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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 012 DE 2019
(Marzo 26)
Por la cual se actualiza la Política de Tratamiento de Datos Personales en la Contraloría de Bogotá, D.C.
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 658 de 2016 modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá, D.C.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 15 de la Constitución Política establece como derecho fundamental de todas las personas conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en archivos de entidades públicas.
Que en desarrollo de este derecho la Ley 1581 de 2012, establece en el literal k del artículo 17, como deber de los responsables de tratamiento de datos, adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplido de la protección de datos personales, en su recolección tratamiento y circulación.
Que la Ley 1712 de 2014 relativa a la transparencia y el derecho de acceso a la información pública nacional y el Decretó Único Reglamentario 1080 de 2015, que regula la gestión de la información clasificada y reservada, establecen principios y procedimientos para garantizar la protección de datos personales.
Que el Decreto 886 de 2014, al reglamentar el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, consagra la inscripción de la política de Tratamiento de la información en el Registro Nacional de Bases de Datos, lo cual no exime al Responsable del Tratamiento de su deber de darla a conocer a los Titulares.
Que el artículo 2.2.2.25.3.1., del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, recoge el artículo 13 del Decreto 1377 de 2013, reglamentario de aspectos relacionados con la autorización del titular de información para el Tratamiento de datos personales protegidos por la Ley 1581 de 2012 y, en tal virtud, establece la información básica que debe contener la política de tratamiento de la información, la cual debe constar en medio físico o electrónico, en un lenguaje claro y sencillo y ser puesta en conocimiento de los titulares.
Que el Decreto único Reglamentario 1081 de 2015, consagra en el artículo 2.1.1.4.1.2., que los sujetos obligados no podrán permitir el acceso a datos personales sin autorización del titular de la información, como tampoco a datos personales de niños, niñas y adolescentes, salvo que concurra alguna de las excepciones consagradas en los artículos 6, 7 y 10 de la Ley 1581 de 2012.
Que mediante decreto Único Reglamentario 1008 de 2018, se determina principio de seguridad de la información como orientador de la Política de Gobierno Digital, así mismo, la Arquitectura y Servicios Ciudadanos Digitales, como elementos fundamentales que permiten el logro de los propósitos de la misma.
Que mediante Resolución Reglamentaria No. 006 de 2014 la Contraloría de Bogotá, D.C., adoptó la Política de Tratamiento de Datos Personales, la cual debe ser actualizada de acuerdo con el concepto de mejora y la normatividad vigente, con el fin de garantizar el cumplimiento de los deberes como responsable de tratamiento de datos personales.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Actualizar la Política de Tratamiento de Datos Personales en la Contraloría de Bogotá, D.C., contenida en el documento anexo, el cual hace parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de la Dirección de Planeación coordinar y velar por la inclusión de la Política de Tratamiento de Datos Personales en el Sistema Integrado de Gestión implementado de la Entidad.
ARTÍCULO TERCERO. Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes velar por la divulgación y cumplimiento de la Política de Tratamiento de Datos Personales.
ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria No. 006 de febrero 4 de 2014.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de marzo del año 2019.
JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA
Contralor de Bogotá D. C. NOTA: Ver Anexo. |