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RESOLUCIÓN 420 DE 2013 (Junio
21) Derogada por el art. 2, Resolución Agencia Nacional de Minería 394 de 2017. Por medio de la cual se establece y adopta la minuta de
contrato único de concesión minera LA PRESIDENTE DE LA
AGENCIA NACIONAL DE MINERÍA En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las
conferidas por los artículos 267 y 317 de la Ley 685 de 2001 y el Decreto 4134
de 2011, y Que
de conformidad con lo establecido en el artículo 317 del Código de Minas,
estableció que cuando en dicha norma se haga referencia a la Autoridad Minera
se entenderá hecha al Ministerio de Minas y Energía o en su defecto a la
autoridad nacional, que de conformidad con la organización de la administración
pública y la distribución de funciones entre los entes que la integran, tenga a
su cargo la administración de los recursos mineros, la promoción de la
industria minera, la administración del recaudo y distribución de las
contraprestaciones económicas señaladas en este Código entre otros. Que
mediante el Decreto 4134 de 2011 el Gobierno Nacional creó la Agencia Nacional
de Minería con el objeto de que la misma administrara integralmente los
recursos minerales de propiedad del Estado, promoviera el aprovechamiento
óptimo y sostenible de los recursos mineros de conformidad con las normas
pertinentes y en coordinación con las autoridades ambientales en los temas que
lo requieran. Que
los numerales 2° y 3° del artículo 4° del Decreto 4134 de 2011, asignaron a la
Agencia Nacional de Minería la función de actuar como Autoridad Minera
concedente en el territorio nacional. Que
el artículo 49 del Código de Minas estableció que el contrato de concesión minera
es un contrato de adhesión en cuanto que, para celebrarse, no da lugar a pre
negociar sus términos, condiciones y modalidades. Que
de acuerdo con el artículo 267 del Código de Minas, la autoridad concedente,
adoptará y suministrará un modelo de contrato de concesión minera. Que
teniendo en cuenta que la Ley 1382 del 9 de febrero del 2010 fue declarada
inexequible por virtud de la Sentencia C-366 de 2011, es necesario incluir
modificaciones a la minuta de contratos de concesión, ajustándola a lo dispuesto
en la Ley 685 de 2001. Que en virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Establecer
y adoptar la minuta del contrato único de concesión minera, la cual hace parte
integral de la presente resolución como único anexo y que será utilizado para
los contratos de concesión minera que celebre la Agencia Nacional de Minería y
las entidades con funciones mineras delegadas. ARTÍCULO 2°. La
presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. ARTÍCULO 3°. Comuníquese
la presente resolución al Gobernador del Departamento de Antioquia. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a
los 21 días del mes de junio del año 2013 MARIA CONSTANZA GARCIA
BOTERO Presidente |