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RESOLUCIÓN 463 DE 2017 (Julio 13) Por medio de la cual se adopta el Formulario Único Nacional para la solicitud de licencias urbanísticas y el reconocimiento de edificaciones y otros documentos LA MINISTRA DE
VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO En ejercicio de
sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el
Decreto Ley 3571 de 2011, y el Decreto 1077 de 2015 y, Ver Resolución 1026 de 2021, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. CONSIDERANDO: Que el Decreto 1077 de 2015, "Por medio del cual se
expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y
Territorio", regula íntegramente las disposiciones concernientes al
sector, de vivienda, ciudad y territorio y racionalizó las normas de carácter
reglamentario, que lo rigen y estableció los lineamientos de construcción
sostenible para edificaciones, incorporó los instrumentos que permiten regular
las dinámicas de transformación territorial, y optimizó la utilización de los
recursos naturales y humanos para el logro de condiciones de vida dignas de la
población actual y las generaciones futuras. Que la Resolución 549 de 2015, "Por la cual se
reglamenta el Capítulo 1 del Título 7 de la parte 2, del Libro 2 del Decreto
1077 de 2015, en cuanto a los parámetros y lineamientos de construcción
sostenible y se adopta la Guía para el ahorro de agua y energía en
edificaciones", reglamentó las medidas activas y pasivas para el diseño y
construcción de edificaciones, así como los parámetros y lineamientos de
construcción sostenible, adoptando la guía para el ahorro de agua y energía en
edificaciones, señalando la necesidad de actualizar el Formulario Único
Nacional de radicación de licencias para el proceso de certificación de la
aplicación de las medidas. Que conforme a la Ley 1796 de 2016, "Por la cual se
establecen medidas enfocadas a la protección del comprador de vivienda, el
incremento de la seguridad de las edificaciones y el fortalecimiento de la
función pública que ejercen los curadores urbanos, se asignan unas funciones a
la superintendencia de notariado y registro y se dictan otras disposiciones",
se modifican requerimientos de la Ley 400 de 1997 en cuanto a la; revisión de
diseños y la supervisión técnica de las edificaciones para garantizar mayor
seguridad en el proceso de licenciamiento y construcción. Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto No. 945 del
2017 "Por el cual se modifica parcialmente el Reglamento Colombiano de Construcciones
Sismo Resistentes NSR-10", los profesionales que intervienen en el
desarrollo de una edificación deberán suscribir la solicitud de licencia en la
calidad prevista en el Formulario Único Nacional para la solicitud de licencias
urbanísticas. Que el 12 de julio de 2017, se expidió el Decreto 1203, "Por
medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 1077 de 2015 Único
Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio y se reglamenta la Ley
1796 de 2016, en lo relacionado con el estudio, trámite, y expedición de las
licencias urbanísticas y la función pública que desempeñan los curadores
urbanos y se dictan otras disposiciones". Que en virtud de lo anterior y ante los cambios normativos
citados, se hace necesario adoptar un nuevo Formulario Único Nacional para la
solicitud de licencias urbanísticas y el reconocimiento de edificaciones, así
como la guía para su diligenciamiento, y el Formato de Revisión e Información
de Proyectos. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Adoptar el Formulario Único
Nacional para la solicitud de licencias urbanísticas y el reconocimiento de
edificaciones. Ver art. 1 de la Resolución 1026 de 2021, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 2. Adoptar el Formato de Revisión
e Información de Proyectos, para la radicación en legal y debida forma de las
solicitudes de licencias urbanísticas, reconocimiento de edificaciones y otras
actuaciones. Artículo 3. Adoptar la Guía para
diligenciar el Formulario Único Nacional para la solicitud de licencias
urbanísticas y el reconocimiento de edificaciones. Ver art. 3 de la Resolución 1026 de 2021, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 4.
Vigencia y Derogatorias.
La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las
Resoluciones 1002 de 2010 y 931 de 2012. PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los 13 días del mes de Julio del año 2017 Ministra de
Vivienda Ciudad y Territorio ELSA MARGARITA NOGUERA DE LA ESPRIELLA |