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Resolución Reglamentaria 027 de 2019 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
21/06/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/07/2019
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución Reglamentaria 027 DE 2019

 

(Junio 21)

 

Por la cual se adopta la nueva versión de un procedimiento relacionado con el Proceso

de Estudios de Economía y Política Pública – PEEPP- de la Contraloría de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones.

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 658 de 2016, modificado por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá, D.C. y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en cumplimiento al artículo 269 Constitucional, es obligación de las autoridades correspondientes, diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.

Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos; así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que el Concejo de Bogotá D.C., expidió el Acuerdo 658 de 2016, “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C…”, el cual establece en el artículo 6 que: “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo”.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 038 del 8 de Octubre de 2018, se adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno MECI en la Contraloría de Bogotá D.C., en cumplimiento del Artículo 5, Decreto Nacional 4799 del 11 de septiembre de 2017 modificatorio del Decreto 1086 de 2018 – Decreto Único Reglamentario del Sector de la Función Pública- con el fin de incorporar la estructura definida en la Dimensión No. 7 Control Interno del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG-

 

Que mediante la Resolución Reglamentaria No. 040 del 22 de diciembre de 2017 se adoptó   las nuevas versiones de los procedimientos y documentos relacionados con el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública, entre éstos en el numeral 6 del Artículo Tercero el Procedimiento para elaborar el Dictamen a los estados contables consolidados del sector público distrital, sector gobierno general y Bogotá D.C. PEEPP-07 Versión 10.0.

 

Que en reunión del Equipo de análisis del PEEPP, se consideró pertinente revisar el procedimiento para elaborar el Dictamen a los estados contables consolidados del sector público distrital, sector gobierno general y Bogotá D.C.; cambiar en el nombre del procedimiento el término de Estados Contables por Estados Financieros, incluir los términos de acuerdo con los estándares internacionales de contabilidad teniendo en cuenta la modernización de la regulación contable pública en Colombia adoptada por la Contaduría General de la Nación, como ente rector en la materia, dentro de las cuales se encuentran las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF y los formatos del procedimiento para adelantar auditoria de regularidad del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal -PVCGF-04-, que se utilizan para elaborar el informe.

 

Que en consecuencia, se hace necesario actualizar el Procedimiento para elaborar el “Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá D.C.”, cambiar su denominación y adoptar la nueva versión.

 

En mérito de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Cambiar el nombre del Procedimiento para elaborar el Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá D.C. por Procedimiento para elaborar el Dictamen a los Estados Financieros Consolidados del Sector Público Distrital, Gobierno y Bogotá D.C.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Adoptar la nueva versión del procedimiento relacionado con el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública, así:

 

No.

DOCUMENTO

CÓDIGO

VERSIÓN

1

Procedimiento para elaborar el Dictamen a los Estados Financieros Consolidados del Sector Público Distrital, Gobierno y Bogotá D.C.

PEEPP-07

11.0

 

ARTÍCULO TERCERO: Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes; velar por la administración y divulgación de los procedimientos del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública, adoptados.

 

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial el numeral 6 del Artículo Tercero de la Resolución Reglamentaria No. 040 del 22 de diciembre de 2017. 

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de junio de 2019.

 

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

 

Contralor de Bogotá, D.C.


NOTA: Ver Anexo 


Anexo 1 Adicionado por el art 2. Resolución Reglamentaria 027 de 2019.