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Resolución 122 de 2019 Secretaría Distrital de Movilidad

Fecha de Expedición:
15/03/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/04/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6531 del 08 de abril de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 122 DE 2019

 

(Marzo 15)

 

Por medio de la cual se adopta la Guía de Auditorías de Seguridad Vial en vías urbanas para la Ciudad de Bogotá, D.C.

 

EL SECRETARIO DISTRITAL DE MOVILIDAD

 

En ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas por el artículo 3 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, los numerales 2,3,9 y 11 del artículo 2 del Decreto Distrital 672 de 2018, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el literal e del artículo 2 de la Ley 105 de 1993, “Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones, incluye dentro de los principios rectores del transporte la Seguridad, en los siguientes términos “(…) la seguridad de las personas constituye una prioridad del Sistema y del Sector Transporte”.

 

Que en virtud del artículo 2 de la Ley 336 de 1996, “Por la cual se adopta el Estatuto General del Transporte”, “la seguridad, especialmente la relacionada con la protección de los usuarios, constituye una prioridad esencial en la actividad del sector y del sistema de transporte”.

 

Que el Ministerio de Transporte mediante Resolución 2273 de 2014, ajustó el Plan Nacional de Seguridad Vial – PNSV 2011-2021, el cual se convierte en la carta de navegación que orienta y propicia medidas concertadas, indicativas e integrales en todo el territorio nacional; con el objetivo de reducir el número de víctimas fatales y no fatales a causa de accidentes de tránsito.

 

Que el ya citado PNSV, en su Pilar Estratégico de Infraestructura, tiene como Programa el denominado “Auditorías, evaluación y seguimiento de seguridad vial en la infraestructura vial”, del cual se desprenden dos acciones muy concretas asociadas a las Auditorías de Seguridad Vial (ASV): (1) Formular la reglamentación sobre ASV, (2) Definir los estándares que debe cumplir la infraestructura en términos de seguridad vial, obligaciones que han sido reflejadas por la Administración Distrital en la Política de Seguridad Vial adoptada.

 

Que el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Distrital 672 de 2018, “Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Movilidad y se dictan otras disposiciones”, le atribuye a dicho organismo del sector central, entre otras, la función de “Liderar y orientar las políticas para la formulación de los planes, programas y proyectos de construcción, mantenimiento y rehabilitación de la infraestructura vial y de transporte del Distrito Capital”.

 

Que el Acuerdo Distrital 645 de 2016, “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C., 2016 – 2020 “Bogotá mejor para todos”, dentro del “Segundo Pilar: Democracia Urbana”, estableció el programa “Mejor movilidad para todos” que busca contribuir a la democracia urbana porque mejora la calidad y accesibilidad a la movilidad para todos los usuarios: peatones, ciclistas, usuarios del transporte público colectivo e individual y usuarios del transporte público. Entre otras acciones esta la disminución de un 15% de las fatalidades en accidentes de tránsito mediante la ejecución de 52 estrategias integrales de seguridad vial, la actualización del Plan Distrital de Seguridad Vial y la implementación de un Plan de Seguridad Vial para Motociclistas, propósitos de este Decreto, en el cual se ajusta el objeto de acuerdo a la meta establecida y se adopta la Visión Cero.

 

Que a través del Decreto 813 de 2017, se adoptó el Plan Distrital de Seguridad Vial y de Motociclista 20172026, del cual se derivan una serie de ejes, programas y acciones para mejorar la seguridad vial del Distrito Capital, armonizado con el PNSV y a través del cual se adopta la política de Visión Cero, incluye en el Eje 1. “Institucionalidad y Gestión de la Seguridad Vial”, el Programa “Guías, Manuales Técnicos y Normativa Local Bajo el Enfoque de Visión Cero”,  que menciona entre otras acciones para la Secretaría Distrital de Movilidad, la de “Publicar y reglamentar la Guía de Auditorías de Seguridad Vial Urbanas”, y en concordancia el Eje 4 “Infraestructura Segura”, define el “Programa de Auditorías de Seguridad Vial Urbana  ASV” que prevé dentro de sus acciones la de “Realizar Auditorías de Seguridad Vial a los proyectos viales a partir de la etapa de diseño, construcción y operación, una vez la Secretaría Distrital de Movilidad adopte la Guía de Auditorías de Seguridad Vial Urbana” .

