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Decreto Local 003 de 2020 Alcaldía Local de Chapinero

Fecha de Expedición:
13/01/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/01/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6716 del 16 de enero del 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 003 DE 2020

 

(Enero 13)

 

Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Chapinero para discusión de varios temas

 

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO,

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, conforme con lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local; evento en el cual sesionará por el término que éste le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que él mismo someta a su consideración.

 

Que, mediante memorando No. 20202000007153 del 10 de enero 2020, el Subsecretario de Gestión Local de la Secretaría Distrital de Gobierno, manifiesta que “(…) considera conveniente que las Juntas Administradoras Locales, aborden de manera prioritaria asuntos estratégicos para la localidad, en atención al rol de estas corporaciones en la implementación del marco normativo recientemente expedido en relación con la organización y funcionamiento de las localidades. Adicionalmente, teniendo en cuenta la necesidad de que esta normatividad sea apropiada por parte de los Honorables Ediles previa la realización de los Encuentros Ciudadanos y la formulación de los Planes de Desarrollo Local. (…)”.

 

Que, con fundamento en lo anterior, el citado memorando sugiere citar a sesiones extraordinarias a la Corporación, para tratar los siguientes asuntos:

 

i) Discusión del marco jurídico para el ejercicio de la función de vigilancia y control de las Juntas Administradoras Locales, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital 740 de 2019 “Por el cual se dictan normas en relación con la organización y funcionamiento de las localidades de Bogotá D.C.” y el Decreto Distrital 768 de 2019 “Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo 740 de 2019 y se dictan otras disposiciones”.

 

ii) Discusión del marco jurídico para la implementación de los presupuestos participativos de los Fondos de Desarrollo Local, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 740 de 2019 y el Decreto 768 de 2019.

 

iii) Discusión y aprobación de los proyectos de acuerdo prioritarios para el desarrollo de la gestión local.

 

Que el Despacho considera necesario y oportuno convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Chapinero, a efectos de atender los asuntos prioritarios que permitan el desarrollo adecuado del proceso de encuentros ciudadanos y funcionamiento de la Corporación, además del tema específico indicado en el Decreto Local No. 001 del 07 de enero de 2020.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1o. Convocar a la Junta Administradora Local de Chapinero, a sesiones extraordinarias para el periodo comprendido entre el quince (15) y el treinta y uno (31) de enero de 2020, a efectos que se discutan los siguientes asuntos:

 

i) Marco jurídico para el ejercicio de la función de vigilancia y control de las Juntas Administradoras Locales, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital 740 de 2019 “Por el cual se dictan normas en relación con la organización y funcionamiento de las localidades de Bogotá D.C.” y el Decreto Distrital 768 de 2019 “Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo 740 de 2019 y se dictan otras disposiciones”.

 

ii) Marco jurídico para la implementación de los presupuestos participativos de los Fondos de Desarrollo Local, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 740 de 2019 y el Decreto 768 de 2019.

 

iii) Discusión y aprobación de los proyectos de acuerdo prioritarios para el desarrollo de la gestión local.

 

Artículo 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de enero del año 2020.

 

HERNANDO JOSÉ QUINTERO MAYA

 

Alcalde Local de Chapinero