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Resolución 20181200041594 de 2018 Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar - Coljuegos

Fecha de Expedición:
13/11/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/11/2018
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50783 del 20 de noviembre de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 20181200041594 DE 2018

 

(Noviembre 13)

 

Por medio de la cual se adiciona la Resolución 20171200022554 del 5 de septiembre de 2017 mediante la cual se adoptó el Manual de Uso y Aplicación de la marca Coljuegos y de los sellos de “Jugar legal es apostarle a la salud” y “Autoriza Coljuegos”

 

EL PRESIDENTE DE LA EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO ADMINISTRADORA DEL MONOPOLIO RENTÍSTICO DE LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR (COLJUEGOS)

 

En uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial las contempladas en la Ley 643 de 2001, el Decreto Ley 4142 de 2011, el numeral 8º del artículo 5º del Decreto 1451 de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Resolución 20171200022554 del 5 de septiembre de 2017 se adoptó el Manual de uso y aplicación de la marca Coljuegos y de los sellos de “Jugar legal es apostarle a la salud” y “Autoriza Coljuegos”.

 

Que mediante Resolución número 63036 del 3 de octubre de 2017 la Superintendencia de Industria y Comercio concedió el registro mixto de la Marca Coljuegos: Jugar Legal es apostarle a la Salud (Mixta).

 

Que para la efectiva aplicación del “Manual de uso y aplicación de la marca Coljuegos y de los sellos de “Jugar legal es apostarle a la salud” y “Autoriza Coljuegos” es necesario que dicho documento pueda ser actualizado por Coljuegos, de acuerdo con las necesidades de la Empresa.

 

Que se hace necesario establecer las condiciones para que los interesados y operadores de juegos de suerte y azar actualicen de forma gradual las piezas publicitarias referentes a la marca Coljuegos y a los sellos Jugar Legal es Apostarle a la Salud y Autoriza Coljuegos. Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Adicionar un artículo a la Resolución 20171200022554 del 5 de septiembre de 2017, el cual quedará así:

 

“Artículo 5°. Actualización. El “Manual de uso y aplicación de marca para los sellos de “Jugar legal es apostarle a la salud” y “Autoriza Coljuegos”, podrá ser actualizado por Coljuegos, para lo cual se procederá de la siguiente manera:

 

1. Una vez se realice una actualización al Manual, esta se publicará por los canales de comunicación de la Empresa tanto internos como externos, y se procederá a actualizar el documento respectivo indicando el número de la versión y la fecha en el aparte “Marcas Coljuegos” de la web www.coljuegos.gov.co.

 

2. Se publicará fotonoticia de la actualización tanto en la página web de Coljuegos como en la Intranet con una duración mínima de diez (10) días hábiles.


3. Una vez se realicen las publicaciones y se informe a las áreas, los interesados y operadores de juegos de suerte y azar cumplirán la actualización del Manual en los siguientes plazos:

 

a) Para juegos localizados que estén concesionados, la actualización del Manual será exigible seis (6) meses después de la publicación señalada en el numeral 2.

 

b) En los juegos novedosos que estén concesionados, la actualización del Manual será exigible para el siguiente plan de mercadeo y publicidad que se apruebe después de la publicación señalada en el numeral 2.

 

c) En el caso de los juegos novedosos del tipo operados por internet que estén concesionados, la actualización del Manual será exigible seis (6) meses después de la publicación señalada en el numeral 2.

 

d) Para nuevos juegos de suerte y azar que sean radicados para autorización, después de la publicación señalada en el numeral 2, la actualización del Manual será exigible de forma inmediata.

 

e) Para los juegos que se encuentren en estudio de autorización al momento de entrar vigencia la actualización del Manual, será exigible la actualización en los plazos mencionados en los literales a), b) y c), según la modalidad, sin perjuicio que el interesado adopte la actualización de forma inmediata.

 

Parágrafo. Los juegos promocionales y rifas que se encuentren en trámite o estén autorizados al momento de la actualización del manual, no tendrán la obligación de renovar sus piezas publicitarias”.

 

Artículo 2°. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y adiciona un artículo a la Resolución 20171200022554 del 5 de septiembre de 2017.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de noviembre del año 2018.

 

El Presidente Coljuegos,

 

JUAN B. PÉREZ HIDALGO

 

(C.F.)