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RESOLUCIÓN 040 de 2019 (Febrero 08) Por la cual se ordena
la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2019" de la Orquesta
Filarmónica de Bogotá LA DIRECTORA GENERAL DE LA ORQUESTA FILARMÓNICA
DE BOGOTÁ En ejercicio de sus
facultades legales y estatutarias, en especial las contempladas en el Acuerdo
Distrital No. 71 de 1967, en el Acuerdo 257 de 2006, modificado por el Acuerdo
Distrital 641 de 2016 y en el Acuerdo 001 de 2011 y 003 de 2016 de la Junta
Directiva, y CONSIDERANDO: Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá es un
establecimiento público del orden distrital, creado mediante Acuerdo del
Concejo Distrital No. 71 de 1967, con personería jurídica, autonomía administrativa
y patrimonio independiente, cuya máxima autoridad administrativa es la Junta
Directiva. Que el citado Acuerdo 71 en su artículo 4°
establece que la Entidad estará obligada a prestar sus servicios culturales de
conformidad con los planes de la Administración Distrital. Que la Constitución Política de Colombia
dispone en su artículo 71 que el Estado creará incentivos para personas e
instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás
manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e
instituciones que ejerzan estas actividades. Que La Ley General de Cultura desarrolla en sus
artículos 17 y 18 la competencia otorgada al Estado, por intermedio del
Ministerio de Cultura y de las entidades territoriales, para fomentar la
creación, la actividad artística y cultural, la investigación y para fortalecer
las expresiones culturales, por medio de la creación de programas para el
otorgamiento de estímulos especiales. Que el Acuerdo 001 de 2011, expedido por la
Junta Directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, establece: "La Orquesta Filarmónica de Bogotá
(OFB), como establecimiento público del Distrito adscrito a la Secretaria
Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene como objeto ejecutar de
manera concertada las políticas de la administración distrital mediante la
prestación de servicios culturales en el área de música sinfónica, académica y
el canto lirico; la difusión y ejecución del repertorio sinfónico universal y
nacional y la administración de sus escenarios culturales". Que en cumplimiento de su
misión institucional, la Orquesta Filarmónica de Bogotá garantizará los
derechos culturales de los habitantes del Distrito Capital, fortaleciendo los
procesos y dimensiones de la música sinfónica, académica y el canto lírico,
respaldando las políticas y estrategias de fomento, investigación, divulgación,
circulación formación, preservación e información de las diversas
manifestaciones artísticas propias de la OFB. Que conforme a lo establecido en el artículo 90
y siguientes del Acuerdo Distrital 257 de 2006, la Orquesta Filarmónica de
Bogotá forma parte del Sector Cultura, Recreación y Deporte que tiene como
misión "Garantizar las condiciones
para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la
cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital,
así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.
Para los correspondientes efectos se entenderá la cultura como el conjunto de
los rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos
que caracterizan el conglomerado humano que habita en el Distrito Capital y a
sus distintos sectores y comunidades y que engloba además de las artes y las
letras los modos de vida, los derechos fundamentales del ser humano, los
sistemas de valores, las tradiciones y las creencias y bajo el reconocimiento
de que la cultura es por su propia naturaleza, dinámica y cambiante". Que dentro del Plan de Desarrollo "Bogotá Mejor Para Todos", programa:
"Ejercicio de las libertades
culturales y deportivas, en los proyectos: Arte, Cultura y Patrimonio en la
transformación, establece la meta de lograr 5 millones de asistencias a la
oferta pública de personas en condiciones de equidad, inclusión y no
segregación, 4.500 iniciativas apoyadas mediante estímulos, becas, apoyos
concertados y alianzas estratégicas con enfoque poblacional y territorial; y el
proyecto Bogotá Capital Creativa de la Música, establece la meta de organizar y
fortalecer la oferta y apropiación musical en la ciudad a través de 10 redes
musicales en la ciudad". Que el Programa Distrital
de Estímulos comprende el diseño, planeación y ejecución de un sistema de premios y
becas a los actores del campo cuyas reglas se definen teniendo en cuenta las
condiciones específicas de cada una de las prácticas artísticas, culturales y
patrimoniales. Para el campo de las artes, los estímulos se otorgarán en las
dimensiones de formación, investigación, creación, circulación y apropiación,
buscando fomentar y fortalecer los campos del Arte, la Cultura y el Patrimonio
mediante el otorgamiento de estímulos para el desarrollo y visibilización
de las prácticas culturales, artísticas y del patrimonio. Que la información general del "Programa Distrital de Estímulos 2019"
de la Orquesta Filarmónica de Bogotá para la presente vigencia, fue diseñado y
elaborado por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y
apropiado por las entidades adscritas. Que, en aras de garantizar la selección
objetiva, la Orquesta Filarmónica de Bogotá designará un número impar de
expertos de reconocida trayectoria e idoneidad, los cuales serán escogidos así:
1) del Banco Sectorial de Hojas de Vida; o 2) de personas delegadas por
aquellas instituciones con las que la Orquesta haya establecido una alianza,
quienes en calidad de jurados evaluarán las propuestas que cumplieron con los
requisitos exigidos en las cartillas que regulan cada convocatoria, emitirán un
concepto escrito de las mismas, deliberarán y seleccionarán a los ganadores del
concurso, previa suscripción de un acta en la que se dejará constancia de los
criterios aplicados para efectuar la recomendación de la selección. Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá acogerá,
mediante acto administrativo, la recomendación de selección de los ganadores
