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RESOLUCIÓN
REGLAMENTARIA 009 DE 2017 (Febrero
20) Por la
cual se deroga la Resolución Reglamentaria No. 019 del 10 de junio de 2015 y se
dictan otras disposiciones. EL
CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C. En
ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las
conferidas en los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política de
Colombia, la Ley 42 de 1993, el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Acuerdo 658 de 2016 y CONSIDERANDO: Que en vigencia del Acuerdo Distrital 519 de
2012, se profirió la Resolución No. 019 de 2015: “Por la cual se crea y
reglamenta el Comité Estratégico de Fiscalización de la Contraloría de Bogotá
D.C.”, en virtud de la cual se creó una instancia de seguimiento y control al
Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal. Que al tenor de lo dispuesto en el artículo 6
del Acuerdo Distrital 658 de 2016, “…le corresponde a la Contraloría de Bogotá,
D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus
funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las
leyes y en este Acuerdo.” Que conforme a lo previsto en el artículo 63
del citado Acuerdo, el Contralor de Bogotá D.C., tiene la competencia para
crear, reglamentar y suprimir comités, comisiones y juntas. Que revisado el objetivo del Comité Estratégico
de Fiscalización de la Contraloría de Bogotá D.C., se evidenció que dicha
instancia de dirección se diseñó con el fin de hacer seguimiento a los
resultados de impacto obtenidos con ocasión del ejercicio del control fiscal,
estrategia que no se enmarca dentro de los lineamientos del 2016-2020 “Una
Contraloría aliada con Bogotá”, haciéndolo un mecanismo inviable para el logro
de los objetivos y metas propuestas para el Proceso de Vigilancia y Control a
la Gestión Fiscal, máxime si se tiene en cuenta que tal función está en cabeza
de las Direcciones Sectoriales de Fiscalización y sus correspondientes
subdirecciones. Que el pasado 20 de diciembre de 2016, se
suscribió el Acuerdo Laboral con las organizaciones sindicales de la
Contraloría de Bogotá D.C., y dentro de los compromisos adquiridos se incluyó
la revisión de la pertinencia de continuar con dicho Comité, situación que
sumado a lo anterior evidencia la necesidad de eliminar dicha instancia de
dirección. En virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO
PRIMERO: Derogar la Resolución Reglamentaria No. 019 del 10 de
junio de 2015, “Por la cual se crea y reglamenta el Comité Estratégico de
Fiscalización de la Contraloría de Bogotá D.C.”. ARTÍCULO
SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su
publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada
en Bogotá, D. C., a los veinte (20) días del mes de febrero de dos mil
diecisiete (2017). JUAN
CARLOS GRANADOS BECERRA Contralor
de Bogotá D.C. |