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DECRETO 792 DE 2018
(Diciembre 20)
Por medio del cual se otorgan unas condecoraciones a un personal de la Policía Metropolitana de Bogotá, D.C., en reconocimiento a su labor, entrega y compromiso con el servicio
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.,
En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Distrital 637 de 2016 modificó parcialmente el Acuerdo Distrital 257 de 2006, creando el Sector Administrativo de Seguridad, Convivencia y Justicia, integrado por la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, modificó el Sector Administrativo de Gobierno, así como el objeto y funciones de la Secretaría Distrital de Gobierno y dispuso que la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia asumiría las funciones y programas que venía realizando la Secretaría Distrital de Gobierno en materia de Seguridad, Convivencia y Justicia.
Que el artículo 2 del Decreto Distrital 555 de 2016, “Por medio del cual se establecen la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” y otras Distinciones, dispone que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” se concederá a colombianos y extranjeros que hubieren prestado servicios a la ciudad, aportando a la convivencia, solidaridad, identidad, respeto, paz, reconciliación y civismo, o que, a juicio del Gobierno Distrital los haga merecedores a esta alta distinción.
Que el artículo 4 ídem señala que la Medalla “Ciudad de Bogotá” se concederá al Oficial, Sub-Oficial y Nivel Ejecutivo de la Policía Metropolitana de Bogotá, que por sus méritos y servicios especiales al Distrito Capital y la Policía Nacional en el año inmediatamente anterior, se haga acreedor a ella por actos de valor, distinción en el cumplimiento del deber y buena conducta.
Que el artículo 12 ídem dispone que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” tiene los siguientes grados: a) Gran Cruz Extraordinaria, b) Gran Cruz, c) Gran Oficial, d) Comendador, y e) Cruz de Caballero.
Que el artículo 15 ibídem señala que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” podrá concederse en el grado de Gran Oficial a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios al país o a la ciudad.
Que el artículo 16 del Decreto Distrital 555 de 2016, dispone que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” podrán concederse en el grado de Comendador tanto a colombianos como a extranjeros que por sus servicios importantes a la ciudad se hagan acreedores a dicha distinción.
Que el artículo 17 ídem señala que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” podrá concederse en el grado de Cruz de Caballero, a funcionarios del Distrito Capital, de Gobiernos Territoriales, y Gobierno Nacional o de Gobiernos Extranjeros, que a juicio del Consejo los hagan merecedores de esta distinción.
Que el artículo 19 ejusdem señala que la Medalla Cívica “Ciudad de Bogotá”, podrá concederse como reconocimiento a los funcionarios de cualquier orden territorial y a los ciudadanos colombianos o extranjeros eminentes que se hayan distinguido por su compromiso con Bogotá a través de acciones que propendan por la convivencia, la seguridad, el bienestar de sus habitantes, la cultura ciudadana y el civismo.
Que el señor Alcalde Mayor postuló a un grupo de uniformados correspondientes a su esquema de seguridad para otorgarles las condecoraciones de que trata el Decreto Distrital 555 de 2016, en reconocimiento a su labor, entrega y compromiso con el servicio.
Que para los fines pertinentes, la Dirección Jurídica y Contractual de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia consultó los antecedentes de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Policía Nacional y la Personería de Bogotá, estableciendo que los uniformados postulados no registran antecedentes en ninguna de estas entidades.
Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” y otras Distinciones, en sesión No 13 del 10 de diciembre de 2018 decidió otorgar la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” en los distintos grados, así como la medalla “Ciudad de Bogotá” a los uniformados de la Policía Metropolitana de Bogotá postulados por el señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., y que hacen parte de su esquema de seguridad. Que por lo anterior, se hace necesario realizar un justo reconocimiento a los miembros de la Policía Nacional postulados y que se relacionan en la parte resolutiva del presente acto administrativo en reconocimiento a su labor, entrega y compromiso con el servicio.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. OTORGAR la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” en el Grado que se indica a continuación, al personal de la Policía Nacional de Colombia que se relaciona a continuación:
GRADO “GRAN OFICIAL”
GRADO “COMENDADOR”
GRADO “CRUZ DE CABALLERO”
Artículo 2º. OTORGAR la medalla “Ciudad de Bogotá” al siguiente personal de la Policía Nacional de Colombia:
Artículo 3º. En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de las condecoraciones descritas en este decreto.
Artículo 4º. El presente decreto rige a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de diciembre del año 2018.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
Gran Maestre
JAIRO GARCÍA GUERRERO
Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
Gran Canciller |