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Resolución 1760 de 2017 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
17/04/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/04/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6065 del 26 de abril de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1760 DE 2017


(Abril 17)


Derogada por el art. 6, Resolución 518 de 2024.

 

"Por la cual se adopta la nueva metodología de los acuerdos de gestión y se designan los pares de los gerentes públicos que actuarán como evaluadores en el proceso de valoración del componente comportamental


LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU,


en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los Acuerdos 001 y 002 del 3 de febrero de 2009 del Consejo Directivo del IDU, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 50 de la Ley 909 de 2004 establece


“Acuerdos de gestión.

 

1. Una vez nombrado el gerente público, de manera concertada con su superior jerárquico, determinará los objetivos a cumplir.

 

2. El acuerdo de gestión concretará los compromisos adoptados por el gerente público con su superior y describirá los resultados esperados en términos de cantidad y calidad. En el acuerdo de gestión se identificarán los indicadores y los medios de verificación de estos indicadores.

 

3. El acuerdo de gestión será evaluado por el superior jerárquico en el término máximo de tres (3) meses después de acabar el ejercicio, según el grado de cumplimiento de objetivos. La evaluación se hará por escrito y se dejará constancia del grado de cumplimiento de los objetivos.

 

4. El Departamento Administrativo de la Función Pública apoyará a las distintas autoridades de las respectivas entidades para garantizar la implantación del sistema. A tal efecto, podrá diseñar las metodologías e instrumentos que considere oportunos.”

 

Que el artículo 2.2.13.1.12 del Decreto 1083 de 2015 establece: “(…) El Departamento Administrativo de la Función Pública diseñará una metodología para la elaboración, seguimiento y evaluación de los Acuerdos de Gestión, que podrá ser adoptada por las entidades.

 

En caso de no ser adoptada, las entidades deberán desarrollar su propia metodología para elaborar, hacer seguimiento y evaluar los Acuerdos de Gestión, en todo caso, ciñéndose a los parámetros establecidos en el presente título.”

 

Que de conformidad con la Circular Externa 100-001-2017 de enero 11 de 2017, el Departamento Administrativo de la Función Pública adoptó la “Guía metodológica para la gestión del rendimiento de los gerentes públicos – acuerdos de gestión”, la cual desarrolla la gestión del rendimiento; componente estratégico para la planificación y evaluación de los empleos de naturaleza gerencial.

 

Que el Instituto de Desarrollo Urbano en sesión del Comité Directivo del 21 de febrero de 2017, revisó y adoptó la metodología de los acuerdos de gestión aprobando los siguientes tres componentes definidos en la guía metodológica, de la siguiente manera:

 

- Compromisos gerenciales con un peso del 80%.

 

- Competencias comportamentales con un peso del 20%.


- Compromisos adicionales con un peso del 5%.

 

Que para determinar el 80% se deberán asignar unos pesos porcentuales a los compromisos gerenciales que no podrán ser menores al 10% ni superiores al 40% y su concertación se deberá efectuar en el marco de la Planeación Institucional  aplicable a la vigencia correspondiente.

 

Que del 20% de competencias comportamentales, el setenta por ciento (70%) corresponderá a la valoración de las competencias por parte del superior jerárquico; el veinte por ciento (20%) de un par y el diez por ciento (10%) restante será el resultado del promedio de la valoración de los servidores públicos de la planta permanente de la Entidad.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°-. Adoptar la nueva metodología de los Acuerdos de Gestión aplicable a los Gerentes Públicos del Instituto de Desarrollo Urbano de acuerdo con los lineamientos de la Circular Externa No. 100-001-2017 de enero 11 de 2017, del Departamento Administrativo de la Función Pública y los formatos propios, los cuales están dispuestos en el Mapa de Procesos de la entidad, en el proceso de Gestión del Talento Humano.

