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RESOLUCIÓN 1944 de 2017 (Octubre 27) “Por medio de la cual se adopta la Política de Seguridad
de la Información de la Secretaría de Educación del Distrito” “LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO” En ejercicio de sus facultades legales y en especial
las conferidas por el Decreto 1421 de 1993, el Decreto 330 de 2008 y por el
Decreto 01 del 1 de enero de 2016 y, CONSIDERANDO Que el artículo 5º del Acuerdo Distrital 257 de 2006 establece que las
actuaciones administrativas serán públicas y estarán soportadas en tecnologías
de información y comunicación, de manera que el acceso a la información
oportuna y confiable, facilite el ejercicio efectivo de los derechos
constitucionales y legales y los controles ciudadano, político, fiscal,
disciplinario y de gestión o administrativo. Que la Comisión Distrital de Sistemas de Bogotá D.C., en su calidad de
organismo rector de las políticas y estrategias a nivel de tecnologías de la
información y de las comunicaciones en el Distrito y órganos de control del
Distrito Capital, mediante Resolución 305 de 2008 determino el marco de
referencia de las mejores prácticas para el desarrollo e implementación del
Sistema de Gestión de Seguridad de la Información, los procedimientos para el
adecuado uso y administración de los recursos informáticos y señaló que el del
Sistema de Gestión de Seguridad de la Información debe estar alineado con el
Sistema Integrado de Gestión, en cada uno de sus componentes, esto es, los
Sistemas de Gestión de Calidad, Control Interno, Desarrollo Administrativo y
Gestión Ambiental. Qué el Gobierno Nacional, a través del documento CONPES 3701 del 14 de
julio de 2011, estableció la Estrategia Nacional de Ciberseguridad y
Ciberdefensa, con el fin de desarrollar medidas que aseguren la información de
los ciudadanos frente a las amenazas informáticas y que deben ser adoptados. Que el Decreto Único
Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y la Comunicaciones
N°1078 de 2015, dispone que las entidades que conforman la administración
pública serán sujetos obligados al cumplimiento de las políticas y los
lineamientos de la Estrategia de Gobierno en Línea y estableció como uno de sus
cuatro componentes el de la Seguridad y Privacidad de la Información
comprendido por las acciones trasversales a los componentes de TIC para
Servicios, TIC para el Gobierno Abierto y TIC para la Gestión, tendientes a
proteger la información y sistemas de información, del acceso, divulgación,
interrupción o destrucción no autorizada. Que se hace necesario que la Secretaría de Educación, adopte y
manifieste su compromiso con el establecimiento de políticas y objetivos de la
seguridad de la información, en concordancia con los principios de seguridad y
privacidad de la información y la normativa aplicable, con el fin de prevenir
riesgos, racionalizar trámites y ofreciendo accesibilidad a su trámites y
servicios. Que en mérito de lo expuesto este despacho, RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Objetivo. La presente resolución tiene por objetivo adoptar la
Política de Seguridad de la Información de la Secretaría de Educación del
Distrito, la cual hace parte del Sistema Integrado de Gestión de la entidad. ARTÍCULO 2°: Política de la Seguridad de
la Información: "La Secretaría de Educación del Distrito
en el cumplimiento de su misión y de los objetivos estratégicos se compromete a
organizar, planificar, implementar, soportar, operar, evaluar y mejorar la
Seguridad de la Información de la entidad, a fin de proteger, preservar y
asegurar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los activos de
información que soportan los procesos de la SED.” Parágrafo 1°. El manual que desarrolla la Política de Seguridad de
la Información hace parte integral de la presente resolución y tiene como
finalidad gestionar adecuadamente la protección de la información de la SED. ARTÍCULO 3º. La Política de la Seguridad de la Información aplica
a todos los servidores públicos, contratistas, terceros, aprendices,
practicantes, usuarios y en general a todas las personas que de manera directa
o indirecta hagan uso de la información ofrecida por la entidad en el nivel
central, local e institucional. ARTÍCULO 4º. Objetivos específicos de la
Política. Los objetivos de la
política son: · Minimizar el riesgo de incumplimiento de los objetivos
misionales de la entidad y de afectación de los servicios internos y externos
por incidentes, fallas o vulnerabilidades. · Cumplir con los principios generales de seguridad de
la información definidos en las normas y reglamentación vigente. · Cumplir con los principios de la función
administrativa. · Mantener la confianza de la ciudadanía, entes de
control, entidades gubernamentales en la información y servicios ofrecidos por
la SED. · Gestionar los riesgos tecnológicos de la institución,
cumpliendo con las normas y recomendaciones de mejores prácticas de seguridad. · Proteger los activos de información brindando
confiablidad, integridad y disponibilidad. · Establecer el manual de la política, procesos,
procedimientos e instructivos en materia de seguridad de la información al
interior de la SED. · Fortalecer la cultura de seguridad de la información
sensibilizando y capacitando a los servidores públicos, contratistas, terceros,
aprendices, practicantes, usuarios y en general todas las personas que usen la
información ofrecida por la entidad. · Definir los responsables, funciones y roles en la
planificación, implementación, control, seguimiento y mejoramiento del
Subsistema de gestión de la seguridad de la información y la gestión del
riesgo. · Garantizar la continuidad del negocio frente a
incidentes. ARTÍCULO 5º. Lineamientos de la política. La Secretaría de Educación del Distrito implementará
y divulgará la política y sus lineamientos descritos en el documento “Política
General del subsistema de gestión de la seguridad de la información”, teniendo
en cuenta: 1. Aspectos organizativos de la seguridad de la información 2. Seguridad de los recursos humanos 3. Gestión de activos 4. Control de accesos 5: Cifrado 6. Seguridad física y ambiental 7. Seguridad operativa 8. Seguridad en las telecomunicaciones 9. Adquisición, desarrollo y mantenimiento de los sistemas de
información 10. Relaciones con proveedores 11. Gestión de incidentes en la seguridad de la información 12. Gestión de la continuidad del negocio 13. Cumplimiento ARTÍCULO 6º. Revisión. El Manual de la Política de la Seguridad de la
Información será revisado anualmente o antes (si es requerido), con el fin de
garantizar la pertinencia, oportunidad y vigencia. Esta actividad es propuesta
por el Comité Estratégico del Sistema Integrado de Gestión y deberá ser
aprobado por la Secretaria de Educación de Bogotá. ARTÍCULO 7º- Vigencia. La presente
resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las
disposiciones que le sean contrarias. Dada en Bogotá D.C. a los veintisiete (27) días del
mes de octubre de dos mil dieciséis (2016). PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ Secretaria de Educación del Distrito NOTA: Publicada en el Registro Distrital
5982 del 26 de diciembre de 2016 |