efectuada por el jurado. Que la información concerniente a las
convocatorias se publicará en la página web de la entidad, según el calendario
que adopte la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte. Que la información correspondiente a las
citadas convocatorias, deberá ser consultada en el portal web de la Secretaría
Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (http://siscred.scrd.gov.co/estimulos/) y/o en el portal web de
la Orquesta Filarmónica de Bogotá
(http://filarmonicabogota.gov.co/fomento-al-sector/). Que el 22 de enero de 2019 la Dirección de
Fomento y Desarrollo presentó a consideración del Comité de Estímulos de la
Orquesta Filarmónica de Bogotá, las convocatorias y cuantía de sus estímulos
por un valor de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($298.000.000),
los cuales fueron aprobados para ser desarrollados en la vigencia 2019. Que las convocatorias aplicables al
Programa Distrital de Estímulos son las siguientes: 1) Beca de circulación artística; 2) Premio Encuentro Distrital de
Bandas; 3) Premio de Canto Ciudad de Bogotá; 4) Beca
Ópera al Parque; 5) Premio Grupos de Cámara de Bogotá; 6) Premio de Interpretación
para Jóvenes Solistas de Bogotá; 7) Premio de investigación - La Música Sinfónica,
Académica y el Canto Lírico en Colombia; 8) Premio de Composición
de Bogotá- Formato Sinfónico; 9) Beca de
interpretación OFB – TCU. Que en el presupuesto de inversión asignado a
la Orquesta Filarmónica de Bogotá para la vigencia fiscal 2019, se encuentran
previstos los programas, proyectos, actividades y acciones, así como los
recursos necesarios para respaldar los estímulos económicos determinados como
premios para cada uno de los concursos de las Convocatorias que hacen parte del
"Programa Distrital de Estímulos 2019" de la Orquesta Filarmónica de
Bogotá, los cuales se encuentran respaldados con los Certificados de
Disponibilidad Presupuestal expedidos por el Responsable del Presupuesto de
esta Entidad, indicados a continuación:
Que la Dirección de Fomento y Desarrollo,
mediante oficio 201903060000023 radicado en la Oficina Asesora Jurídica el cuatro
(04) de febrero de 2019 solicitó la proyección del acto administrativo de
apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2019" de la Orquesta
Filarmónica de Bogotá, así como la adopción de los términos y condiciones
generales de participación, los cuales fueron elaborados por la Secretaría de
Cultura, Recreación y Deporte y adoptadas por la Dirección de Fomento y
Desarrollo y por el Comité de Estímulos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO
PRIMERO:
Ordenar la apertura del Programa Distrital de Estímulos 2019 de la Orquesta
Filarmónica de Bogotá, para las siguientes convocatorias: 1) Beca de circulación artística; 2) Premio
Encuentro Distrital de Bandas; 3) Premio de
Canto Ciudad de Bogotá; 4) Beca Ópera al Parque; 5) Premio Grupos de
Cámara de Bogotá; 6) Premio de Interpretación para Jóvenes Solistas de Bogotá;
7) Premio de
investigación - La Música Sinfónica, Académica y el Canto Lírico en Colombia;
8) Premio
de Composición de Bogotá- Formato Sinfónico; 9) Beca
de interpretación OFB – TCU. ARTICULO
SEGUNDO:
Desarrollar el "Programa Distrital de Estímulos 2019" de la Orquesta
Filarmónica de Bogotá, mediante la realización de concursos, que permitan la
selección de ganadores de los mismos. Parágrafo: Encárguese a la
Dirección de Fomento y Desarrollo y a la Oficina Asesora Jurídica, la dirección
y desarrollo de los concursos, expidiendo para tal fin los actos
administrativos y realizando las actuaciones relacionadas con el proceso de los
concursos, tales como adendas que modifiquen o aclaren requisitos y términos
exigidos en los concursos del "Programa Distrital de Estímulos 2019"
de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, entre otros. ARTICULO
TERCERO:
Adoptar los términos y condiciones generales y específicas para participar en
las convocatorias de los concursos relacionados en el artículo primero del
presente acto administrativo, los cuales fueron elaborados por la Secretaria
Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y apropiados por las entidades
adscritas, que hacen parte integral de la presente Resolución. Parágrafo
Primero:
La información general y las condiciones específicas del "Programa Distrital de estímulos 2019" de la Orquesta
Filarmónica de Bogotá, serán de obligatorio cumplimiento por todas las partes
involucradas. Parágrafo
Segundo:
La publicación de las cartillas contentivas de los términos y condiciones de
los concursos se realizará de acuerdo con el cronograma previsto por la
Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en el portal Web de la
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (http://siscred.scrd.gov.co/estimulos/)
y en el portal web de la Orquesta Filarmónica de Bogotá
(http://filarmonicabogota.gov.co/fomento-al-sector/). ARTICULO
CUARTO:
El Director de Fomento y Desarrollo podrá efectuar las modificaciones al
calendario de actividades del "Programa Distrital Estímulos 2019" de
la Orquesta Filarmónica de Bogotá, previsto en las cartillas correspondientes o
en cualquiera de las condiciones del proceso en las distintas etapas, mediante
adenda que deberá publicarse en la página web de la entidad con un (1) día
hábil de anterioridad al vencimiento del plazo que se modifica. ARTICULO
QUINTO: La
presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella no
procede recurso alguno. ARTICULO
SEXTO:
Ordenar la fijación de la presente resolución en la cartelera de la Entidad
ubicada en la Calle 39 Bis # 14 – 57 de esta Ciudad y su publicación en el
portal web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (http://siscred.scrd.gov.co/estimulos/) y en el portal web de
la Orquesta Filarmónica de Bogotá
(http://filarmonicabogota.gov.co/fomento-al-sector/). PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C. a los 8 días
del mes de febrero del año 2019. SANDRA MELUK
ACUÑA Directora
General
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