 

Que mundialmente se ha desarrollado el concepto de Visión Cero, iniciativa que le da un enfoque ético a la seguridad vial y tiene como ideal reducir a cero el número de víctimas fatales y lesionadas a causa de accidentes de tránsito (siniestros viales), ya que establece que la pérdida de una vida es moralmente inaceptable. En este sentido la ciudad adopta la Visión Cero, con el apoyo de la Iniciativa Bloomberg para la Seguridad Vial, quien brindo el apoyo técnico que permitió adaptar esta política al contexto colombiano.

 

Que una ASV se define como un proceso sistemático realizado por un equipo auditor multidisciplinario que tiene como objetivo adelantar un examen formal a un proyecto vial urbano, desde la perspectiva de la seguridad vial, en cualquiera de sus fases: planeación, factibilidad, diseño, construcción y fase pre-operativa. La bibliografía en general identifica que la fase operativa está sujeta o es susceptible a una Inspección de Seguridad Vial por lo que en este documento se entenderá que una inspección es una auditoría que se realiza en la fase operativa. El objetivo de una ASV es determinar y reportar condiciones potenciales de riesgo a la seguridad vial en un proyecto para todos los tipos de usuario, además de identificar y recomendar las oportunidades de implementar acciones para mejorar la seguridad vial de tal manera que el encargado del proyecto tenga insumos para mejorar la seguridad vial de la infraestructura que tiene a cargo.

 

Que la Secretaría Distrital de Movilidad, con el apoyo del Banco Mundial, contrató en el año 2005 con la firma Cal & Mayor el primer manual de Auditorías de Seguridad Vial para el Distrito producto del Contrato BM-37 y, posteriormente en el año 2014, mediante contrato de consultoría No. 20141460 suscrito con la UPTC, inició un proceso de actualización, de donde se obtuvo el  insumo principal de la presente guía, profundizando su alcance de acuerdo con los adelantos en seguridad vial en el ámbito urbano y las normativas más recientes aplicables.

 

Que este documento queda al servicio de la Ciudad, de la Secretaría Distrital de Movilidad y de las diferentes entidades distritales encargadas del diseño, construcción, mantenimiento y operación de la infraestructura vial de Bogotá D.C.

 

Que el contenido y estructura de la Guía fueron presentados y expuestos en las sesiones 16 y 19 de  la Comisión Intersectorial  de Seguridad Vial (CISV), llevadas a cabo el 4 de julio de 2017 y el 24 de agosto de 2018 respectivamente, en virtud de lo consagrado en el artículo 1 del Decreto Distrital 185 de 2012, en el que además de crear dicha Comisión, se menciona que esta es una instancia que hace parte del Sistema de Coordinación de la Administración Distrital, encargada de articular y coordinar a las entidades y organismos responsables de la implementación y cumplimiento de las metas y/o programas contemplados en el Plan Distrital de Seguridad Vial para Bogotá, Distrito Capital y efectuar el seguimiento a la ejecución del mismo.

 

Que la Guía surtió un proceso de socialización el 14 de noviembre de 2018 con las entidades que conforman el Sector Movilidad, con el objetivo de dar a conocer esta herramienta y promover su implementación en los proyectos actuales y futuros.

 

Que en cumplimiento de lo establecido en el numeral 8º del artículo 8º de la Ley 1437 de 2011, el proyecto del presente acto administrativo fue publicado del 12 al 14 de marzo de 2019, en la página web de la Secretaría Distrital de Movilidad, con el fin de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas sin que se haya recibido alguna.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. Adopción. Adóptese la Guía de Auditorías de Seguridad Vial en Vías Urbanas en adelante La Guía, documento orientador para la evaluación de la seguridad de las vías urbanas e infraestructuras de transporte nuevas y existentes, para mitigar y resolver riesgos de ocurrencia de siniestros viales.

 

PARÁGRAFO. La Guía de Auditorías Seguridad Vial en Vías Urbanas para la ciudad de Bogotá D.C, se encuentra consignada en el Anexo Técnico No. 1 que hace parte integral de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución son aplicables a las Entidades del Distrito que conforman el Sector Movilidad.

 

ARTÍCULO 3. Publicación. La Secretaría Distrital de Movilidad, publicará la Guía en la página web de la entidad para consulta de las entidades del Distrito que conforman el Sector Movilidad.   

 

ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga todas las disposiciones que le son contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de marzo del año 2019.

 

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN

 

Secretario Distrital de Movilidad