Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 162 de 2018 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
09/02/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/08/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6373 del 16 de agosto de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 162 DE 2018

 

(Febrero 09)

 

Por la cual se adiciona la Resolución No. 2075 del 22 de noviembre de 2016

 

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 330 de 2008 y el Decreto 001 de 2016 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Resolución No. 2075 del 22 de noviembre de 2016, la Secretaría de Educación del Distrito, adoptó la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo - SST, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.2.4.6.5 del Decreto 1072 de 2015[1].

 

Que el artículo 10 de la Resolución N° 1111 de 2017[2], expedida por el Ministerio de Trabajo, estableció 5 fases para la adecuación , transición y aplicación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo con Estándares Mínimos, de junio de 2017 a diciembre de 2019, las cuales son: Evaluación Inicial, Plan de Mejoramiento conforme a la evaluación inicial, Ejecución, Seguimiento y Plan de Mejora, e Inspección, Vigilancia y Control.

 

Que dentro de la Fase 1 - Evaluación Inicial, se deben identificar las prioridades y necesidades en Seguridad y Salud en el Trabajo para establecer el plan de trabajo anual de la empresa, conforme al artículo 2.2.4.6.16 del Decreto 1072 de 2015.

 

Que como responsable de esta fase, se encuentran las empresas, personas o entidades encargadas de implementar y ejecutar los Sistemas de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, con la asesoría de las Administradoras de Riesgos Laborales y según los Estándares Mínimos.

 

Que en concordancia con lo anterior, la Secretaría de Educación en asesoría de la ARL SURA, realizó la evaluación inicial del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo frente al cumplimiento de los estándares mínimos del SG-SST señalados en la Resolución N° 1111 de 2017 y Decreto 1072 de 2015, generándose el informe respectivo, en el que se identificó que la Resolución No. 2075 de 2016, no contempló el requisito de la mejora continua del SG-SST, razón por la cual se hace necesario adicionar la resolución en comento.

 

En consecuencia,

 

RESUELVE:

 

ARTICULO PRIMERO. Adicionar al parágrafo segundo del artículo primero de la Resolución No. 2075 del 22 de noviembre de 2016, el cual quedará así:

 

"PARÁGRAFO SEGUNDO. La Secretaría de Educación del Distrito, asignará anualmente los recursos financieros, físicos, humanos y técnicos requeridos para garantizar la implementación del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo-SST; y velará por la mejora continua del Sistema de Gestión de la SST."

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Las demás partes de la Resolución No. 2075 del 22 de noviembre de 2016, quedan incólumes.

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 09 días del mes de febrero del año 2018.

 

MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ

 

Secretaria de Educación del Distrito

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA


[1] Artículo 2.2.4.6.5. Política de seguridad y salud en el trabajo (SST). El empleador o contratante debe establecer por escrito una política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) que debe ser parte de las políticas de gestión de la empresa, con alcance sobre todos sus centros de trabaja y todos sus trabajadores. independiente de su forma de contratación o vinculación, incluyendo los contratistas y subcortratistas. Esta política debe ser comunicada al Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según Corresponda de conformidad con la normatividad vigente.

[2] Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para empleadores y contratantes.