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Resolución 108 de 2019 Secretaría Distrital de Movilidad

Fecha de Expedición:
08/03/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/04/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6531 del 08 de abril de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 108 DE 2019

(Marzo 08)

Derogada por el art. 4, Resolución 236664 de 2023.

Por medio de la cual se adopta la Guía Práctica: “Cómo construir e implementar un Plan Integral de Movilidad Sostenible PIMS, en las organizaciones”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE MOVILIDAD

En ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas por el artículo 3 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, los numerales 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Distrital 672 de 2018, y el artículo 7 del Decreto Distrital 37 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1 del Acuerdo Distrital 663 de 2017, “Por medio del cual se crea la estrategia de movilidad sostenible en el distrito capital”, señala que: “la Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad, promoverá una estrategia institucional que fomente e incentive el uso de diferentes medios alternativos y sostenibles de transporte, con el fin de generar la racionalización del uso del vehículo particular, promover la protección al medio ambiente y contribuir a una movilidad socialmente responsable con la ciudad”.

Que el artículo 4 del Decreto Distrital 037 de 2019, “Por medio del cual se establecen los lineamientos para la formulación, adopción, implementación, seguimiento y actualización de los Planes Integrales de Movilidad Sostenible – PIMS- de las entidades del nivel central descentralizado, y el de las localidades del Distrito y se dictan otras disposiciones”, define el Plan Integral de Movilidad Sostenible como “un instrumento de planeación, que reúne un conjunto de estrategias de movilidad orientadas a fomentar la movilidad sostenible y mitigar las externalidades negativas asociadas a los viajes realizados desde y hacia las entidades públicas y privadas que hayan adoptado el plan”

Que en virtud del artículo 7 ídem, la Secretaría Distrital de Movilidad debe expedir “La Guía “Como construir e implementar un Plan Integral de Movilidad Sostenible -PIMS en organizaciones”, dentro del mes siguiente a la vigencia de este Decreto”. 

Que la Directiva No. 002 de 2016 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, dispone que “Las Políticas Públicas de la Administración Distrital en el marco del Plan Maestro de Movilidad, buscan priorizar los modos de transporte sostenibles como el transporte público y el transporte no motorizado (peatonal o bicicleta), haciéndose necesario fomentar entre los/as ciudadanos/as el cambio en sus hábitos de desplazamientos, hacia modos más sostenibles a fin de que Bogotá se Mueva Mejor.”

Que la Secretaría Distrital de Movilidad, dentro de la estrategia de movilidad sostenible, viene brindando apoyo y orientación en la estructuración e implementación de Planes Integrales de Movilidad Sostenible, y en tal sentido se evidencia la necesidad de adoptar un documento técnico detallado del proceso de construcción, con indicaciones específicas e información que facilitará la realización y puesta en marcha de un Plan que priorice estrategias y medidas focalizadas a conseguir una movilidad sostenible.

Que la Guía Práctica: “Cómo construir e implementar un Plan Integral de Movilidad Sostenible PIMS en organizaciones”, busca orientar a las entidades y organismos del nivel central, descentralizado y el de las localidades del Distrito, así como aquellas entidades públicas del orden nacional y las personas naturales o jurídicas de derecho privado interesadas en la estructuración e implementación de acciones de movilidad sostenible. En consecuencia, es necesario adoptar dicho documento a través de la suscripción del presente acto administrativo. 

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Adopción. Adóptese la Guía Práctica: “Cómo construir e implementar un Plan Integral de Movilidad Sostenible PIMS en organizaciones”. 

ARTÍCULO 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución son aplicables a todas las entidades del nivel central, descentralizado, y en las localidades del Distrito.

PARÁGRAFO. Las entidades públicas del orden nacional y las personas naturales o jurídicas de derecho privado, podrán acoger las disposiciones contenidas en la presente resolución.

ARTÍCULO 3. Publicación. La Secretaría Distrital de Movilidad, publicará la Guía en la página web de la entidad para consulta de las entidades definidas en el ámbito de aplicación. 

ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga todas las disposiciones que le son contrarias. 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. 

Dada en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de marzo del año 2019.

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN

Secretario Distrital de Movilidad