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RESOLUCIÓN 619 DE 2019 (Octubre
17) Por la cual se crea el
Comité Asesor de los proyectos bajo esquema de Asociaciones Público-Privada
(APP) de Iniciativa Pública y/o de iniciativa privada y se dictan otras
disposiciones EL DIRECTOR GENERAL DEL
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En uso de sus
facultades legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 04 de 1978, las
Resoluciones N° 002 de 2015, 006 de 2017, el artículo
2.2.2.1.5.6 del Decreto 1082 de 2015, y CONSIDERANDO: Que
según el Artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa
está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en
los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad,
imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones. Que
el Artículo 3 de la Ley 1437 de 2011 “Código de Procedimiento Administrativo y
de lo Contencioso Administrativo”, dispone que las actuaciones administrativas
se desarrollarán, especialmente con arreglo a los principios del debido
proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación,
responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y
celeridad. Que
la Ley 1508 de 2012 “Por la cual se establece el régimen de las Asociaciones
Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras
disposiciones”, contempla en el artículo primero, que “Las Asociaciones Público
Privadas son un instrumento de vinculación de capital privado, que se
materializan en un contrato entre una entidad estatal y una persona natural o
jurídica de derecho privado, para la provisión de bienes públicos y de sus
servicios relacionados, que involucra la retención y transferencia de riesgos
entre las partes y mecanismos de pago, relacionados con la disponibilidad y el
nivel de servicio de la infraestructura y/o servicio”, las cuales podrán ser de
conformidad con la misma disposición de iniciativa pública o privada. Que
mediante la Resolución 004 de 2014, se conformó un Grupo Interdisciplinario
para los trámites, el procedimiento y el estudio de las Asociaciones Publico
Privadas que se presenten o se adelanten en él Instituto Distrital de
Recreación y Deporte -IDRD-. Que
en observancia a lo establecido en el artículo 2.2.2.1.5.6 del Decreto 1082 de
2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector
administrativo de Planeación Nacional”, y en la Directiva Distrital 004 del 18
de junio de 2019, mediante la cual se dictan los lineamientos y pautas para
adelantar el procedimiento de estructuración, evaluación y aprobación de los
proyectos bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) de iniciativa
pública y/o de iniciativa privada”, las entidades del nivel territorial y/o
distrital, deberán conformar un “Comité o Consejo Asesor” integrado con
funcionarios que posean conocimientos técnicos, financieros y jurídicos, con el
propósito de emitir concepto con relación a la evaluación del Proyecto bajo el
esquema de Asociación Público Privada (APP) de iniciativa privada, haciéndose
necesario realizar las modificaciones en el Acto Administrativo señalado en el
aparte precedente. Que
conforme lo anterior, se hace necesario crear un Comité Asesor en el Instituto
Distrital de Recreación y Deporte-IDRD de los proyectos bajo el esquema de
Asociación Público Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o de Iniciativa
Privada, en consideración a que los mismos contienen temas que por su
complejidad requieren la participación de las distintas áreas del Instituto, de
acuerdo con la heterogeneidad de los asuntos que puedan llegar a involucrar y
el conocimiento que se deba tener de cada uno de ellos, en consonancia con la
Resolución No. 006 de 2017 “Por la cual se modifica la estructura
organizacional y las funciones de las dependencias del Instituto Distrital de
Recreación y Deporte, y se dictan otras disposiciones”. Que
la Oficina Asesora Jurídica del IDRD, mediante Memorando 20191100544493 de
agosto de 2019, viabilizó para la firma del Director General, una vez
adelantado el Control de Legalidad la presente Resolución, Que,
por lo anterior el Director General RESUELVE: ARTÍCULO
PRIMERO:
Crear el “Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público Privada
(APP) de Iniciativa Pública y/o de Iniciativa Privada” del INSTITUTO DISTRITAL
DE RECREACIÓN Y DEPORTE -IDRD, como instancia asesora para revisar las
conclusiones de los estudios y análisis elaborados por las dependencias
internas del IDRD y las proferidas por las diferentes entidades distritales a
fin de emitir recomendaciones y observaciones para dar o no paso a las etapas
bajo las cuales se estructura el proyecto de Asociaciones Público Privada, el
cual estará conformado por los siguientes funcionarios: -
El (La) Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General del IDRD o quien
haga sus veces, quien lo presidirá. -
El (La) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y/o
quien haga sus veces. - El (La) Jefe de la
Oficina Asesora Jurídica y/o quien haga sus veces. - El (La) Jefe de la
Oficina de Costos y Estudios Económicos o quien haga sus veces. - El (La) Subdirector (a) Técnico (a) de Parques y/o quien haga sus
veces. -
El (La) Subdirector (a) Técnico (a) de Construcciones
y/o quien haga sus veces. - El (La) Subdirector
(a) Administrativo (a) y Financiero (a) y/o quien haga sus veces. -
El (La) Subdirector (a) de Contratación y/o quien haga
sus veces. - El (La) Subdirector
(a) Técnico (a) de Recreación y Deporte y/o quien haga sus veces. PARÁGRAFO
PRIMERO:
La asistencia al Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación
Público Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada es obligatoria y no es
delegable. PARAGRAFO
SEGUNDO:
Concurrirán sólo con derecho a voz, pero sin voto: 1- El (La) Jefe de Control
Interno quien tendrá la calidad de invitada permanente. 2- Los funcionarios que
por su condición funcional deban asistir según el caso concreto y 3- Los demás
asesores que sean invitados como apoyo para tomar decisiones o para brindar
mayor comprensión de los asuntos materia de su consideración ARTÍCULO
