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Resolución 551 de 2019 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
11/12/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/12/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6694 del 12 de diciembre de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN SDH 000551 DE 2019

 

(Diciembre 11)

 

 Por medio de la cual se designa los pares evaluadores de los Gerentes Públicos de la Secretaría Distrital de Hacienda

 

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE BOGOTA D.C.

 

En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3 de la ley 489 de 1998, el artículo 48 de la Ley 909 de 2004, y el artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 489 de 1998, artículo 3, establece que en cumplimiento de los principios de la función pública, se debe evaluar el desempeño de las entidades el cual es concomitante y derivado de la gestión de los servidores públicos, quienes están llamados a responder y demostrar los resultados de su propio desempeño y su aporte a la gestión institucional y al logro de los fines del Estado.

 

Que el artículo 47 de la Ley 909 de 2004 señala que los cargos que conlleven el ejercicio de responsabilidad directiva en la administración pública de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial tienen el carácter de empleos de gerencia pública.

 

Que el numeral 3 del artículo 47 de la Ley 909 de 2004 define que la gerencia pública comprende todos los empleos de nivel directivo de las entidades y organismos a los cuales aplica la mencionada ley.

 

Que los numerales 2, 5 y 6 del artículo 48° de la  Ley 909 de 2004 establecen que “los gerentes públicos formularán, junto con los jefes del organismo o entidad respectiva, las políticas públicas o las acciones estratégicas a cargo de la entidad y serán responsables de su ejecución” que “los gerentes públicos están sujetos a la responsabilidad de la gestión, lo que significa que su desempeño será valorado de acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia” y que “todos los puestos gerenciales estarán sujetos a un sistema de evaluación de la gestión que se establecerá reglamentariamente”.

 

Que el artículo 50 de esta misma Ley señala que: “1. Una vez nombrado el gerente público, de manera concertada con su superior jerárquico, determinará los objetivos a cumplir.” concretando en dicho acuerdo los compromisos, la descripción de los resultados esperados en términos de cantidad y calidad, los indicadores y los medios de verificación de los mismos, el cual será evaluado por escrito en el término máximo de tres (3) meses después de acabar el ejercicio y se dejará constancia del grado de cumplimiento de los objetivos.

 

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública expidió la Guía para la Gestión de los empleados de Naturaleza Gerencial a través de la cual se definió la metodología para la elaboración, seguimiento y evaluación de los Acuerdos de Gestión junto con los respectivos formatos para tal fin, conforme a lo establecido en el artículo 2.2.13.1.12 del Decreto 1083 de 2015.

 

Que en la metodología de los Acuerdos de Gestión, se establece la evaluación de pares del gerente público, entiéndase éste como aquel que interactúa de manera directa con la actividad misional del área del gerente evaluado.

 

Que el artículo 4, literal o., del Decreto Distrital 601 de 2014 señala como funciones de la Secretaría Distrital de Hacienda: “Establecer las políticas generales de la Secretaría Distrital de Hacienda, velar por el adecuado y oportuno cumplimiento de sus funciones, organizar el funcionamiento de la entidad, y proponer ajustes a la organización interna y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos.”

 

Que mediante la Resolución No. SHD-000137 del 14 de julio de 2017 se adoptó el Sistema de Gestión del Rendimiento de los Gerentes Públicos de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1°. Designar el par de cada uno de los gerentes públicos para efectos de la evaluación del Acuerdo de Gestión, así:

 

