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DECRETO LOCAL 14 DE 2017 (Septiembre
29) Por el
cual se convoca a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a Sesiones Extraordinarias EL ALCALDE LOCAL DE
ANTONIO NARIÑO, En uso de sus
facultades legales y en especial las conferidas en los artículos 71, 73 y 86
del Decreto Ley 1421/93 y, CONSIDERANDO Que el
Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las Juntas
Administradoras Locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro
veces al año, así: el primero (1°) de junio, el primero (1°) de junio, el
primero (1°) de septiembre y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las
sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta
hasta por cinco (5) días más. Que el inciso segundo
del artículo 71, ibídem, prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente
por convocatoria que les haga el respectivo alcalde; en cuyo caso sesionarán
por el término que señale el alcalde local, ocupándose únicamente de los
asuntos que se sometan a su consideración. Que mediante radicado
No. 20176510057182 el Honorable Edil Roberto Rojas Sanabria, en su calidad de I
Vicepresidente de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño y en
ejercicio de las atribuciones contenidas en el literal (u, del Artículo 69 del Decreto
Ley 1421 de 1993 y el Artículo 26 del Acuerdo Local 01 de 2007, solicita como
Presidente de la Corporación al Alcalde Local,
convocar a sesiones extraordinarias para el periodo comprendido entre el
primero (01) de octubre al veintidós (22) del mismo mes, con el fin de dar
trámite y terminación armónica al proyecto de acuerdo cuyo epígrafe seria: “POR
EL CUAL SE MODIFICA Y ACTUALIZAN LOS ARTÍCULOS, PARÁGRAFOS Y NUMERALES DEL
REGLAMENTO INTERNO DE LA JAL DE ANTONIO NARIÑO”. Que según lo dispone el
Artículo 51 del Acuerdo Local 01 de 2007, sobre las Sesiones ordinarias: “(…)
la Junta Administradora Local se reunirá por derecho propio cuatro (4) veces al
año en periodos de sesiones ordinarias, así: el primero (1) de marzo; el
primero (1) de junio; el primero (1) de septiembre; y el primero (1) de
diciembre (…)”. Encontrándose entonces, en términos legales para la solicitud
de dichas sesiones extraordinarias. Que el artículo 53 del
acto administrativo en comento señala que la Junta Administradora Local
sesionará extraordinariamente por convocatoria que haga el Alcalde o (sa) Local y por el término que éste le fije. Durante el
periodo de sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local únicamente se
ocupará de los asuntos que el Alcalde o (sa) someta a
su consideración, sin perjuicio de que ejerza la función de control político
que le corresponde en todo tiempo. Que en consideración a lo
anterior, se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Antonio
Nariño a sesiones extraordinarias a efectos que conforme a su competencia legal
ésta corporación se sirva analizar, discutir y aprobar los ajustes al proyecto
de Acuerdo Local denominado: “POR EL CUAL SE MODIFICA Y ACTUALIZAN LOS
ARTÍCULOS, PARÁGRAFOS Y NUMERALES DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA JAL DE ANTONIO
NARIÑO”, de conformidad con lo señalado en las consideraciones anteriores. Que en mérito de lo
expuesto, DECRETA: Artículo Primero: Convocar a la Junta Administradora Local
de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias durante el periodo comprendido
entre los días primero (1) y veintidós (22) de octubre de 2017, con el objeto
de analizar, discutir y aprobar el proyecto de Acuerdo Local “POR EL CUAL SE
MODIFICA Y ACTUALIZAN LOS ARTÍCULOS, PARÁGRAFOS Y NUMERALES DEL REGLAMENTO
INTERNO DE LA JAL DE ANTONIO NARIÑO”, conforme a las disposiciones expuestas en
la parte considerativa del presente acto administrativo. Artículo Segundo: Durante el término de convocatoria a
sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Antonio Nariño
solamente se podrá ocupar de los asuntos que se someten a consideración
mediante el presente Decreto Local. Artículo Tercero: El presente Decreto Local rige a partir
de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a
los 29 días del mes de septiembre de 2017. EDUARDO AUGUSTO SILGADO
BURBANO Alcalde Local de
Antonio Nariño |