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Resolución 2210 de 2017 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha de Expedición:
27/10/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/10/2017
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50412 del 09 de noviembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2210 DE 2017

 

(Octubre 27)

 

Por la cual se modifica el artículo 11 de la Resolución número 1962 de 2017

 

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,

 

En ejercicio de sus funciones legales, y en especial las conferidas en los numerales 2, 10, 11, 14 y del artículo 5° de la Ley 99 de 1993, el Decreto número 3570 artículo 2° numeral 2 y los artículos 2.2.5.1.6.1 de Decreto número 1076 de 2015,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el 25 de septiembre de 2017 se expidió la Resolución número 1962 de 2017 “Por la cual se expide el límite del indicador de cociente del inventario de emisiones de gases de efecto invernadero del Etanol Anhidro Combustible Desnaturalizado y se adoptan otras disposiciones”;

 

Que el artículo 11 de la Resolución número 1962 de 2017 establece que la misma “entrará a regir un mes después de su publicación en el Diario Oficial, con el fin de que los agentes de la cadena agoten el inventario existente”;

 

Que mediante la Resolución número 1981 de 27 de septiembre de 2017 se modificó el parágrafo 1° del artículo 9° de la Resolución número 1962 de 2017;

 

Que luego de la expedición de las Resoluciones números 1962 de 2017 y 1981 de 2017, se recibieron solicitudes por parte de algunos actores involucrados en su implementación, en el sentido de ampliar el plazo de entrada en vigencia de la norma debido a que el tiempo allí otorgado no era suficiente para obtener la declaración de verificación del inventario de Gases de Efecto Invernadero (GEI);

 

Que dentro de la documentación de soporte aportada en estas solicitudes, puede apreciarse el cronograma elaborado por un organismo de verificación que muestra que el tiempo estimado para llevar a cabo el proceso del cual resulta la declaración de verificación de inventarios de emisiones GEI, es de siete (7) semanas que inician con los acuerdos previos a la verificación y finalizan con la emisión de la declaración de verificación de inventarios de emisiones de GEI;

 

Que con base en lo anterior, se hace necesario modificar el artículo 11 de la Resolución número 1962 de 2017 modificada por la Resolución número 1981 de 2017, en el sentido de señalar que la fecha de entrada en vigencia de dicha normatividad será a partir del 29 de diciembre de 2017;

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Modificar el artículo 11 de la Resolución número 1962 de 2017 modificada mediante la Resolución número 1981 de 2017, en el sentido de señalar que la fecha de entrada en vigencia de dicha normatividad será a partir del 29 de diciembre de 2017.

 

Artículo 2°. La presente resolución entrará a regir a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de octubre del año 2017

 

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

 

Luis Gilberto Murillo Urrutia.