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RESOLUCIÓN 029 DE 2017 (Enero
31) Derogada por el art. 5, Resolución 040 de 2018 Por la cual se establece y adopta el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano como Estrategias de Lucha contra la Corrupción y Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico para el año 2017 LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO
ECONÓMICO (E) En
uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las conferidas en los articules 23 y 78 del Acuerdo 257 de 2006 y en el
artículo 4 del Decreto 437 de 2016, CONSIDERANDO Que
de conformidad con lo
establecido en el artículo
209 de la Constitución Política
de Colombia: "La función
administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de
igualdad, moralidad, eficacia,
economía, celeridad,
imparcialidad y publicidad,
mediante la descentralización, la
delegación y la desconcentración
de funciones. Las
autoridades administrativas deben
coordinar sus actuaciones para
el adecuado cumplimiento de los fines
del Estado. La
administración pública, en
todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en
los términos que señale la ley". Que
el artículo 6 de
la Ley 87
de 1993 - "Por la
cual se establecen
normas para el ejercicio de control
interno en fas entidades y organismos del Estado
y se dictan otras
disposiciones"-, dispuso que( ... ) "El establecimiento y desarrollo
del Sistema de
Control Interno en los organismos y entidades públicas, será
responsabilidad del representante
legal o máximo directivo correspondiente. No
obstante, la aplicación de
los métodos y procedimientos al igual que la
calidad, eficiencia y eficacia
del Control Interno, también será
responsabilidad de los jefes
de cada una
de las distintas
dependencias de las entidades y
organismos". Que
la Ley 190 de
1995 establece normas tendientes a preservar
la moralidad en la Administración Pública y
se fijan disposiciones con el fin de
erradicar la corrupción administrativa. Que
la Ley 489
de 1998 "por la
cual se dictan
normas sobre la
organización y funcionamiento de
las entidades del
orden nacional, se
expiden las disposiciones, principios y
reglas generales para
el ejercicio de
las atribuciones previstas en los
numerales 15 y 16
del artículo 189
de la Constitución Política y
se dictan otras disposiciones", en su capítulo
VI articulo 27 crea el Sistema Nacional de Control Interno, conformado por el
conjunto de instituciones, instancias de
participación, políticas, normas, procedimientos, recursos, planes,
programas, proyectos, metodologías, sistemas de información y tecnología
aplicable. Que
la Ley 962
de 2005 estableció
normas sobre racionalización de
trámites y procedimientos administrativos de
los organismos y
entidades del Estado
y de los particulares que ejercen funciones
públicas o prestan servicios públicos. Que
la Ley 1474 de
2011 dictó normas
orientadas a fortalecer
los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos
de corrupción y la efectividad
del control de la gestión pública,
disponiendo en el
artículo 73 que
cada entidad del
orden nacional,
departamental y municipal deberá elaborar
anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción
y de atención al ciudadano. Dicha
estrategia contemplará, entre otras
cosas, el mapa de riesgos
de corrupción en
la respectiva entidad,
las medidas concretas
para mitigar esos riesgos,
las estrategias antitrámites
y los mecanismos
para mejorar la atención al ciudadano y en su artículo 76
que en toda entidad pública, deberá
existir por lo menos una dependencia
encargada de recibir, tramitar y resolver
las quejas, sugerencias y reclamos que
los ciudadanos formulen, y
que se relacionen con el cumplimiento de la
misión de la entidad Que la Ley 1712 de 2014
dispuso la creación de la
Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras
disposiciones Que
el Decreto 4637
de 2011 por su
parte dispuso la
existencia de la
Secretaría de
Transparencia, asignándole dentro de funciones el señalar la metodología para diseñar y hacer seguimiento
a la estrategia
de lucha contra
la corrupción y
de atención al ciudadano, que deberán elaborar anualmente las entidades del orden nacional y territorial. Que el Decreto 4632 de 2011 reglamenta parcialmente
la Ley 1474 de 2011 en lo que se
refiere a la Comisión Nacional
para la Moralización y la Comisión
Nacional Ciudadana para la Lucha
contra la Corrupción y dictó otras
disposiciones. Que
el Decreto 019
de 2012 determina
en el artículo
1 que los
trámites, los procedimientos y
las regulaciones administrativas tienen
por finalidad proteger
y garantizar la efectividad de
los derechos de
las personas naturales
y jurídicas ante las
autoridades y facilitar
las relaciones de
los particulares con
estas como usuarias
o destinatarias de sus servicios
de conformidad con
los principios y reglas previstos
en la Constitución Política
