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Resolución 1880 de 2017 Ministerio de Cultura

Fecha de Expedición:
30/06/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/07/2017
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50300 del 20 de julio de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1880 DE 2017

 

(Junio 30)

 

Por la cual se adopta el Manual para la presentación de proyectos artísticos y culturales “Proyectos Nacionales” al Programa Nacional de Concertación Cultural del Ministerio de Cultura vigencia 2018


                                      LA MINISTRA DE CULTURA


 En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en la Ley 397 de 1997, la Ley 1185 de 2008, la Ley 489 de 1998, el Decreto 1589 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Programa Nacional de Concertación Cultural, acorde con la Constitución, la Ley de Cultura y con el Plan Nacional de Desarrollo, impulsa, facilita y apoya procesos, proyectos y actividades culturales de interés común, en el marco del reconocimiento y el respeto por la diversidad cultural de la nación colombiana, que contribuyan a democratizar el acceso de las personas y las instituciones a los diferentes bienes, servicios y manifestaciones culturales. Apoyar iniciativas culturales le permite vincularlas al desarrollo local, regional o nacional, articular diferentes sectores, generar capacidades, fortalecer el Sistema Nacional de Cultura y aportar a la convivencia, al crecimiento con equilibrio, equidad y sostenibilidad.

 

Las organizaciones culturales del país de diverso nivel de desarrollo, cobertura y ubicación geográfica, presentan proyectos culturales, respondiendo a una convocatoria anual que precisa procesos de selección sistemáticos, de seguimiento al uso de los recursos públicos y de evaluación de sus impactos culturales, tanto en las instituciones favorecidas, como en las propias comunidades en las que se actúa, a través del apoyo financiero a los proyectos.

 

En este sentido la convocatoria de “Proyectos Nacionales”, está dirigida a aquellos proyectos, previamente aprobados por el Comité Técnico de Concertación, que se han definido teniendo en cuenta su trayectoria, antecedentes, idoneidad, reconocimiento, impacto, democratización de accesos, generación de empleos, trascendencia nacional o internacional;

 

Que mediante Resolución número 1499 del 5 de noviembre de 2004 se actualizó la conformación y las funciones del Comité Técnico del Programa Nacional de Concertación del Ministerio de Cultura, estableciendo en su artículo 2°, numeral 4, que es función del Comité “Estudiar, analizar y aprobar para cada vigencia el manual para la presentación de proyectos culturales al Programa Nacional de Concertación”;

 

Que el artículo 1° de la Resolución número 3359 de octubre 29 de 2013, establece que “El Comité Técnico del Programa Nacional de Concertación del Ministerio de Cultura, se reunirá de acuerdo con lo establecido en el cronograma de actividades del Programa y cuando las necesidades lo ameriten previa citación del Secretario”;

 

Que mediante Acta número 44 de 2017, el Comité Técnico del Programa Nacional de Concertación Cultural revisó y aprobó el Manual para la presentación de proyectos artísticos y culturales “Proyectos Nacionales” al Programa Nacional de Concertación para el año 2018;

 

Que por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el procedimiento vigente del Programa Nacional de Concertación Cultural, se hace necesario adoptar el Manual para la presentación de proyectos artísticos y culturales “Proyectos Nacionales” al Programa Nacional de Concertación Cultural para el año 2018;

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Adoptar el Manual para la presentación de proyectos artísticos y culturales “Proyectos Nacionales” al Programa Nacional de Concertación Cultural del Ministerio de Cultura, año 2018, el cual hace parte integral de la presente resolución.

 

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las resoluciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de junio del año 2017

 

La Ministra de Cultura,


MARIANA GARCÉS CÓRDOBA