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ACUERDO 002 DE 2017 (Diciembre
21) Por el cual se aclara la fuente y la destinación de los
recursos asignados a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá,
según el Acuerdo No. 007 de 2016 de la Junta Directiva del Fondo Distrital para
la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá, D. C. – FONDIGER. LA JUNTA DIRECTIVA DEL
FONDO DISTRITAL PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO DE BOGOTÁ, D. C.
– FONDIGER, En ejercicio de sus
facultades en especial las conferidas en el parágrafo del Artículo 14 del
Acuerdo Distrital 546 de 2013 y el Artículo 8 numerales 3 y 6 del Decreto 174
de 2014. CONSIDERANDO: Que
el artículo 12 del Acuerdo 546 de 2013 crea el Fondo Distrital para la Gestión
de Riesgos y Cambio Climático – FONDIGER como una cuenta especial del Distrito
Capital con independencia patrimonial, administrativa, financiera, contable y
estadística, como lo establece el Decreto Ley 1421 de 1993, y la ley, administrado
por el IDIGER, sin personería jurídica para el cumplimiento del objeto y
alcance del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático -
SDGR-CC. Que
el artículo 4 del Decreto 174 de 2014, en su numeral 3 relaciona como función
del director del IDIGER: “Presentar para aprobación de la Junta Directiva del
FONDIGER, el proyecto de presupuesto del Fondo, los objetos generales de gastos
y sus modificaciones, de acuerdo con las directrices del Consejo Distrital de
Gestión de Riesgos y Cambio Climático – CDGR-CC”. Que
el artículo 8 del Decreto 174 de 2014, en su numeral 3 establece dentro de las
funciones de la Junta Directiva: “Autorizar la distribución y movimientos de
los recursos en las Subcuentas, con base en la disponibilidad de recursos
existentes en el Fondo”. Que
el artículo 8 del Decreto 174 de 2014, en su numeral 6 establece dentro de las
funciones de la Junta Directiva: “Aprobar el Proyecto de Presupuesto Anual de
Ingresos y Gastos del Fondo, y sus modificaciones, de acuerdo con las
orientaciones del Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático –
CDGR-CC y con los instrumentos de Gestión de Riesgos y Cambio Climático”. Que
según lo establecido en el Acuerdo No. 007 de 2016, artículo 4. Asignación, en
la subcuenta de Adaptación al Cambio Climático se le asignó a la Empresa de
Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá una suma de $13.167.203.512 para el Sendero
panorámico para adaptación al cambio climático en cerros orientales (art. 111
ley 99 de 1993 y medidas de adaptación), sin especificar las fuentes y el
destino de acuerdo a este criterio. De
lo acuerdo con lo anterior, ACUERDA: Artículo 1°. Aclaración
de la fuente y destinación de la asignación de recursos a la Empresa de
Acueducto, Alcantarillado y Aseos de Bogotá, EAB, según Acuerdo 007 de 2016. Aclarar que los
recursos asignados a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá -
EAB, por valor de TRECE MIL CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL
QUINIENTOS DOCE PESOS M/CTE ($13.167.203.512), viene de tres fuentes distintas:
del 1% de la Ley 99/93 por valor de $3.216.865.244, $6.950.338.268 de
rendimientos de los recursos del CONFIS y $3.000.000.000 de la fuente 15 de
libre destino. Que la suma de recursos de las dos últimas fuentes por la
totalidad de $9.950.338.268, son de libre destino y fueron asignados para
compra de predios en el sendero cortafuegos y sus accesos, como se presenta a
continuación:
Artículo 2°-
Comunicación.
Comunicar a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá – EAB, el
presente Acuerdo. Artículo 3°- Vigencia. El presente acuerdo
rige a partir de la fecha de su aprobación. Dado en Bogotá,
D.C., a los 21 días del mes de diciembre de 2017. FRANCISCO JOSÉ CRUZ
PRADA Delegado Alcalde Mayor Presidente Junta
Directiva FONDIGER RICHARD ALBERTO VARGAS
H. Director IDIGER Secretario Técnico de
la Junta Directiva del FONDIGER |
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