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RESOLUCIÓN 3623 DE 2017
(Noviembre 07)
Por la cual se autoriza a la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Departamento Nacional de Planeación- para contratar un empréstito externo con KFW Banco de Desarrollo de Alemania, hasta por la suma de cien millones de euros (€100.000.000), o su equivalente en otras monedas
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
En uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el parágrafo 2° del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, el literal (b) del artículo 2.2.1.2.1.2. del Decreto 1068 de 2015, la Ley 533 de 1999, la Ley 781 de 2002, la Ley 1366 de 2009, la Ley 1624 de 2013 y la Ley 1771 de 2015; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 4546 del 20 de diciembre de 2016 se autorizó a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Departamento Nacional de Planeación para gestionar empréstitos externos de libre destinación y rápido desembolso, con entidades financieras internacionales, organismos multilaterales, entidades de fomento y gobiernos hasta por la suma de dos mil doscientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$2.200.000.000) o su equivalente en otras monedas, para financiar apropiaciones presupuestales prioritarias del Gobierno nacional;
Que en desarrollo de la autorización conferida por la resolución mencionada en el primer considerando, la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Departamento Nacional de Planeación - contrató tres (3) empréstitos externos que afectaron dicha resolución en quinientos sesenta y ocho millones cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos treinta dólares de los Estados Unidos de América (US$ 568.478.530.00), o su equivalente en otras monedas, quedando un cupo disponible de mil seiscientos treinta y un millones quinientos veintiún mil cuatrocientos setenta dólares de los Estados Unidos de América (US$ 1.631.521.470.00), o su equivalente en otras monedas;
Que en desarrollo de la autorización conferida por la Resolución mencionada en el primer considerando, la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Departamento Nacional de Planeación - gestionó la contratación de un empréstito externo con KFW Banco de Desarrollo de Alemania hasta por la suma de cien millones de euros (€ 100.000.000), o su equivalente en otras monedas;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 185 de 1995, la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, en sesión del 1° de noviembre de 2017, emitió por unanimidad concepto definitivo favorable para que la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Departamento Nacional de Planeación- contrate un empréstito externo con KFW Banco de Desarrollo de Alemania hasta por la suma de cien millones de euros (€ 100.000.000), o su equivalente en otras monedas, “Préstamo de Desarrollo de Política: Apoyo a la Construcción de Paz, Fase IV”, cuyo destino es la financiación de apropiaciones presupuestales prioritarias del Gobierno nacional, según consta en certificación del 1 de noviembre de 2017 suscrita por el Secretario Técnico de dicha Comisión;
Que el literal (b) del artículo 2.2.1.2.1.2. del Decreto 1068 de 2015 establece que la celebración de contratos de empréstito externo a nombre de la Nación requiere autorización para suscribir el contrato impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en la minuta definitiva del mismo;
Que la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio con número de radicación 2-2017-033243 de fecha 6 de octubre de 2017 manifestó su aprobación oficial a la versión final de la minuta del contrato de préstamo a celebrarse entre la República de Colombia y KFW Banco de Desarrollo, hasta por la suma de cien millones de euros (€ 100.000.000), o su equivalente en otras monedas, Préstamo de Desarrollo de Política: Apoyo a la Construcción de Paz, Fase IV.
RESUELVE:
Artículo 1°. Autorización para celebrar un empréstito externo. Autorizar a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Departamento Nacional de Planeación - para celebrar un empréstito externo con KFW Banco de Desarrollo de Alemania hasta por la suma de cien millones de euros (€ 100.000.000), o su equivalente en otras monedas, “Préstamo de Desarrollo de Política: Apoyo a la Construcción de Paz, Fase IV”, con destino a financiar apropiaciones presupuestales prioritarias del Gobierno nacional.
Artículo 2°. Términos y Condiciones Financieras. Los términos y condiciones financieras del empréstito externo a los cuales deberá sujetarse la contratación autorizada en el artículo 1 ° de la presente resolución son los siguientes:
Artículo 3°. Otros términos y Condiciones Financieras. Los demás términos y condiciones a los cuales se deberá sujetar la contratación, autorizada por los artículos 1° y 2° de la presente resolución serán los contemplados en la minuta del contrato de préstamo definitiva aprobada por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio con número de radicación 2-2017-033243 de fecha 6 de octubre de 2017.
Artículo 4°. Inclusión de la Operación en la Base de Datos. Esta operación deberá incluirse en la Base Única de Datos de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conforme con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 533 del 11 de noviembre de 1999.
Artículo 5°. Aplicación de otras normas. La presente autorización no exime a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Departamento Nacional de Planeación - del cumplimiento de las demás normas de cualquier naturaleza que le sean aplicables, en especial de la Resolución Externa número 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República y demás normas que la adicionen, modifiquen o deroguen.
Artículo 6°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley 185 de 1995.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de noviembre del año 2017
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría. |