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Resolución 308 de 2017 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
30/06/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/07/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6111 del 7 de julio de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 308 de 2017

(Junio 30)

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 743 del 11 de diciembre de 2015

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO  S.A.” 

en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.

Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos de la Entidad, con el objeto de ajustarlo a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo Primero: Modificar el ARTÍCULO PRIMERO de la Resolución 743 del 11 de diciembre de 2015, en lo que corresponde a la eliminación del siguiente documento:

 

Código

Versión

Nombre

P-SN-004

1

Control técnico de la concesión de la explotación de publicidad en la infraestructura del sistema

 

Artículo Segundo: Las demás disposiciones contenidas en el artículo primero de la Resolución 743 del 11 de diciembre de 2015, continúan vigentes.

Artículo Tercero: La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, a los treinta (30) días del mes de junio de dos mil diecisiete (2017).

CARLOS ARTURO FERRO ROJAS

Jefe de Oficina Asesora de Planeación