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Resolución 279 de 2017 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV

Fecha de Expedición:
16/08/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/08/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6154 del 13 de septiembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 279 DE 2017

 

(Agosto 16)

 

Por la cual se conforma el Equipo de Gestores de Ética de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

 

En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las conferidas por los Acuerdos No. 010 y No. 011 de 12 de octubre de 2010 del Consejo Directivo de la UAERMV en ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolución 331 de 17 de junio de 2016 y demás disposiciones concordantes,

 

CONSIDERANDO:

 

Que los numerales 10 y 11 del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 010 del 12 de 2010, señaló como funciones del Director General las siguientes: “Expedir los actos administrativos que por su naturaleza correspondan a la Unidad…”

 

Que el Artículo 2° de la Resolución 331 de 2016 delega la función del Director General en el (la) Secretario(a) General, de “Suscribir los actos administrativos que sean necesarios dentro de la labor propia de la administración de personal”.

 

Que mediante la Resolución No. 256 del 29 de julio de 2008, se conformó el Equipo de Gestores de Ética de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, de conformidad con el Artículo Octavo del Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No. 244 de 26 de septiembre de 2006 “por medio del cual se establecen y desarrollan los principios y valores éticos para el ejercicio de la función pública en el Distrito Capital”.

 

Que el Decreto 489 de 09 de noviembre de 2009 "Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones", establece la conformación de los Gestores de Ética en el Distrito Capital.

 

Que se realizó la convocatoria para conformar el nuevo Equipo de Gestores de Ética en la Entidad, mediante el correo institucional “laUMVteinforma” a partir del día 02 hasta el 07 de junio de 2017, que trabajará por fortalecer los valores éticos de la Entidad durante la vigencia 2017-2019 y quienes debían cumplir el “Perfil de los Gestores de Ética” requerido para todas las entidades distritales, según lo dispuesto en el Artículo No. 8 del Decreto 489 de 2009:

 

· Tiempo para el servicio

· Reconocimiento de sus compañeros como una persona responsable y proba.

· Actitud de servicio.

· Compromiso con el fortalecimiento de la identidad distrital.  Capacidad de liderazgo.

· Buenas relaciones interpersonales.

· Competencia para comunicarse con los demás.

· Aptitud para trabajar en equipo.

· Capacidad organizativa y ejecutiva.

· Interés en el tema de ética.

· Interés por capacitarse en el tema.

· Formación y habilidades pedagógicas o disposición para fortalecer sus competencias en este aspecto,

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Conformar el Equipo de Gestores de Ética de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, para la vigencia 2017-2019, con los Servidores(as) Públicos de la Entidad que se acogieron a la convocatoria para su establecimiento. Ellos son:

 

No.

NOMBRES

c.c.

DEPENDENCIA

1

ANGELA MARÍA CORREA COVELLI

63.496.614

OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN

2

CLARA INÉS SALCEDO ROJAS

39.532.025

SECRETARÍA GENERAL

3

DEYANIRA QUINTERO HERNÁNDEZ

20.886.320

SECRETARÍA GENERAL

4

ELIAS PARMENIO JÁCOME VILLARREAL

17.588.507

SECRETARÍA GENERAL

5

GLORIA ESPERANZA PULGA PÁEZ

52.226.887

SECRETARÍA GENERAL

6

GLORIA FANNY ÁVILA DE ACEVEDO

24.079.217

SECRETARÍA GENERAL

7

HILDA CASTELBLANCO IBAÑEZ

51740.062

SECRETARÍA GENERAL

8

JUAN CARLOS ALBA ALBARRACÍN

79.306.337

SECRETARÍA GENERAL

9

LEDA NELFY GARCÍA SARMIENTO

20.686.366

OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN

10

MARTHA INES RODRÍGUEZ GALINDO

52.883.278

DIRECCIÓN GENERAL

11

MARCELA CAMACHO BENAVIDES

51.901.092

OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN

12

MERY ELSY HERNÁNDEZ MONTOYA

51.729.019

SECRETARÍA GENERAL

13

OLGA PATRICIA MENDOZA NAVARRO

52.102.343

OFICINA ASESORA JURÍDICA

 

Artículo 2. COORDINACIÓN: Para la presente vigencia, el Equipo de Gestores de Ética conformado, eligió por unanimidad para coordinar y orientar la Gestión Ética en la Entidad, en los siguientes cargos a:

 

CARGO

NOMBRES

COORDINADORA:

OLGA PATRICIA MENDOZA NAVARRO - Profesional Especializada OAJ

COORDINADORA SUPLENTE:

ANGELA MARÍA CORREA COVELLI - Profesional Especializada OAP

SECRETARIA TÉCNICA:

MARTHA INES RODRÍGUEZ GALINDO - Auxiliar Administrativa DG

 

Artículo 3. DEFINICIÓN DE LOS GESTORES DE ÉTICA: son servidores(as) públicos que como líderes naturales trabajan en las actividades de promoción, coordinación, divulgación, sensibilización y capacitación, para la implantación y conocimiento de valores éticos consignados en el MANUAL DE ÉTICA UAERMV al interior de la Entidad, para incentivar el diálogo, promover reflexiones y ejecutar acciones tendientes a fortalecer la Gestión Ética en la Entidad,

 

Artículo 4. MISIÓN DE LOS GESTORES DE ÉTICA: Liderar la sensibilización y motivación para el arraigo de la cultura ética y de servicio en las prácticas cotidianas de la Administración Distrital y de

la Entidad.

 

Artículo 5. RESPONSABILIDADES DE LOS GESTORES DE ÉTICA: De conformidad con el Decreto 489 de 2009 “Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital”, tendrán a su  cargo las siguientes responsabilidades:

 

1.  Construir referentes éticos específicos y participativos basados en el Ideario Ético Distrital vigente, que orienten la toma de decisiones.

2.  Promover el diálogo y la concertación, como medios para la resolución de conflictos.

3.  Promover la articulación de la Gestión Ética del Distrito Capital, con la del nivel interno.

4.  Compartir conocimientos y experiencias que permitan fortalecer la Gestión Ética.

5.  Velar por la concordancia de las decisiones y actos de la Entidad con los principios y valores distritales y hacer recomendaciones para el efecto.

6.  Coordinar la acción de los grupos de trabajo para prácticas éticas.

7.  Diagnosticar la Gestión Ética de la Entidad, elaborar planes de mejoramiento con base en los mismos y verificar su cumplimiento.

 

Artículo 6. APOYO Y ACOMPAÑAMIENTO: El Equipo de Gestores de Ética contará con el apoyo de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Además recibirán el acompañamiento de Talento de Humano de la Secretaría General UAERMV (Artículo No. 11 del Decreto 489 de 2009) para apoyar las diferentes actividades de los Gestores de Ética tendientes a fortalecer la Gestión Ética en la Entidad.

 

Artículo 7. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición por dos (2) años y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

 

COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del mes de agosto de dos mil diecisiete (2017)

 

BLANCA STELLA BOHORQUES MONTENEGRO

Secretaria General UAERMV