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DECRETO 003 DE 2020
(Enero 13)
Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón
LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN,
en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local; evento en el cual sesionará por el término que éste le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que él mismo someta a su consideración.
Que el artículo 104 de la ley 1757 de 2015 establece y define como “Deberes de las administraciones nacionales, departamentales, municipales y distritales en la promoción de instancias de participación ciudadana formales e informales creadas y promovidas por la ciudadanía o el Estado. El Estado en todos sus niveles de organización territorial nacional, bajo el liderazgo de las administraciones, tiene la obligación de: Literales,
a). Promover, proteger, implementar y acompañar instancias de participación; b). Garantizar la participación ciudadana en los temas de planeación del desarrollo, de políticas sociales, de convivencia ciudadana y reconciliación, y de inclusión de poblaciones tradicionalmente excluidas; h). Convocar de manera amplia y democrática a los ciudadanos a las instancias de participación con anticipación suficiente, sin privilegiar a unos ciudadanos sobre otros y haciendo uso de todos los canales de información disponibles.
Que el numeral 9 del artículo 5 del acuerdo 740 de 2019 establece “Competencias de los alcaldes locales. En consonancia con los principios de concurrencia, subsidiariedad, complementariedad y coordinación los Alcaldes Locales tienen las siguientes competencias que se desarrollarán en el ámbito local:
.... 9) Fomentar la participación ciudadana.
Que en la Localidad de Fontibón existen diferentes instancias de participación, así como diversos sectores que en la actualidad no poseen delegado de la Junta Administradora Local de Fontibón, esto en atención a la entrada en vigencia del nuevo periodo legal 2020-2023; razón por la cual en aras de incentivar la participación ciudadana de algunos sectores sociales de la Localidad de Fontibón, promover la participación ciudadana y dar representatividad a todos los sectores e instancias de participación, se considera pertinente convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón, con el propósito que se encargue exclusivamente de designar a sus respectivos representantes a las diferentes instancias de participación local, así como para que realicen las delegaciones de representantes de la Junta Administradora Local de Fontibón en temas y sectores de vital importancia para la localidad como lo son: seguridad, cultura, deportes, discapacidad entre otros.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1o. Convocar a la Junta Administradora Local de Fontibón, a sesiones extraordinarias para el periodo comprendido entre el quince (15) y el treinta (30) de enero de 2020.
Artículo 2o. En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local se ocupará de designar a sus respectivos representantes a las diferentes instancias de participación local, y en el mismo sentido, realizarán las delegaciones de representantes de la Junta Administradora Local de Fontibón en temas y sectores de vital importancia para la localidad.
Artículo 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de enero del año 2020.
JOHANNA PAOLA BOCANEGRA OLAYA
Alcaldesa Local de Fontibón
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