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Resolución 62 de 2016 Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
03/03/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5790 de marzo 08 de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 062 DE 2016

 

(Marzo 3)

 Modificada por el art. 5, Resolución FVS 121 de 2016.

 “Por la cual se ajusta el manual de funciones y competencias laborales del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C.”.

 

LA GERENTE DEL FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ

 

En ejercicio de sus facultades legales, conferidas en el Acuerdo 28 de 1992 expedido por el Concejo de Bogotá y en los Acuerdo 005, 006  y 011 de 2014 de la Junta Directiva del F.V.S y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Constitución Política de Colombia en el Articulo 122, consagra: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en la Ley o reglamento”.

 

Que mediante el Decreto 367 del 9 de septiembre de 2014 actualizó el Manual General de Requisitos para los empleos públicos correspondientes a los organismos pertenecientes al sector central de la Administración Distrital de Bogotá.

 

Que mediante Resolución 209 del 3 de octubre de 2014 se estableció el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, modificada mediante las Resoluciones 211 y 288 del 6 de octubre y  20 de noviembre de 2014 respectivamente.

 

Que mediante el Decreto 1083 del 26 de mayo de 2015 se reglamentó el Decreto Ley 785 de 2005, en relación con los factores a tener cuenta para la determinación de los requisitos de los empleos de las entidades del orden territorial.

 

Que de conformidad con las disposiciones legales señaladas,  mediante Resolución 116 del 11 de junio de  2015, se modificó el manual específico de funciones y competencias laborales de acuerdo a los lineamientos dados por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1083 de 2015, expedido por el Gobierno Nacional y el Decreto 367 del Gobierno Distrital.

 

Que por necesidades del servicio, es necesario ajustar la Resolución 116 del 11 de junio de  2015, en el sentido de incluir  una disciplina academica al empleo de Asesor Código 105 Grado 04 asignado a la Gerencia del FVS modificando su propósito principal y las funciones  esenciales e incluir una disciplina academica al empleo de Subgerente Administrativo Código 084 Grado 07 – Sugerencia Administrativa y Financiera en atención a lo dispuesto en el Decreto 2484 de 2015.

 

Que mediante oficio 2016 E-E- 448 del 2 de marzo de 2016, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD-, emitió concepto técnico favorable al ajuste del correspondiente Manual Específico de Funciones y Competencias laborales del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el manual específico de funciones y competencias laborales de los empleos que conforman la planta de cargos del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C., establecido mediante Resolución 116 del 11 de junio de 2015,  cuyas funciones deberán ser cumplidas por los empleados  con criterios  de eficiencia, eficacia y efectividad, en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, así:

 

Incluir para el empleo de Asesor Código 105 Grado 04 asignado a la Gerencia la disciplina academina (sic) de Gobierno y Relaciones Internacionales correspondiente al núcleo básico del conocimiento en Ciencias Política y relaciones Internacionales, modificando su propósito principal y funciones esenciales como a continuación se señala:

 

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO.

NIVEL JERÁRQUICO:

ASESOR

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO:

ASESOR

CÓDIGO:

105

GRADO:

04

No DE CARGOS:

1

DEPENDENCIA:

GERENCIA

CARGO DEL SUPERIOR  INMEDIATO: 

GERENTE DEL FVS

II. ÁREA FUNCIONAL

GERENCIA

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar al Gerente del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C., en temas relacionados con comunicación interna y externa, gobierno y administración pública, relaciones internacionales; así como en la formulación y ejecución de las políticas y planes generales de la Entidad.

IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO

1. Asesorar a la Gerencia en la formulación y ejecución de los planes generales de la entidad  en el área de divulgación y comunicación institucional.

 

2. Asesorar a la Gerencia del FVS en el cumplimiento y  seguimiento de políticas, programas o proyectos en materia de Seguridad Ciudadana desarrolladas por el Fondo, en el marco de su Misionalidad.

