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RESOLUCIÓN
20181200041594 DE 2018 (Noviembre 13) Por medio de la cual se adiciona la Resolución
20171200022554 del 5 de septiembre de 2017 mediante la cual se adoptó el Manual
de Uso y Aplicación de la marca Coljuegos y de los sellos de “Jugar legal es
apostarle a la salud” y “Autoriza Coljuegos” EL
PRESIDENTE DE LA EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO ADMINISTRADORA DEL
MONOPOLIO RENTÍSTICO DE LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR (COLJUEGOS) En uso de
las facultades legales y reglamentarias, en especial las contempladas en la Ley
643 de 2001, el Decreto Ley 4142 de 2011, el numeral 8º del artículo 5º del
Decreto 1451 de 2015, y CONSIDERANDO: Que
mediante Resolución 20171200022554 del 5 de septiembre de 2017 se adoptó el
Manual de uso y aplicación de la marca Coljuegos y de los sellos de “Jugar
legal es apostarle a la salud” y “Autoriza Coljuegos”. Que
mediante Resolución número 63036 del 3 de octubre de 2017 la Superintendencia
de Industria y Comercio concedió el registro mixto de la Marca Coljuegos: Jugar
Legal es apostarle a la Salud (Mixta). Que
para la efectiva aplicación del “Manual de uso y aplicación de la marca
Coljuegos y de los sellos de “Jugar legal es apostarle a la salud” y “Autoriza
Coljuegos” es necesario que dicho documento pueda ser actualizado por
Coljuegos, de acuerdo con las necesidades de la Empresa. Que
se hace necesario establecer las condiciones para que los interesados y
operadores de juegos de suerte y azar actualicen de forma gradual las piezas
publicitarias referentes a la marca Coljuegos y a los sellos Jugar Legal es
Apostarle a la Salud y Autoriza Coljuegos. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Adicionar un artículo
a la Resolución 20171200022554 del 5 de septiembre de 2017, el cual quedará
así: “Artículo 5°. Actualización. El “Manual
de uso y aplicación de marca para los sellos de “Jugar legal es apostarle a la
salud” y “Autoriza Coljuegos”, podrá ser actualizado por Coljuegos, para lo
cual se procederá de la siguiente manera: 1.
Una vez se realice una actualización al Manual, esta se publicará por los
canales de comunicación de la Empresa tanto internos como externos, y se
procederá a actualizar el documento respectivo indicando el número de la
versión y la fecha en el aparte “Marcas Coljuegos” de la web www.coljuegos.gov.co. 2.
Se publicará fotonoticia de la actualización tanto en
la página web de Coljuegos como en la Intranet con una duración mínima de diez
(10) días hábiles. 3.
Una vez se realicen las publicaciones y se informe a las áreas, los interesados
y operadores de juegos de suerte y azar cumplirán la actualización del Manual
en los siguientes plazos: a)
Para juegos localizados que estén concesionados, la actualización del Manual
será exigible seis (6) meses después de la publicación señalada en el numeral
2. b)
En los juegos novedosos que estén concesionados, la actualización del Manual
será exigible para el siguiente plan de mercadeo y publicidad que se apruebe
después de la publicación señalada en el numeral 2. c)
En el caso de los juegos novedosos del tipo operados por internet que estén
concesionados, la actualización del Manual será exigible seis (6) meses después
de la publicación señalada en el numeral 2. d)
Para nuevos juegos de suerte y azar que sean radicados para autorización,
después de la publicación señalada en el numeral 2, la actualización del Manual
será exigible de forma inmediata. e)
Para los juegos que se encuentren en estudio de autorización al momento de
entrar vigencia la actualización del Manual, será exigible la actualización en
los plazos mencionados en los literales a), b) y c), según la modalidad, sin
perjuicio que el interesado adopte la actualización de forma inmediata. Parágrafo.
Los juegos promocionales y rifas que se encuentren en trámite o estén
autorizados al momento de la actualización del manual, no tendrán la obligación
de renovar sus piezas publicitarias”. Artículo 2°. Vigencia y
derogatorias.
La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y
adiciona un artículo a la Resolución 20171200022554 del 5 de septiembre de
2017. PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dada en
Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de noviembre del año 2018. El
Presidente Coljuegos, JUAN B.
PÉREZ HIDALGO (C.F.) |