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RESOLUCIÓN 339 DE 2019 (Febrero 12) Por medio de la cual se delega la representación de la Secretaría de Educación del Distrito en el Comité Operativo de Envejecimiento y Vejez
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO, D. C.
En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, en cumplimiento de los Decretos Distritales 345 de 2010, 460 de 2008, y las Resoluciones 511 de 2011 y 883 de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 211 de la Constitución Política, corresponde a la Ley fijar las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades.
Que los artículos 46 ibídem, establece que “El Estado, la sociedad la familia concurrirán para la protección y la asistencia de personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia”.
Que el Decreto 345 de 2010, adoptó la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital, 2010 – 2025.
Que el artículo 5 ibídem, establece como objetivo general de dicha la política pública “Garantizar la promoción, protección, restablecimiento y ejercicio pleno de los derechos humanos de las personas mayores sin distingo alguno, que permita el desarrollo humano, social, económico, político, cultural y recreativo, promoviendo el envejecimiento activo para que las personas mayores de hoy y del futuro en el Distrito Capital vivan una vejez con dignidad, a partir de la responsabilidad que le compete al Estado en su conjunto y de acuerdo con los lineamientos distritales, nacionales e internacionales.
Que el artículo 11 ibídem define que, la Dirección de la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital estará en cabeza del Alcalde Mayor de la Ciudad. La implementación estará en cabeza de la Secretaría Distrital de Integración Social, de la Secretaría Distrital de Salud y de los demás sectores de la administración.
Que el artículo 12 ibídem, establece que, la instancia de implementación para la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez será el Comité Operativo de que trata el artículo 12 del Decreto 460 de 2008, el cual será definido en el marco del Consejo Distrital de Política Social.
Que el Decreto 460 de 2008, “Por el cual se actualiza el Consejo Distrital de Política Social, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1098 de 2006 y en el Acuerdo Distrital 257 de 2006”, dispone en su artículo 12 que, el Consejo Distrital de Política Social contará para el desarrollo especializado de sus funciones con Comités Operativos, cada uno de los cuales tiene por objeto ser un escenario de participación, análisis y discusión de las temáticas sociales del Distrito Capital.
Que la Resolución 511 de 2011, “Por medio de la cual se conforma y reglamente el Comité Operativo de Envejecimiento y Vejez al interior del Consejo Distrital de Política Social”, modificada por la Resolución 883 de 2018, en su artículo 3 establece que, el Comité, estará integrado, entre otros, por un representante con capacidad de decisión y con conocimiento técnico sobre la política de Envejecimiento y Vejez de la Secretaría de Educación.
Que de acuerdo con lo ordenado en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines y complementarías.
Que sobre la delegación, la Corte Constitucional ha señalado que son elementos constitutivos de la delegación los siguientes: “(1) la transferencia de funciones de un órgano a otro; (2) que las transferencia de funciones se realice por el titular de la función; (3) que dicha transferencia cuente con una previa autorización legal; (4) y que el órgano que confiere la delegación pueda siempre y en cualquier momento reasumir la competencia”.
Que de conformidad con el artículo 21 del Decreto 330 de 2008, la Dirección de Inclusión e Integración de Poblaciones de la SED, tiene entre otras las funciones de “i). Diseñar programas y proyectos de alfabetización y cultura del trabajo, dirigidos a jóvenes y adultos, al igual que proyectos que promuevan la expresión de las culturas juveniles en sus distintas manifestaciones.”, ii). Diseñar programas dirigidos a la inclusión e integración de niños, niñas y jóvenes en situación de discapacidad y en situación de vulnerabilidad o de exclusión social o perteneciente a las diferentes etnias.
Que de conformidad con la Resolución 511 de 2011, modificada por la Resolución 883 de 2018, la Secretaría Distrital de Integración Social extendió la invitación a la Secretaría Distrital de Educación del para participar en las sesiones del Comité Operativo de Envejecimiento y Vejez durante el año 2019.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Delegar al Director de Inclusión e Integración de Poblaciones o quien haga sus veces, para que represente a la Secretaría Distrital de Educación en los Comités Operativos de Envejecimiento y Vejez. ARTÍCULO SEGUNDO: El Director de Inclusión e Integración de Poblaciones o quien haga sus veces, presentará los informes a la Secretaria Distrital de Educación, en relación con las actividades realizadas en virtud de la presente delegación.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.
Dada en Bogotá. D.C a los 04 días del mes de febrero del año 2019.
PLUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
CLAUDIA PUENTES RIAÑO
Secretaría de Educación del Distrito, D. C. |