 1421 de 1993 establece que, entre otros, pueden presentar proyectos de acuerdo local los ediles de la Junta Administradora Local.

 

Que el Secretario Distrital de Gobierno mediante memorando Rad. No. 20164110021483 calendado el día 19 de enero de 2016 informa y remite con destino al Alcalde Local de Antonio Nariño la Circular 003 de 18 de enero de 2016 contentiva del instructivo para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas locales 2016-2019 y se solicita convocatoria a sesiones extras a las Juntas Administradoras Locales con este propósito.

 

Que el artículo 323 del decreto-ley 1421 de 1993 establee que los alcaldes locales serán designados por el Alcaide Mayor de Terna enviada por la correspondiente Junta Administradora Local.

 

Que el proceso de integración de las ternas para la elección de alcaldes y alcaldesas locales, a cargo de la honorable Junta Administradora Local, demanda su participación activa en todas y cada una de las etapas del proceso democrático.

 

Que se hace necesario convocar a sesiones extraordinarias para que la Junta Administradora Local proceda a la integración de terna para la designación de Alcalde/(sa) Local 2016-2019 y se establezcan los criterios que tendrán en cuenta para la conformación de dichas ternas. 

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias para los días 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de enero de 2016, y, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29 de febrero de 2016, respectivamente.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: La Junta Administradora Local de Antonio Nariño, dentro del período determinado en el artículo primero se ocupará exclusivamente del estudio, discusión e integración de la terna que debe remitirse al señor Alcalde Mayor del Distrito Capital de Bogotá, D.C., para la designación del alcalde/(sa) local de Antonio Nariño, conforme el proceso democrático contemplado en el Decreto-ley 1421 de 1993, Decreto Nacional 1350 de 2005 y Decreto Distrital 011 de 2008.

 

El presente Decreto rige a partir de su expedición y publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 19 días del mes de enero del año 2016

 

GIOVANNI ALEXÁNDER MONORY PARDO

 

Alcalde Local de Antonio Nariño

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5759 de enero 21 de 2016