 

3. Asesorar a la Gerencia en lo concerniente a la verificación de los Estándares y Referentes Internacionales en materia de seguridad y vigilancia aplicables a los proyectos que desarrolla el FVS.

 

4. Fungir, cuando se estime pertinente por la Gerencia, como enlace del FVS ante sus Agencias o Usuarios, así como con la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía Mayor de Bogotá y sus respectivas Subsecretarías. 

 

5. Brindar apoyo y acompañamiento a la Gerencia en los Comités Directivos, reuniones, mesas de trabajo y demás escenarios que se estimen pertinentes.

 

6. Realizar seguimiento y monitoreo a los compromisos adquiridos por la Gerencia del FVS acorde con los parámetros de Buen Gobierno.

 

7. Apoyar a la Gerencia en la planificación e implementación de pautas y planes para generar cultura de transparencia, buenas prácticas y eficiencia dentro del FVS.

 

8. Asesorar en la elaboración y desarrollo del cronograma de trabajo y actividades de la Gerencia de FVS, en aras de lograr su oportuno cumplimiento.

 

9. Desempeñar las demás funciones relacionadas con la naturaleza del cargo y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS Ó ESENCIALES

1. Seguridad ciudadana.

 

2. Estructura operativa de las autoridades policivas de la ciudad.

 

3. Contratación Estatal.

 

4. Estructura administrativa y funcional del Estado y el Distrito.

 

5. Comunicación Organizacional

 

6. Ruedas de prensa y publicidad

 

7. Sistemas y programas de Microsoft Office (Word, PowerPoint y Excel).

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES

POR NIVEL JERÁRQUICO

1. Orientación a resultados

2. Orientación al usuario y al ciudadano

3. Transparencia

4. Compromiso con la Organización

1. Experticia Profesional

2. Conocimiento del Entorno

3. Construcción de relaciones

4. Iniciativa

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA

FORMACIÓN ACADÉMICA

EXPERIENCIA

Título profesional en:

 

Ciencia Política correspondiente al núcleo básico del conocimiento en Ciencias Sociales y Humanas.

 

Ingeniería Insdustrial correspondiente añ núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Industrial y Afines.

 

Gobierno y Relaciones Internacionales correspondiente al núcleo básico del conocimiento en Ciencia Política y Relaciones Internacionales.

 

Título de posgrado relacionado con las funciones del  cargo.

 

Tarjeta o matricula para las profesiones reglamentadas por ley.

30 meses de experiencia profesional o docente.

 

Incluir para el empleo de Subgerente Administrativo Código 084 Grado 07 Subgerencia Administrativa y Financiera la disciplina academina de Administración Marítima y Fluvial correspondiente al núcleo básico del conocimiento en administración como a continuación se señala:

 

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO.

NIVEL JERÁRQUICO:

DIRECTIVO

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO:

SUBGERENTE

CÓDIGO:

084

GRADO:

07

No DE CARGOS:

2

DEPENDENCIA:

SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Y SUBGERENCIA TÉCNICA

CARGO DEL SUPERIOR  INMEDIATO: 

GERENTE DEL FVS

II. ÁREA FUNCIONAL

SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir los procesos relacionados con el manejo del talento humano, recursos técnicos, físicos y financieros, quejas y soluciones y servicios generales del Fondo para el logro de la misión institucional.

IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO

1. Formular y dirigir la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos administrativos y financieros institucionales dirigidos al establecimiento de esquemas que garanticen el cumplimiento del objetivo institucional.

 

2. Dirigir y establecer los lineamientos a seguir en los aspectos financieros del Fondo en relación con las actividades que requiera informes para la Gerencia y los organismos estatales que los soliciten y la conciliación de la información presupuestal, contable y de tesorería.

 

3. Dirigir y controlar funcionamiento de los sistemas de archivo y correspondencia de la entidad, del manejo del almacén general e inventarios de los bienes muebles e inmuebles, de los servicios generales y de los seguros del Fondo.

