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DECRETO
LOCAL 002 DE 2020 (Enero 8) Por el cual se aclara y modifica el Decreto 001
de 2020 Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta
Administradora Local de Suba EL
ALCALDE LOCAL DE SUBA, En uso de
sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del
Decreto Ley 1421 de 1993, y CONSIDERANDO: Que,
conforme con lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la
Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que
le haga el respectivo Alcalde Local; evento en el cual sesionará por el término
que éste le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que él mismo
someta a su consideración. Que
el artículo 6. del Decreto Distrital 032 de 2007 “Por el cual se reglamenta el
Acuerdo 12 de 1994, en lo referente al Consejo Territorial de Planeación
Distrital”, señala que durante la primera semana de la
posesión del Alcalde Mayor, la Secretaría Distrital de Gobierno procederá a citar
a sesiones extraordinarias a las Juntas Administradoras Locales -JAL, con el
único objeto de designar el representante de dicha Corporación ante el Consejo
Territorial de Planeación del Distrito Capital -CTPD. Que,
según lo señalado en la Circular No.001 de 2020, el Secretario Distrital de
Gobierno solicitó convocar a sesiones extraordinarias a las Juntas
Administradoras Locales con el objeto de que designen a su representante ante
el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital -CTPD. Que
conforme con lo anterior se consideró pertinente convocar a sesiones
extraordinarias a la Junta Administradora Local de Suba, con el propósito de
que se encargue exclusivamente de designar a su respectivo representante que
integrará el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital -CTPD. Que
mediante Decreto 001 de 2020 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias
a la Junta Administradora Local de Suba”, con el propósito de que se encargue
de designar a su respectivo representante que integrará el Consejo Territorial
de Planeación del Distrito Capital –CTPD. Que
mediante radicado No 20202000007303 del 10 de enero de 2020, de la Secretaría
Distrital de Gobierno – Subsecretaría de Gestión Local, “(…) considera
pertinente que las Juntas Administradora Locales, aborden de manera prioritaria
asuntos estratégicos para la localidad, en atención al rol de estas
Corporaciones en la implementación del marco normativo recientemente expedido
en relación con la organización y funcionamiento de las localidades.
Adicionalmente, teniendo en cuenta la necesidad de que esta normatividad se
apropiada por parte de los Honorables Ediles previa la realización de los
Encuentro Ciudadanos y la formulación de los Planes de Desarrollo Local (…)”. Que
por lo anterior el Alcalde Local de Suba, determina pertinente continuar con
las sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Suba, dentro
del periodo comprendido entre el ocho (8) y treinta y uno (31) de enero 2020,
dado que en primera instancia fueron convocadas con el fin de que dentro de un
término de cuatro (4) días se procediera a designar al representante que
integrará el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital –CTPD. Que
dentro de las sesiones extraordinarias ya convocadas dentro del periodo
anteriormente establecido se incluyan los asuntos recomendados por la
Secretaría Distrital de Gobierno – Subsecretaría de Gestión Local, y que se
consideran de vital importancia para la Administración Local, respecto a: “(…) i)
Discusión del marco jurídico para el ejercicio de la función de vigilancia y
control de las Juntas Administradora Locales, de conformidad con lo establecido
en el Acuerdo Distrital 740 del 2019 “Por el cual se dictan normas en relación
con la organización el funcionamiento de las localidades de Bogotá D.C”, y el
Decreto Distrital 768 de 2019 “Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo
Distrital 740 del 2019 y se dictan otras disposiciones”. ii)
Discusión del marco jurídico para la implementación de los presupuesto
participativos de los Fondo de Desarrollo Local de conformidad con lo
establecido en el Acuerdo 740 de 2019 y el Decreto 768 de 2019. (…)” Que,
en mérito de lo anteriormente expuesto, DECRETA: Artículo 1o. Aclarar y modificar el
Decreto 001 de 2020 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la
Junta Administradora Local de Suba”, respecto a: Una
vez la Junta Administradora Local designe a su representante ante el Consejo
Territorial de Planeación del Distrito Capital –CTPD, dentro de un término de
cuatro (4) días, cesará dicho objeto respecto a la convocatoria inicial y se
continuará con la sesión extraordinaria en los asuntos relacionados en el
artículo 2 del presente Decreto. Artículo 2o. Adicionar dentro de
las sesiones extraordinarias los asuntos relacionados con: i) Discusión del marco
jurídico para el ejercicio de la función de vigilancia y control de las Juntas
Administradora Locales, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo
Distrital 740 del 2019 “Por el cual se dictan normas en relación con la
organización el funcionamiento de las localidades de Bogotá D.C”, y el Decreto
Distrital 768 de 2019 “Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo Distrital
740 del 2019 y se dictan otras disposiciones”. ii) ii) Discusión del marco
jurídico para la implementación del presupuesto participativo de los Fondo de
Desarrollo Local de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 740 de 2019 y
el Decreto 768 de 2019. Dichos
asuntos serán discutidos dentro de las sesiones en el periodo comprendido entre
el ocho (8) y treinta y uno (31) de enero 2020. Artículo 3o. El presente Decreto
rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado en
Bogotá, D.C., a los 08 días de enero del año 2020 NEDIL
ARNULFO SANTIAGO ROMERO Alcalde Local de Suba |