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RESOLUCIÓN 429 de 2017 (Junio
20) Por medio de la cual se adopta el Sistema de Evaluación de
la Gestión para Empleados Públicos vinculados en Provisionalidad al Instituto
Distrital de Recreación y Deporte – IDRD EL DIRECTOR GENERAL DEL
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE – IDRD En uso de sus
facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, la Ley 909
de 2004, el numeral 8 del artículo 19 de la Resolución 05 de 1997, expedida por
la Junta Directiva del IDRD y CONSIDERANDO: Que
la Ley 87 de 1993, señala que el Control Interno se expresará a través de
políticas aprobadas por la dirección y administración de las entidades,
mediante técnicas de evaluación y regulaciones administrativas, facilitando la
correcta ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la
misión institucional. Que
la Ley 489 de 1998, establece que, en cumplimiento de los principios de la
función pública, se debe evaluar el desempeño de las entidades el cual es
concomitante y derivado de la gestión de los servidores públicos, quienes están
llamados a responder y demostrar los resultados de su propio desempeño y su
aporte a la gestión institucional y con ello al logro de los fines del Estado. Que
la Ley 909 de 2004, señaló en los principios de la función pública, que la
responsabilidad de los servidores públicos, sin distingo del tipo de
vinculación, deberá concretarse a través de instrumentos de evaluación, con
miras al logro de la satisfacción de los intereses generales y la efectiva
prestación del servicio. Que
la NTCGP 1000 estableció en el literal a) del Numeral 6.2.2, que es necesario “determinar la competencia necesaria de los
servidores públicos y/o particulares que ejercen funciones públicas o que realizan
trabajos que afectan la conformidad con los requisitos del producto y/o
servicio” y en el literal c) ibídem: “evaluar las acciones tomadas, en términos
de su efecto sobre la eficacia, eficiencia o efectividad del Sistema de Gestión
de la Calidad de la entidad”. Que
el Departamento Administrativo de la Función Pública en apartes del concepto
20166000016871 de 2016, señaló: “...la
evaluación de la gestión institucional o del desempeño laboral debe hacerse
independientemente del tipo de vinculación que tenga el personal en su
organización”. Que
la Comisión Nacional del Servicio Civil en concepto 02-17189 radicado
02-2008-30200 manifestó que: “Ante esta
situación es innegable que la evaluación de la gestión institucional o del
desempeño laboral no está sujeta al tipo de vinculación que ostente el
empleado, ya que la responsabilidad social es inherente al servicio público y
al marco normativo que regula su ejercicio no prevé ningún tipo de excepción
sobre el seguimiento o la valoración de los resultados, el cumplimiento de sus
deberes y su desempeño laboral.” Que
el numeral 8 del artículo 19 de la Resolución 05 de 1997, proferida por la
Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, determinó que
es función del Director General: “(...)
Dirigir y coordinar las actividades del Instituto, recursos humanos, económicos
y financieros de la entidad de acuerdo con la Ley, disposiciones de la Junta
Directiva y los estatutos orgánicos(..).” Que,
en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°- Adoptar el Sistema de
Evaluación de la Gestión para Empleados Provisionales cuya estructura,
desarrollo y procedimiento, se encuentran definidos en el Protocolo elaborado
por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital que hacen parte
de la presente Resolución, cuya implementación y ejecución aplica a partir del
período comprendido entre el 1 de febrero de 2017 y el 31 de enero de 2018 y de
manera permanente los siguientes períodos evaluables. Parágrafo: Hacen parte integral
del Sistema de Evaluación de la Gestión para Empleados Provisionales, los
formatos establecidos por el Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital, en los cuales se registra el proceso de evaluación de los
funcionarios vinculados en provisionalidad a la entidad. Artículo 2°- La adopción y
aplicación de este Sistema de gestión, no otorga derechos de carrera o de
permanencia en el servicio, ni habilita el acceso a encargos o incentivos. Artículo 3°- La implementación de
esta herramienta de gestión se iniciará en los términos definidos en el Protocolo
de Evaluación de la Gestión para Empleados Provisionales. Artículo 4°- El presente acto
administrativo deroga en todas sus partes la Resolución 538 del 11 de septiembre
de 2014, “Por la cual se implementa y adopta el Sistema de Medición del
Rendimiento Laboral de los funcionarios vinculados en provisionalidad y temporalidad
al Instituto Distrital de Recreación y Deporte”. Artículo 5°- En cumplimiento del
artículo 8° de la Ley 1437 de 2001(sic), publíquese en la página web del IDRD. Artículo 6°- La presente Resolución
rige a partir de la fecha. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, a los
veinte (20) días del mes de junio de dos mil diecisiete (2017). PEDRO ORLANDO MOLANO
PÉREZ Director General |