GERENTE PÚBLICO

PAR EVALUADOR

SUBSECRETARIO DE DESPACHO

Subsecretario(a) General

Subsecretario(a) Técnico

Subsecretario(a) Técnico

Subsecretario(a) General

DIRECTOR TÉCNICO

Dirección de Gestión Corporativa

Dirección Jurídica

Dirección Jurídica

Dirección de Informática y Tecnología

Dirección de Informática y Tecnología

Dirección de Gestión Corporativa

Dirección Distrital de Estadísticas y Estudios Fiscales

Dirección Distrital de Crédito Público

Dirección Distrital de Crédito Público

Dirección Distrital de Cobro

Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá

Dirección Distrital de Estadísticas y Estudios Fiscales

Tesorero Distrital

Dirección Distrital de Contabilidad

Dirección Distrital de Contabilidad

Dirección Distrital de Presupuesto

Dirección Distrital de Presupuesto

Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá

Dirección Distrital de Cobro

Dirección Distrital de Tesorería

SUBDIRECTOR TÉCNICO

Subdirección del Talento Humano

Subdirección Administrativa y Financiera

Subdirección Administrativa y Financiera

Subdirección del Talento Humano

Subdirección de Gestión Documental

Subdirección de Proyectos Especiales

Subdirección de Infraestructura TIC

Subdirección de Servicios de TIC

Subdirección de Soluciones TIC

Subdirección de Infraestructura TIC

Subdirección de Servicios de TIC

Subdirección de Soluciones TIC

Subdirección de Asuntos Contractuales

Subdirección Jurídica de Hacienda

Subdirección Jurídica de Hacienda

Subdirección de Gestión Judicial

Subdirección de Gestión Judicial

Subdirección de Asuntos Contractuales

Subdirección de Análisis Fiscal

Subdirección de Análisis Sectorial

Subdirección de Análisis Sectorial

Subdirección de Análisis Fiscal

Subdirección de Planeación e Inteligencia Tributaria

Subdirección de Determinación

Subdirección de Determinación

Subdirección de Educación Tributaria y Servicio

Subdirección de Educación Tributaria y Servicio

Subdirección Jurídico Tributaria

Subdirección Jurídico Tributaria

Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes

Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes

Subdirección de Planeación e Inteligencia Tributaria

Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones

Subdirección de Financiamiento con otras Entidades

Subdirección de Financiamiento con otras Entidades

Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones

Subdirección de Gestión Contable de Hacienda

Subdirección de Consolidación, Gestión e Investigación

Subdirección de Consolidación, Gestión e Investigación

Subdirección de Gestión Contable de Hacienda

Subdirección de Cobro no Tributario

Subdirección de Cobro Tributario

Subdirección de Cobro Tributario

Subdirección de Cobro no Tributario

Subdirección de Operación Financiera

Subdirección de Planeación Financiera e Inversiones

Subdirección de Planeación Financiera e Inversiones

Subdirección de Operación Financiera

Subdirección de Infraestructura y Localidades

Subdirección de Desarrollo Social

Subdirección de Desarrollo Social

Subdirección de Infraestructura y Localidades

Subdirección de Finanzas Distritales

Subdirección de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal

Subdirección de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal

Subdirección de Gestión de Gestión de la Información

Presupuestal

Subdirección de Gestión de la Información Presupuestal

Subdirección de Finanzas Distritales

Subdirección de Proyectos Especiales

Subdirección de Gestión Documental

JEFE DE OFICINA

Oficina de Registro y Gestión de la Información

Oficina de Control de Recaudo Tributario

Oficina de Inteligencia Tributaria

Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones

Oficina de Administración Funcional del Sistema

Oficina de Recursos Tributarios

Oficina de Educación Tributaria

Oficina de Liquidación

Oficina de Control Masivo

Oficina General de Fiscalización

Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal

Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes

Oficina General de Fiscalización

Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal

Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes

Oficina de Control Masivo

Oficina de Liquidación

Oficina de Educación Tributaria

Oficina de Recursos Tributarios

Oficina de Administración Funcional del Sistema

Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones

Oficina de Inteligencia Tributaria

Oficina de Control de Recaudo Tributario

Oficina de Registro y Gestión de la Información

Oficina de Cobro Pre jurídico

Oficina de Cobro General

Oficina de Cobro General

Oficina de Cobro Especializado

Oficina de Cobro Especializado

Oficina de Gestión de Cobro

Oficina de Gestión de Cobro

Oficina de Cobro Pre jurídico

Oficina de Planeación Financiera

Oficina de Inversiones

Oficina de Inversiones

Oficina de Gestión de Ingresos

Oficina de Gestión de Pagos

Oficina de Planeación Financiera

Oficina de Gestión de Ingresos

Oficina de Gestión de Pagos

Oficina de Consolidación

Oficina de Operaciones Financieras

Oficina de Operaciones Financieras

Oficina de Consolidación

Oficina de Control Disciplinario Interno

Oficina de Análisis y Control de Riesgo

Oficina de Análisis y Control de Riesgo

Oficina de Control Disciplinario Interno

Oficina de Gestión del Servicio

Oficina de Atención al Ciudadano

Oficina de Atención al Ciudadano

Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones

Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones

Oficina de Gestión del Servicio

Oficina de Depuración de Cartera

Oficina Técnica del Sistema de Gestión Documental

Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental

Oficina de Depuración de Cartera

Oficina Técnica del Sistema de Gestión Documental

Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental


ARTÍCULO 2. La presente Resolución rige a partir de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de diciembre del año 2019.

 

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ

 

Secretaria Distrital de Hacienda