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RESOLUCIÓN 6292 DE 2016 (Sic) “POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE BIENESTAR SOCIAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, en ejercicio de las facultades legales conferidas mediante los Acuerdos Nos. 001 y 002 del 03 de febrero de 2009 expedidos por el Consejo Directivo del IDU y en especial las otorgadas mediante los artículos 2.2.10.1, 2.2.10.2., 2.2.10.3.y 2.2.10.7 del Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública 1083 de 2015. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Título 10 “SISTEMA DE ESTÍMULOS” del Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, “Las entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados. Los estímulos se implementarán a través de Programas de Bienestar Social”, estos programas se deberán organizar anualmente, a partir de las iniciativas de los servidores, tendientes a mejorar las condiciones que favorezcan su desarrollo integral y el de su familia. Que el citado Decreto establece la finalidad de los Programas de Bienestar Social, las áreas de intervención, la de protección y servicios sociales, la de calidad de vida laboral y el Proceso de Gestión de los Programas de Bienestar, que se deben observar para el diseño y la ejecución de los programas de bienestar social de las entidades Que a su vez, el Decreto 1227 de 2005, a partir del Artículo 65 desarrolla el Sistema Nacional de Capacitación y Estímulos, definiendo los criterios a observar para la implementación de los mismos, los cuales responderán a los estudios técnicos que permitan, a partir de la identificación de necesidades y expectativas de los empleados, determinar actividades y grupos de beneficiarios bajo criterios de equidad, eficiencia y mayor cubrimiento institucional. Que a través de la Resolución No. 21673 de 2015, emanada de la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano, se adopta el Sistema de Estímulos en el IDU. Que el Instituto de Desarrollo Urbano con el fin de implementar programas de bienestar e incentivos, que eleven los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor, mantengan un buen ambiente laboral y contribuyan al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, requiere contratar los servicios de un proveedor que cuente con la capacidad operacional, experiencia, trayectoria e idoneidad en la organización y realización de actividades de bienestar, salud, recreación, cultura desarrollo personal y organizacional. Que de acuerdo al desarrollo de los Programas de Seguridad y Salud del Trabajo y a la Intervención del Clima Organizacional, se evidenció la necesidad de articular estos programas con el fin de mejorar el Bienestar y Calidad de Vida de los servidores de la Entidad. Que en mérito de lo anteriormente expuesto. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el Plan Anual de Bienestar del Instituto, el cual se implementará a partir de la suscripción del contrato No. 800 de mayo 27 de 2016, para el desarrollo y ejecución del plan. ARTÍCULO SEGUNDO: El Plan Anual de Bienestar tiene los componentes de intervención: Protección y Servicios Sociales y Calidad de Vida Laboral, con los cuales se pretende lograr que las condiciones de vida laboral de los servidores se fortalezcan, a través de actividades artísticas, culturales, recreativas, vacacionales, deportivas, de integración y desarrollo de personal, conllevando a una mayor productividad. La ejecución del plan para la vigencia 2015 – 2016, se desglosa de la siguiente manera:
ARTÍCULO TERCERO: Presupuesto El Plan Anual de Bienestar se ejecutará de conformidad con el contrato No. 800 de mayo 27 de 2016, cuyo objeto contractual es” Apoyar al Instituto de Desarrollo Urbano en la ejecución de diferentes actividades contempladas en el Plan de Estímulos (Bienestar e Incentivos), por el término de diez (10) meses o hasta agotar el presupuesto asignado.“, . ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D. C., a los (Sic) YANETH ROCIO MANTILLA BARÓN Directora General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5853 de junio 15 de 2016 |