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Decreto Local 002 de 2020 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
15/01/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/02/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6734 del 11 de febrero de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 002 DE 2020

 

(Enero 15)

 

Por medio del cual se adicionan temas al artículo 2 del Decreto Local No. 001 de 2020 del 07 de enero de 2020 ¨Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar¨

 

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 Decreto Ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que conforme con lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley de 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local; evento en el cual sesionará por el término que este le señala y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que el mismo someta a su consideración.

 

Que el artículo 6 del Decreto Distrital 032 de 2007 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 12 de 1994, en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital”, señala que, durante la primera semana de la posesión del Alcalde Mayor, la Secretaría Distrital de Gobierno procederá a citar a sesiones extraordinarias a las Juntas Administradoras Locales – JAL, con el único objeto de designar el representante de dicha Corporación ante el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital – CTPD.

 

Que mediante memorando con radicado N°. 20202000007183 de fecha 10 de enero de 2020, la Subsecretaria de Gestión Local de la Secretaria Distrital de Gobierno consideró conveniente que las Juntas Administradoras Locales aborden de manera prioritaria asuntos estratégicos para la localidad y dispuso a consideración de los Alcaldes Locales que, de ser necesario, citará a sesiones extraordinarias para tener en cuenta entre otros, los siguientes temas:

 

i. Discusión del marco jurídico para el ejercicio de la función de vigilancia y control de las Juntas Administradoras Locales, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital 740 de 2019 “Por el cual se dictan normas en relación con la organización y el funcionamiento de las localidades de Bogotá D.C.”, y el Decreto Distrital 768 de 2019 “Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo 740 de 2019 y se dictan otras disposiciones”.

 

ii. Discusión del marco jurídico para la implementación de los presupuestos participativos de los Fondos de Desarrollo Local de conformidad con lo establecido en el acuerdo 740 y en el Decreto 768 de 2019.

 

iii. Discusión y aprobación de proyectos de proyectos de acuerdo prioritarios para el desarrollo de la gestión local.”

 

Que conforme con lo anterior, se considera pertinente que dentro de la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar realizada mediante el Decreto Local 001 de 2020, se incluya la discusión del marco jurídico para el ejercicio de la función de vigilancia y control de las Juntas Administradoras Locales y para la implementación de los presupuestos participativos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Adiciónese los siguientes temas al Artículo 2° del Decreto Local 001 de 2020 ¨Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar¨, el cual quedará así:

 

ARTÍCULO 2° En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local se ocupa de:

 

1. Designar al representante de dicha corporación que integrara el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital – CTPD.

 

2. Discutir el marco jurídico para el ejercicio de la función de vigilancia y control de las Juntas Administradoras Locales, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital 740 de 2019 “Por el cual se dictan normas en relación con la organización y el funcionamiento de las localidades de Bogotá D.C.”, y el Decreto Distrital 768 de 2019 “Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo 740 de 2019 y se dictan otras disposiciones.”

 

3. Discutir el marco jurídico para la implementación de los presupuestos participativos del Fondo de Desarrollo Local Ciudad Bolívar de conformidad con lo establecido en el acuerdo 740 y en el Decreto 768 de 2019.

 

ARTÍCULO 2º. (Sic.) El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de enero del año 2020.

 

RAY G VANEGAS HERRERA

 

Alcalde Local (E) Ciudad Bolívar