y en la ley. Este
Decreto tiene por
objeto suprimir o reformar los
trámites, procedimientos y
regulaciones innecesarios existentes
en la Administración pública, con el fin
de facilitar la actividad
de las personas naturales
y jurídicas ante las autoridades, contribuir a la eficiencia y eficacia
de éstas y desarrollar los
principios constitucionales que la
rigen. Que el Decreto 2641 de 2012 reglamentó los articules
73 y 76 de la Ley 1474 de 2011 y señaló la metodología para diseñar y hacer seguimiento
a la estrategia de lucha contra
la corrupción y de
atención al ciudadano
de que trata
el artículo 73,
señalando los estándares que
deben cumplir las
entidades públicas para
dar cumplimiento a lo
establecido en el artículo 76 ibídem. Que
el Decreto 1081 de
2015, "Por medio del
cual se expide el
Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República", compiló
el Decreto 2641
de 2012, reglamentario de los
artículos 73 y 76 de la Ley 1474 de
2011, estableció la metodología "Estrategias para
la Construcción del Plan
Anticorrupción y de Atención al
Ciudadano", como una
guía para diseñar
y hacer seguimiento a la estrategia establecida en
el Plan Anticorrupción y de Atención
al Ciudadano. Que
la citada metodología en
el año 2015 fue
objeto de revisión
y actualización, entre otros aspectos, se le incorporaron las acciones
de transparencia y acceso a la
información pública y se actualizaron
las directrices para
diseñar y hacer seguimiento al Mapa
de Riesgos de Corrupción. Que el Decreto Nacional 124 de 2016 "Por el cual se sustituye el Título 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, relativo al "Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano", actualizó la metodología "Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano-Versión 2", para el diseño y seguimiento a la estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano de que trata el articulo 73 de la Ley 1474 de 2011. El
proyecto Plan Anticorrupción y de Atención
al Ciudadano estuvo
disponible a la ciudadanía del 12 al 16 de enero de 2017 en la páqina
web para sus respectivos aportes, sin
obtener observaciones. Que
teniendo en cuenta
la anterior normatividad se
hace necesario adoptar
et Plan Anticorrupción y de
Atención al Ciudadano como instrumentos
preventivos para el control de
la corrupción en
la Secretaría Distrital
de Desarrollo Económico,
de acuerdo a la
metodología establecida por la norma, tal como consta
en el documento que hace parte integral de
la presente; disposiciones
que permitirán realizar
una gestión de
manera eficiente y transparente
de conformidad con
el Sistema Integrado
de Gestión y las
Políticas del Buen Gobierno. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo
1º.
Adoptar el Plan Anticorrupción y
de Atención al Ciudadano como
Estrategias de Lucha contra la
Corrupción y de Atención al Ciudadano
de la Secretaria
Distrital de Desarrollo Económico para la vigencia
2017, el cual hace
parte integral del presente Acto Administrativo. Parágrafo primero. El Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano adoptado en este artículo se encuentra integrado por los siguientes componentes: a. Gestión de riesgos de corrupción - mapa de riesgos de corrupción y acciones para su manejo. b. Racionalización de Trámites. c. Rendición de cuentas. d. Mecanismos para mejorar la atención al ciudadano. e. Mecanismo para promover la transparencia y el acceso a la información. f. Mecanismo
adicionales. Parágrafo
segundo. Los
componentes que integran el
Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano se
desarrollarán a través
de estrategias y actividades
relacionadas con el mejoramiento continuo
de los procesos,
procedimientos, servicios y
atención al ciudadano. Artículo 2º. Disponer
que la consolidación
del Plan Anti corrupción y de
Atención al Ciudadano, estará
a cargo de la
Oficina Asesora de Planeación de
la Secretaría, quien servirá
de facilitador para todo el proceso de elaboración. Artículo
3º.
Definir que el seguimiento al
cumplimiento de las orientaciones y obligaciones derivadas del Plan
Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, estará a cargo del Jefe de la
Oficina de Control Interno
o quien haga sus
veces, para lo
cual se publicará
en la página web
de la Secretaria las actividades
realizadas, de acuerdo con
los parámetros establecidos. Artículo
4º.
Publicar el Plan Anticorrupción y
de Atención al Ciudadano en la página
web de la entidad,
para fácil acceso del
ciudadano a más tardar el 31 de
enero del año en
curso. Artículo
5º.
Este Acto administrativo
rige a partir de la
fecha de
su publicación y deroga la Resolución
Interna de la Secretaria Distrital de
Desarrollo Económico No. 188 del
31 marzo de 2016. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los días 31 días del mes de enero de 2017. MARÍA GLADYS VALERO VIVAS Secretaria
de Despacho (E) |