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RESOLUCIÓN 091 DE 2017 (Febrero 20) Por medio de la cual se
ordena la apertura de las “Convocatorias 2017 del Programa Distrital de
Estímulos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" LA SECRETARIA DE DESPACHO En uso de sus facultades legales y en especial las
conferidas por el Acuerdo 257 de 2006 y el Decreto 037 de 2017 y, CONSIDERANDO QUE: La Constitución
Política de Colombia dispuso en su artículo 71 el deber del Estado de crear
incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia
y la tecnología y las demás manifestaciones culturales, y de ofrecer estímulos
especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades; En virtud del anterior
mandato, la Ley General de Cultura (Ley 397 de 1997) desarrolla en sus
artículos 17 y 18 la competencia otorgada al Estado, por intermedio del
Ministerio de Cultura y de las entidades territoriales, para fomentar la
creación, la actividad artística y cultural, la investigación y para fortalecer
las expresiones culturales, por medio de la creación de programas para el
otorgamiento de estímulos especiales; Dentro de las
competencias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, se
encuentra la de gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos
culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los
derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y
deportivo; Con el objetivo de
materializar su política de fomento, y de dar cumplimiento al marco normativo
antes señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ha
creado el Programa Distrital de Estímulos, que tiene como objeto fortalecer los
procesos, proyectos e iniciativas desarrolladas por los agentes culturales,
artísticos, patrimoniales, recreativos y deportivos de la ciudad, mediante el
otorgamiento de recursos a través de convocatorias públicas que respondan a las
dinámicas de los sectores y a los objetivos misionales de la entidad; Es así como, mediante
el presente acto administrativo, se ordena a apertura de las “Convocatorias
2017 del Programa Distrital de Estímulos de la Secretaría Distrital de Cultura,
Recreación y Deporte” a partir del 20 febrero del año en curso; Las condiciones y requisitos
de participación de las convocatorias se encuentran establecidas en el
documento denominado “Requisitos generales de participación de las
convocatorias del Programa Distrital de Estímulos”, y en los documentos que
contienen los requisitos específicos de cada una de ellas, que hacen parte
integral de la presente resolución, y que se encuentran publicados en el micrositio http://www.
culturarecreacionydeporte.gov.co/convocatorias; Las “Convocatorias 2017
del Programa Distrital de Estímulos de la Secretaría Distrital de Cultura,
Recreación y Deporte”, así como los recursos para el desarrollo y ejecución de
cada una de ellas, serán atendidos con cargo a los Certificados de
Disponibilidad Presupuestal, como se indica a continuación:
En consideración de lo
expuesto, RESUELVE: Artículo Primero: Ordenar la apertura a partir del 20 de febrero
del año en curso, de las “Convocatorias 2017 del Programa Distrital de
Estímulos de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte” denominadas como
se relaciona a continuación:
Artículo Segundo: Ordenar la publicación de los requisitos y
condiciones de participación de las convocatorias en el micrositio
http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/convocatorias, que se encuentran establecidas
en el documento denominado “Requisitos generales de participación de las
convocatorias del Programa Distrital de Estímulos”, y en los documentos que
contienen los requisitos específicos de cada una de ellas, y que hacen parte
integral de la presente resolución. Artículo Tercero: Los recursos para el desarrollo y ejecución de cada una de las “Convocatorias 2017 del Programa Distrital de Estímulos de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte” serán atendidos con cargo a los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que fueron relacionados frente a cada convocatoria, en el artículo primero de la presente resolución. Artículo Cuarto: Comunicar el contenido de la presente
resolución a través de la herramienta ORFEO, a cada una de las dependencias
interesadas, para los trámites de su competencia. Artículo Quinto: La presente resolución rige a partir de su
expedición y contra ella no proceden los recursos de la vía administrativa en
los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de
febrero del año 2017. MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO Secretaria de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte |
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