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Resolución Reglamentaria 046 DE 2016 (Diciembre 28) “Por la cual se deroga la Resolución
Reglamentaria no. 059 de 2003 que adoptó el Plan de Contingencias de Sistemas
de información de la Contraloría de Bogotá D.C.” EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C. En ejercicio de sus atribuciones
constitucionales y legales en especial las conferidas por el Acuerdo 658 de 21
de diciembre de 2016 y CONSIDERANDO Que el artículo 2 de la Ley
87 de 1993, por la cual se establecen normas
para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del
Estado y se dictan otras disposiciones”, señala entre los objetivos fundamentales
del diseño y desarrollo del Sistema de Control Interno: a) Proteger los
recursos de la Organización, buscando su adecuada administración ante posibles
riesgos que los afecten, e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la
información y de sus registros y f) Definir y aplicar medidas para prevenir los
riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la
organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos. Que el artículo 4 de la Ley
87 de 1993 contempla como elemento del Sistema de Control Interno, bajo la responsabilidad
de los directivos de la Entidad la simplificación y actualización de normas y
procedimientos. Que la Comisión Distrital de
Sistemas (CDS) de Bogotá, D.C., mediante Resolución No. 305 del 20 de octubre
de 2008, expidió políticas públicas en materia de Tecnologías de la Información
y Comunicaciones para las entidades, organismos y órganos de control en el
Distrito Capital, estableciendo en el artículo 18 ibídem, el deber de formular
el plan de contingencia para garantizar la continuidad de las operaciones ante
una situación crítica que pueda amenazar la prestación de los servicios. Que mediante la Resolución
Reglamentaria No. 059 de 2003, se adoptó
el Plan de Contingencias para los Sistemas de Información de la Contraloría de
Bogotá D.C., el cual debe ser armonizado con el Sistema Integrado de Gestión –
SIG actual, de manera que se constituya en una herramienta para garantizar la
continuidad de las operaciones automatizadas de los sistemas de información que
se consideran críticos dentro del Plan de Contingencias de TI y para reducir su
nivel de impacto en la entidad y en el ejercicio del control fiscal. Que mediante Resolución
Reglamentaria No. 070 de 2015, se regula el Comité de Seguridad de la
Información y Gobierno en Línea- SIGEL de la Contraloría de Bogotá D.C., el
cual de conformidad al Artículo 3 numeral 9, es encargado de llevar los Planes
relacionados con la Seguridad de la Información y Gobierno en línea al Comité
Directivo para su aprobación tal y como lo establece el artículo 5 numeral 5 de
la Resolución Reglamentaria No. 001 de 2015. Que el procedimiento para el
control de documentos del Sistema Integrado de Gestión – SIG, versión 10.0,
adoptado en la Resolución Reglamentaria No. 067 de 2015, señala que los planes
y programas de la entidad, se aprueban en el comité correspondiente o de la
manera que señale el respectivo procedimiento. Que el Plan de Contingencias
fue aprobado en Comité Directivo tal y como consta en el acta 08 de fecha 30 de
noviembre del 2016. Que como consecuencia de lo
expuesto se hace necesario derogar la Resolución Reglamentaria No. 059 de 2003,
toda vez que la entidad adoptó su nuevo Plan de Contingencias de TI conforme a
los procedimientos vigentes del Sistema Integrado de Gestión – SIG. Que en mérito de lo expuesto RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Derogar la Resolución Reglamentaria No. 059 de 2003, por medio de la
cual se adoptó el Plan de Contingencias de Sistemas de Información de la
Contraloría de Bogotá, D.C. ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga
la Resolución Reglamentaria No. 059 de 2003 y demás que le sean contrarias, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los veintiocho
(28) días del mes de diciembre de dos mil dieciséis (2016) JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA Contralor de Bogotá D.C. Nota: Publicado en el Registro Distrital 5986 del 30
de diciembre de 2016 |