 

4. Dirigir el adecuado funcionamiento del Almacén, supervisar los inventarios y el manejo de la  Fijar directrices para el adecuado manejo y mantenimiento del archivo de gestión,  almacén, correspondencia, seguros, equipos, bienes y servicios para asegurar la normal prestación del servicio de la Entidad.

 

5. Fijar las directrices para la elaboración de los planes, programas y proyectos de administración de personal, carrera administrativa, evaluación del desempeño, salud ocupacional, capacitación y bienestar así como los programas de incentivos para los funcionarios.

 

6. Revisar y avalar el plan estratégico y el plan anual de acción para el Funcionamiento de la Entidad.

 

7. Dirigir la planeación, ejecución y cumplimiento de los planes de mejoramiento.

 

8. Refrendar y coordinar que se mantenga actualizado el sistema de información institucional de acuerdo con las normas jurídicas.

 

9. Coordinar el suministro de la información financiera y demás a cargo de la Subgerencia que se requiera para la presentación de los diferentes informes ante la Junta Directiva y demás organismos estatales que lo requieran.

 

10. Establecer las directrices para la elaboración de los manuales específicos de funciones y competencias laborales y proponer su actualización y mejoramiento en cumplimiento de los requisitos legales.

 

11. Proponer a la Gerencia del Fondo las políticas, normas y procedimientos para la administración de recursos físicos, financieros y de talento humano en conjunto con el Jefe de la Unidad de Talento Humano o quien haga sus veces de conformidad con las normas legales vigentes, que permita la eficiencia administrativa.

 

12. Las demás funciones que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS Ó ESENCIALES

1. Contratación Estatal.

2. Presupuesto Público.

3. Administración Documental.

4. Almacén e Inventarios.

5. Administración de personal.

6. Plan de Desarrollo Distrital.

7. Sistemas y programas de Microsoft Office (Word, PowerPoint y Excel).

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES

POR NIVEL JERÁRQUICO

1. Orientación a resultados

2. Orientación al usuario y al ciudadano

3. Transparencia

4. Compromiso con la Organización

1. Experticia Profesional

2. Conocimiento del Entorno

3. Construcción de relaciones

4. Iniciativa

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA

FORMACIÓN ACADÉMICA

EXPERIENCIA

Título profesional en:

 

Ciencia Política, Relaciones Internacionales Derecho y Afines correspondiente al núcleo básico del conocimiento en Ciencias Sociales y Humanas.

 

Administración de Empresas, Administración Pública, Administración Maritima y Fluvial correspondiente al núcleo básico del conocimiento en Administración.

 

Contaduría Pública correspondiente al núcleo básico del conocimiento en Contaduría.

 

Economía correspondiente al núcleo básico del conocimiento en  economía.

 

Ingeniería Industrial correspondiente al núcleo básico del conocimiento en  Ingeniería Industrial y Afines.

 

Título de posgrado relacionado con las funciones del  cargo.

 

Tarjeta o matricula para las profesiones reglamentadas por ley.

Tres (3) años de experiencia profesional o docente.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.  El Jefe de Talento Humano o quien haga sus veces  entregará a cada empleado copia de las funciones esenciales y competencias laborales determinadas en el presente manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que indique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de las funciones, deberes y obligaciones.

 

ARTÍCULO TERCERO. El Gerente del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá mediante acto administrativo adoptará las modificaciones o adiciones necesarias para mantener actualizado el Manual Específicos de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales.

 

ARTÍCULO CUARTO. En los empleos que la Resolución 116 de 2015, haya exigido título de posgrado y tarjeta profesional, se mantendrán estos requisitos para el desempeño de los mismos.

 

ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución modifica en lo pertinente  la Resolución No. 116 del 11 de junio de 2015 y rige a partir de la fecha de refrendación por parte  del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 3 días del mes de marzo del año 2016.

 

SANDRA PATRICIA BORRÁEZ DE ESCOBAR

 

Gerente Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá

 

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5790 de marzo 08 de 2016