SEGUNDO: El Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación
Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada, tendrá las siguientes
actividades: a-
Emitir las observaciones y recomendaciones al Director
(a) General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte –IDRD, sobre los
trámites a seguir en las diferentes etapas de los Proyectos bajo el Esquema de
Asociación Público Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada. b-
Solicitar por intermedio del Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección
General y/o quien haga sus veces al originador del proyecto bajo el Esquema de
Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada, información
adicional que se considere primordial para la emisión de un concepto y/o
recomendación. c-
Proferir recomendación al Director (a) General del Instituto Distrital de
Recreación y Deporte –IDRD, previo análisis y evaluación, de los proyectos
presentados por los originadores, bajo el esquema de Asociación Público Privada
(APP) de iniciativa pública y/o de iniciativa privada, con fundamento en los
pronunciamientos efectuados por los competentes, los cuales deberán rendirse en
Lo anterior en un término no mayor a diez (10) días hábiles a la recepción de
la solicitud efectuada en tal sentido, por el Asesor (a) Código 105 Grado 04 de
la Dirección General y/o quien haga sus veces. d-
Velar por la observancia y cumplimiento a lo preceptuado en la normativa
existente en materia de Asociaciones Público Privadas (APP). ARTÍCULO
TERCERO: SECRETARÍA TECNICA. – La Secretaría Técnica del Comité Asesor de
los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa
Pública y/o Privada del IDRD, será ejercida por el profesional y/o contratista
designado por el (La) Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General
del IDRD o quien haga sus veces, quien tendrá a su cargo las siguientes
actividades: Citar
a los miembros del Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación
Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD con la
periodicidad que considere necesario la cual se llevará a cabo de manera
presencial o virtual, convocatoria que se realizará por lo menos con tres (3)
días de anticipación a la fecha prevista para la reunión del respectivo Comité. Remitir
junto con la citación, la información referente a los proyectos bajo el esquema
de Asociación PúblicoPrivada (APP) de Iniciativa
Pública y/o Privada, así como los conceptos emitidos por cada área de la
Entidad y/o los emitidos por las diferentes Entidades del Distrito, desde el
ámbito de su competencia. Consolidar
la información y generar un concepto unificado para ser presentado cómo
recomendación a la Dirección General del Instituto para que este dentro del
ámbito de sus competencias adopte las medidas y tome las decisiones a que haya
lugar. Elaborar
las actas de cada sesión del comité. El acta deberá estar debidamente elaborada
y suscrita por los miembros del Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema
de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD
y el Secretario Técnico del Comité que hayan asistido, dentro de los cinco (5)
días hábiles siguientes a la correspondiente sesión. Verificar
el cumplimiento de los conceptos y/o recomendaciones allegados por los miembros
del comité. Las demás que le sean asignadas por el Comité Asesor de los
Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa
Pública y/o Privada del IDRD ARTÍCULO
CUARTO: SESIONES VIRTUALES.- Las reuniones del
Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada
(APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD, podrán efectuarse en forma no
presencial siempre y cuando, exista comunicación simultánea o sucesiva. En
dicho evento se utilizarán los medios tecnológicos que permitan acreditar las
recomendaciones de las reuniones que se efectúen de manera no presencial
dejando constancia de lo actuado por ese medio usando los medios necesarios
para asegurar su autenticidad, conservación y consulta. ARTÍCULO
QUINTO: QUORUM DELIBERATORIO Y DECISORIO. - El Comité Asesor de los Proyectos
bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o
Privada del IDRD, sesionará con un mínimo de seis (6) de sus integrantes. En
todos los casos las decisiones se adoptarán por mayoría simple. ARTÍCULO
SEXTO: INASISTENCIA DE LAS SESIONES. - Cuando alguno de los miembros del Comité
Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de
Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD, no le sea posible asistir a una sesión
deberá comunicarlo por escrito, enviando a la Secretaría Técnica la
correspondiente excusa e informando los motivos de la ausencia. En la
respectiva acta de cada sesión del Comité, el Secretario Técnico dejará
constancia de la asistencia de los miembros e invitados y en caso de
inasistencia así lo señalará. ARTÍCULO
SÉPTIMO: DESIGNACION DE RESPONSABLES: Designar al Subdirector (a)
Técnico (a) de Construcciones, al Subdirector (a) Técnico (a) de Parques y al
Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General, como responsables de
los procesos relacionados con las propuestas de Proyectos bajo el Esquema de
Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD y
participar en las mesas o comités que se conformen, según los lineamientos
establecidos en la Directiva Distrital No. 004 del 18 de junio de 2019 que
establece “Lineamientos y Pautas para adelantar el Procedimiento de
Estructuración, Evaluación y Aprobación de los Proyectos bajo el Esquema de
Asociación Público-Privada (APP) de iniciativa Pública y/o de Iniciativa
Privada”, proferida de manera conjunta entre el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. y
la Secretaría Jurídica Distrital o aquellas que la aclaren, modifiquen o
deroguen. ARTÍCULO
OCTAVO:
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga
todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No.
004 de 2014. Dada en Bogotá, D.C., a
los 17 días del mes de octubre del año 2019. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE. PEDRO ORLANDO MOLANO
PEREZ Director General |