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Resolución Reglamentaria 46 de 2016 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
28/12/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5986 del 30 de diciembre de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución Reglamentaria 046 DE 2016

 

(Diciembre 28)

                   

“Por la cual se deroga la Resolución Reglamentaria no. 059 de 2003 que adoptó el Plan de Contingencias de Sistemas de información de la Contraloría de Bogotá D.C.”

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas por el Acuerdo 658 de 21 de diciembre de 2016 y

 

CONSIDERANDO

 

Que el artículo 2 de la Ley 87 de 1993, por la cual se establecen normas  para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, señala entre los objetivos fundamentales del diseño y desarrollo del Sistema de Control Interno: a) Proteger los recursos de la Organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que los afecten, e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros y f) Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos. 

 

Que el artículo 4 de la Ley 87 de 1993 contempla como elemento del Sistema de Control Interno, bajo la responsabilidad de los directivos de la Entidad la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que la Comisión Distrital de Sistemas (CDS) de Bogotá, D.C., mediante Resolución No. 305 del 20 de octubre de 2008, expidió políticas públicas en materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones para las entidades, organismos y órganos de control en el Distrito Capital, estableciendo en el artículo 18 ibídem, el deber de formular el plan de contingencia para garantizar la continuidad de las operaciones ante una situación crítica que pueda amenazar la prestación de los servicios.

 

Que mediante la Resolución Reglamentaria No. 059 de  2003, se adoptó el Plan de Contingencias para los Sistemas de Información de la Contraloría de Bogotá D.C., el cual debe ser armonizado con el Sistema Integrado de Gestión – SIG actual, de manera que se constituya en una herramienta para garantizar la continuidad de las operaciones automatizadas de los sistemas de información que se consideran críticos dentro del Plan de Contingencias de TI y para reducir su nivel de impacto en la entidad y en el ejercicio del control fiscal.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 070 de 2015, se regula el Comité de Seguridad de la Información y Gobierno en Línea- SIGEL de la Contraloría de Bogotá D.C., el cual de conformidad al Artículo 3 numeral 9, es encargado de llevar los Planes relacionados con la Seguridad de la Información y Gobierno en línea al Comité Directivo para su aprobación tal y como lo establece el artículo 5 numeral 5 de la Resolución Reglamentaria No. 001 de 2015.

 

Que el procedimiento para el control de documentos del Sistema Integrado de Gestión – SIG, versión 10.0, adoptado en la Resolución Reglamentaria No. 067 de 2015, señala que los planes y programas de la entidad, se aprueban en el comité correspondiente o de la manera que señale el respectivo procedimiento.

 

Que el Plan de Contingencias fue aprobado en Comité Directivo tal y como consta en el acta 08 de fecha 30 de noviembre del 2016.

 

Que como consecuencia de lo expuesto se hace necesario derogar la Resolución Reglamentaria No. 059 de 2003, toda vez que la entidad adoptó su nuevo Plan de Contingencias de TI conforme a los procedimientos vigentes del Sistema Integrado de Gestión – SIG.

 

Que en mérito de lo expuesto

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO. Derogar la Resolución Reglamentaria No. 059 de 2003, por medio de la cual se adoptó el Plan de Contingencias de Sistemas de Información de la Contraloría de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución Reglamentaria No. 059 de 2003 y demás que le sean contrarias,

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C. a los veintiocho (28) días del mes de diciembre de dos mil dieciséis (2016)

 

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

 

Contralor de Bogotá D.C.

 

 

Nota: Publicado en el Registro Distrital 5986 del 30 de diciembre de 2016