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Decreto Local 008 de 2019 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
15/07/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/07/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6603 de 25 de julio de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2019

 

(Julio 15)

 

Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe

 

EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

 

En uso de las facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 y atendiendo lo dispuesto en el Decreto 372 de 2010.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inciso segundo del artículo 71 del decreto Ley 1421 de 1993 prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local. Debiendo sesionar por el término que señale el Alcalde y únicamente se ocuparan de los asuntos que él mismo someta a consideración.

 

Que de conformidad con el Artículo 71 del Decreto 1421 de 1993 las JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES se reúnen ordinariamente por derecho propio cuatro veces al año así: el primero de Marzo, el primero de Junio, el primero de Septiembre, y el primero de Diciembre.

 

También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el Alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración.

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto:

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, para los días del 17 al 25 de julio de 2019 inclusive, con el fin de que discuta, considere y apruebe la modificación al acuerdo Local No. 001 “Por el cual se adiciona el presupuesto anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero de 2019 y 31 de diciembre de 2019”

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Durante el periodo de sesiones extraordinarias señalado en el artículo anterior, la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, se ocupará exclusivamente de dar el trámite de Ley al Proyecto de Acuerdo.

 

Dado en Bogotá, a los quince (15) días del mes de julio de dos mil diecinueve (2019).

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

LUIS ALEJANDRO VARGAS PINZÓN

 

Alcalde Local Rafael Uribe Uribe