 

ARTÍCULO 2°-. Adoptar el “Par” de cada uno de los Gerentes Públicos del Instituto de Desarrollo Urbano, el cual registrará su valoración en el formato de evaluación de las competencias comportamentales, cumpliendo los criterios definidos en la siguiente tabla:

 

#

GERENTE EVALUADO

PAR AUTORIZADO PARA EVALUAR

1

Jefe de Oficina Asesora de Planeación

Jefe de Oficina de Control Disciplinario

2

Jefe de Oficina de Atención al Ciudadano

Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones

3

Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones

Jefe  de Oficina Asesora de Planeación

4

Jefe de Oficina de Control Disciplinario

Jefe  de Oficina de Atención al Ciudadano

5

Subdirector(a) General de Desarrollo Urbano

Subdirector(a) General Jurídico(a)

6

Subdirector(a) General de Infraestructura

Subdirector(a) General de Gestión Corporativa

7

Subdirector(a) General Jurídico(a)

Subdirector(a) General de Infraestructura

8

Subdirector(a) General de Gestión Corporativa

Subdirector(a) General de Desarrollo Urbano

9

Director(a)  Técnico(a) Estratégica

Director(a)  Técnico(a) de Proyectos

10

Director(a)  Técnico(a) de Proyectos

Director(a)  Técnico(a) de Procesos Selectivos

11

Director(a)  Técnico(a) de Predios

Director(a)  Técnico(a) de Construcciones

12

Director(a)  Técnico(a) de Construcciones

Director(a)  Técnico(a) de Gestión Judicial

13

Director(a)  Técnico(a) de Mantenimiento

Director(a)  Técnico(a) de Administración de Infraestructura

14

Director(a)  Técnico(a) de Administración de Infraestructura

Director(a)  Técnico(a) de Gestión Contractual

15

Director(a)  Técnico(a) de Procesos Selectivos

Director(a)  Técnico(a) Administrativa  y Financiera

16

Director(a)  Técnico(a) de Gestión Contractual

Director(a)  Técnico(a) de Mantenimiento

17

Director(a)  Técnico(a) de Gestión Judicial.

Director(a)  Técnico(a) de Predios

18

Director(a)  Técnico(a) de Apoyo a la Valorización

Director(a)  Técnico(a) Estratégica

19

Director(a)  Técnico(a) Administrativa  y Financiera

Director(a)  Técnico(a) de Apoyo a la Valorización

20

Subdirector(a) Técnico(a) de Ejecución Subsistema Vial

Subdirector(a) Técnico(a) de Mantenimiento del Subsistema

Vial

21

Subdirector(a) Técnico(a) de Ejecución Subsistema Transporte

Subdirector(a) Técnico(a) de Mantenimiento del Subsistema Transporte

22

Subdirector(a) Técnico(a) de Mantenimiento del Subsistema Vial

Subdirector(a) Técnico(a) de Ejecución Subsistema

Transporte

23

Subdirector(a) Técnico(a) de Mantenimiento  del Subsistema Transporte

Subdirector(a) Técnico(a) de Ejecución Subsistema Vial

24

Subdirector(a) Técnico(a) de Operaciones

Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Tecnológicos

25

Subdirector(a) Técnico(a) Jurídico(a) y Ejecuciones Fiscales

Subdirector(a) Técnico(a) de Presupuesto y Contabilidad

26

Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Humanos

Subdirector(a) Técnico(a) de Jurídico(a) y Ejecuciones Fiscales

27

Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Tecnológicos

Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Físicos

28

Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Físicos

Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Humanos

29

Subdirector(a) Técnico(a) de Tesorería y Recaudo

Subdirector(a) Técnico(a) de Operaciones

30

Subdirector(a) Técnico(a) de Presupuesto y Contabilidad

Subdirector(a) Técnico(a) de Tesorería y Recaudo

 


ARTÍCULO 3°-. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.


 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de abril de dos mil diecisiete (2017)

 

YANETH ROCÍO MANTILLA BARÓN


Directora General