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RESOLUCIÓN
20171200022554 DE 2017 (Septiembre
05) Por medio de la cual se adopta el Manual de uso y
aplicación de marca para los sellos de “Jugar legal es apostarle a la salud” y
“Autoriza Coljuegos” EL PRESIDENTE DE LA
EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO ADMINISTRADORA DEL MONOPOLIO
RENTÍSTICO DE LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR (COLJUEGOS), En uso de las
facultades legales y reglamentarias, en especial las contempladas en la Ley 643
de 2001, el Decretoley número 4142 de 2011, el
numeral 8 del artículo 5º del Decreto número 1451 de 2015, y CONSIDERANDO: Que
el artículo 1º de la Ley 643 de 2001, define el monopolio rentístico de juegos
de suerte y azar como la facultad exclusiva del Estado para explotar,
organizar, administrar, operar, controlar, fiscalizar, regular y vigilar todas
las modalidades de juegos de suerte y azar, para establecer las condiciones en
las cuales los particulares pueden operarlos. Que
el Decreto-ley número 4142 de 2011, creó la Empresa Industrial y Comercial del
Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos) que tendrá como objeto: “la explotación, administración, operación y expedición de reglamentos
de los juegos que hagan parte del Monopolio Rentístico sobre los Juegos de
Suerte y Azar que por disposición legal no sean distribuidos a otra entidad”. Que
la Superintendencia de Industria y Comercio mediante las Resoluciones número
27112 del 28 de abril de 2014 y 35264 del 30 de mayo del mismo año, concedió el
registro de marca nominativa y marca mixta respectivamente a favor de Coljuegos, con una vigencia de diez (10) años contados a
partir de la fecha de expedición de las citadas resoluciones. Que
a través de la Resolución número 2740 del 2 de febrero de 2015, Coljuegos adoptó la guía de aplicación del sello autoriza Coljuegos, guía que establece los parámetros y lineamientos
de uso obligatorio del logotipo como principal elemento de la imagen
institucional de la entidad, con el fin de ser incorporado en las piezas
publicitarias y de comunicación, relacionadas con los juegos de suerte y azar,
cuya autorización sea competencia de Coljuegos. El
acto administrativo contenía los casos en que el sello sería exigible. Que
la Junta Directiva en su Sesión número 93 celebrada el 31 de octubre de 2016,
aprobó las modificaciones al Plan Estratégico de la Empresa con horizonte
2015-2018, proceso que incluyó la revisión de la estrategia a 10 años, y con
ello la definición de un sello que identificara la lucha frontal en contra de
la Ilegalidad, el cual se distingue con el eslogan “Jugar Legal es Apostarle a la Salud”. Que
los parámetros para el uso y aplicación de los sellos “Autoriza Coljuegos” y “Jugar Legal es Apostarle a la Salud”, se
han consolidado en un solo documento denominado “Manual de uso y aplicación de
marca para los sellos de “Jugar legal es apostarle a la salud” y “Autoriza Coljuegos”, el cual hace parte integral de la
presente resolución, con el fin de que las personas naturales o jurídicas
debidamente autorizadas para la operación de los juegos de suerte y azar en
cualquiera de sus modalidades, así como en cualquier otro uso que se dé a la
imagen de Coljuegos, cumplan con los parámetros allí
definidos. Que
para la aplicación del “Manual de uso y aplicación de marca para
los sellos de “Jugar legal es apostarle a la salud” y “Autoriza Coljuegos”, Coljuegos ha
desarrollado una caja de herramientas de diseño o “toolkit”,
para facilitar la implementación del manual por parte de las personas naturales
o jurídicas debidamente autorizadas para la operación de los juegos de suerte y
azar en cualquiera de sus modalidades. Que
para la efectiva aplicación del “Manual de uso y aplicación de marca para
los sellos de “Jugar legal es apostarle a la salud” y “Autoriza Coljuegos”, se hace necesario establecer las fechas
a partir de las cuales se hará exigible el uso obligatorio de los sellos en él
consignados, en las diferentes piezas publicitarias y de comunicación,
relacionadas con los juegos de suerte y azar que por disposición legal no sean
atribuidos a otra entidad, así como en cualquier otro uso que se dé a la imagen
de Coljuegos. Que,
en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Adoptar el “Manual
de uso y aplicación de marca para los sellos de “Jugar legal es apostarle a la
salud” y “Autoriza Coljuegos”, para ser usado y aplicado en la
operación de juegos de suerte y azar de competencia de Coljuegos,
así como en cualquier otro uso que se dé a la imagen de Coljuegos.
Este
manual establece los parámetros y lineamientos de uso obligatorio de los sellos
como principales elementos de la imagen institucional de la Empresa. Artículo 2°. Exigibilidad. El “Manual de uso y aplicación de marca para
los sellos de “Jugar legal es apostarle a la salud” y “Autoriza Coljuegos” que se adopta con la presente resolución,
será exigible para los operadores autorizados de juegos de suerte y azar por Coljuegos de la siguiente manera: 1.
Para juegos promocionales, rifas y localizados que estén autorizados al momento
de entrar en vigencia la presente resolución: Será exigible a los seis (6)
meses posteriores a esta. 2.
En los juegos novedosos que estén autorizados al momento de entrar en vigencia
la presente resolución: Será exigible a los seis (6) meses posteriores a esta. Para
los elementos con contenido publicitario adquiridos antes de entrar en vigencia
el presente acto, podrá continuarse con su utilización hasta la terminación de
las existencias contratadas, situación que deberá informarse a Coljuegos, para su evaluación y aprobación, mediante
documento debidamente justificado y suscrito por el Representante Legal del
operador, a más tardar al (1) mes siguiente a la entrada en vigencia de la
presente Resolución. 3.
Para nuevos juegos en cualquiera de las modalidades que sean radicados para
autorización dentro del mes siguiente a la vigencia de la presente resolución:
Será exigible a los tres (3) meses posteriores a esta. 4.
Para los juegos que se encuentren en estudio de autorización al momento de
entrar vigencia la presente resolución, el “Manual de uso y aplicación de marca para
los sellos de “Jugar legal es apostarle a la salud” y “Autoriza Coljuegos” será exigible en el término previsto en
el numeral primero del presente artículo. Artículo 3°. Para la correcta
aplicación del manual, el interesado podrá solicitar a Coljuegos
el acceso a la caja de herramientas a través de las líneas de atención de
servicio al cliente de Coljuegos. Artículo 4°. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de su
publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la
Resolución número 2740 del 2 de febrero de 2015. Artículo 5°. Adicionado por el Art. 1, Resolución 20181200041594 de 2018 - COLJUEGOS Parágrafo 2°. Adicionado por el art. 1, Resolución 20191200004444 de 2019. Dada en Bogotá, D.C., a
los 05 días del mes de septiembre del año 2017. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. El Presidente Coljuegos, Juan B. Pérez Hidalgo. NOTA: Ver anexos |