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RESOLUCIÓN 281 DE 2017 (Agosto 17) Por la cual se adopta el Plan Institucional de Capacitación
vigencia 2017 para los EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por
el numeral 10 del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 010 del 12 de
octubre de 2010 y, CONSIDERANDO: 1.- Que el numeral 10 del
artículo 19 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 010 del 12 de octubre de
2010, señaló como funciones del Director General entre otras, la siguiente: “Expedirlos actos administrativos que por su
naturaleza correspondan a la Unidad (…)” 2.- Que mediante
Decreto 1567 de 1998, se crea el Sistema Nacional de Capacitación y el Sistema
de Estímulos para los empleados del Estado. 3.- Que según lo
dispuesto en el artículo 19 de la Ley 909 de 2004, el diseño de cada empleo
debe contener la descripción del contenido funcional, el perfil de competencias
y la duración del mismo. Así mismo, el Numeral 1 del Artículo 36 de la citada
Ley, señala que la capacitación y la formación de los empleados públicos está
orientada al desarrollo de sus. capacidades y destrezas, habilidades, valores y
competencias fundamentales, con miras a propiciar su eficacia personal, grupal
y organizacional de manera que es posible el desarrollo profesional de los
empleados, y el mejoramiento en la prestación de los servicios. 4.- Que de conformidad
con lo dispuesto por el Decreto 4665 del 29 de noviembre de 2007, se adoptó la
actualización del Plan Nacional de Formación y Capacitación para los servidores
públicos. 4-(sic) Que la
Secretaría General - Talento Humano de acuerdo a los instrumentos establecidos
en la normativa sobre el tema, consultó las necesidades de cada uno de los
funcionarios con derecho a capacitación y a los jefes de las dependencias, con
el fin de incorporar prioridades y propuestas en las orientaciones y
estrategias de la formación y capacitación. 5.- Que en el marco de
sus funciones la Comisión de Personal, en sesión ordinaria y extraordinaria
tuvo conocimiento y participó en la elaboración del Plan Institucional de
Capacitación para la presente vigencia. 6.- Que es necesario
adoptar el Plan Institucional de Capacitación, ya que la capacitación de los
servidores públicos se constituye en una inversión perceptiva e invaluable para
la vida institucional, el logro de la misión y el alcance de la visión de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Que en mérito de
lo expuesto, RESUELVE: Artículo Primero: Adoptar el Plan
Institucional de Capacitación de la Unidad Administrativa Especial de
Rehabilitación y Mantenimiento Vial vigencia 2017, el cual forma parte integral
de esta Resolución, para todos los funcionarios de la Entidad, como lo
establece el Decreto Ley 1567 de 1998. Artículo Segundo: La secretaría General
- Talento Humano deberá adelantar las acciones pertinentes para el cumplimiento
y ejecución del Plan Institucional de capacitación. Artículo Tercero: De acuerdo con
lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, la Comisión de Personal participará en la
evaluación y seguimiento del Plan de Capacitación. Artículo Cuarto: La presente
Resolución rige a partir de la fecha de su expedición Dada en Bogotá,
D.C., a los diecisiete (17) días del mes de septiembre de dos mil diecisiete
(2017). PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE ÁLVARO SANDOVAL
REYES Director
General Ver
documento anexo: “Plan Institucional de Capacitación de la Unidad
Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – vigencia 2017. |