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Acuerdo 038 de 2020 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
03/07/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/07/2020
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 51367 del 06 de julio de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 038 DE 2020

 

(Junio 25)

 

Por medio del cual se emite concepto favorable a una solicitud de autorización para asumir obligaciones que afectan el presupuesto de vigencias futuras excepcionales de una actividad en Gastos de Operación de la EAAB-ESP

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ – ESP

 

 En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, consagradas en el literal d, numeral 3 del articulo 11 del Acuerdo 05 de 2019 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que es función de la Junta Directiva, por disposición del literal D del numeral 3 del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, evaluar las solicitudes de autorización para adquirir obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras y emitir concepto de acuerdo con los procedimientos legales y distritales.

 

Que el Decreto Distrital 777 de 2019 “Por medio del cual se reglamenta el estatuto orgánico del presupuesto distrital y se dictan otras disposiciones”, en el artículo 67 modificatorio del artículo 39 del Decreto Distrital 662 de 2018, en el tema de vigencias futuras excepcionales, establece:

 

“ART. 39.-Vigencias futuras excepcionales. El Confis Distrital en casos excepcionales para obras de infraestructura y para actividades que de no ejecutarse pueden causar inevitablemente la parálisis o afectación en la prestación de un servicio que se deba satisfacer y garantizar por mandato constitucional, así como para las garantías a las concesiones y solamente en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno los declare de importancia estratégica, podrá autorizar que se asuman obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras, sin que se requiera apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización. Esta vigencia futura excepcional podrá concederse en el último año de gobierno. El monto máximo de las mismas deberá ser consistente con el plan financiero y las metas establecidas en el marco fiscal de mediano plazo del Distrito Capital.

 

PAR.- Las operaciones de crédito público, sus asimiladas y conexas no requieren la autorización del Confis Distrital para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras.

 

Dichos contratos se regirán por las normas que regulan las operaciones de crédito público”.

 

Que la Empresa requiere desarrollar la actividad de Energía para Bombeo que, de no contratarse, podría ocasionar parálisis o afectación en la prestación del servicio de acueducto y alcantarillado, por lo cual se hace necesario solicitar una autorización de vigencias futuras en Gastos de Operación por valor de $279.854.328.967, como se detalla a continuación:

 

 

Programa / Rubro

 

2020

 

2021

 

2022

 

2023

 

2024

 

Total Vig. Fut.

 

Total Proceso

GASTOS DE OPERACIÓN

-

49.991.890.014

75.483.482.027

77.819.690.485

76.559.266.441

279.854.328.967

279.854.328.967

Energía Para Bombeo

-

49.991.890.014

75.483.482.027

77.819.690.485

76.559.266.441

279.854.328.967

279.854.328.967

Energia Para Bombeo

-

49.991.890.014

75.483.482.027

77.819.690.485

76.559.266.441

279.854.328.967

279.854.328.967

Total general

-

49.991.890.014

75.483.482.027

77.819.690.485

76.559.266.441

279.854.328.967

279.854.328.967

 

Que conforme al escenario de aprobaciones de vigencias futuras y al de financiación que se muestran a continuación, la autorización de vigencias futuras para Gastos de Operación está cubierta por los techos de gasto establecidos en el Plan Financiero Plurianual, el cual contempla los lineamientos de política económica y fiscal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo, aplicables a las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito.

 

ESCENARIO DE APROBACIONES DE VIGENCIAS FUTURAS

 

$ Millones

GASTOS DE OPERACIÓN

Año 2021

Año 2022

Año 2023

Año 2024

TOTAL

+ Aprobadas CONFIS 2020

-

-

-

-

-

+ En Trám ite CONFIS

-

-

-

-

-

+ Para Concepto Junta Directiva (VF Ordinarias)

4.307

3.978

-

-

8.285

+ Para Concepto Junta Directiva (VF Excepcionales)

49.992

75.483

77.820

76.559

279.854

= Monto Total

54.298

79.462

77.820

76.559

288.139

 

Escenario de Financiación De Las Vigencias Futuras

 

$ Millones corrientes

CONCEPTO

2021

2022

2023

2024

 

Disponibilidad Inicial

755.144

780.931

771.282

785.639

 

Ingresos Corrientes

2.095.642

2.098.232

2.173.211

2.422.707

Ingresos PTAR Canoas

44.357

45.688

150.166

207.093

Transferencias

181.705

180.145

187.846

195.983

Recursos De Capital Diferentes A Crédito

127.881

172.249

93.397

96.301

Recursos Del Crédito

2.418.618

1.430.790

723.181

208.898

Subtotal Ingresos Vigencia

4.868.202

3.927.104

3.327.801

3.130.982

Total Ingresos

5.623.346

4.708.035

4.099.083

3.916.621

 

Gastos De Funcionamiento *

1.379.513

1.392.857

1.416.567

1.464.186

Vigencias Futuras Funcionamiento

70.675

55.458

425

0

Margen Sin Comprometer Funcionamiento

1.308.838

1.337.399

1.416.142

1.464.186

% Compromiso Funcionamiento

5%

4%

0%

0%

 

Gastos De Operación *

193.969

211.882

219.556

392.147

Vigencias Futuras Operación

54.298

79.462

77.820

76.559

Margen Sin Comprometer Operación

139.671

132.420

141.736

315.588

% Compromiso Operación

28%

38%

35%

20%

 

Servicio De La Deuda *

72.139

156.536

181.274

339.610

 

Inversión Indirecta

59.473

61.930

64.498

67.182

Cuentas Por Pagar Inversión *

1.526.526

1.202.916

747.597

383.819

 

Rentas Con Destinación Especifica

698.026

685.092

696.161

618.174

 

Inversión PTAR Canoas

23.457

58.622

139.097

285.081

 

Giro Tesorería Distrital

88.735

92.582

96.318

104.021

 

Inversión Directa

1.581.507

845.620

363.936

262.401

Vigencias Futuras Inversión

388.292

41.858

637

0

Margen Sin Comprometer Inversión

1.193.215

803.762

363.299

262.401

% Compromiso Inversión

25%

5%

0%

0%

Fuente: Plan Financiero Plurianual

* Incluyen la CXP reflejadas en Plan Financiero

 

Que en sesión No. 2602 de la Junta Directiva de la EAAB – ESP, llevada a cabo el 25 de junio de 2020, por unanimidad los miembros de Junta emiten concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir compromisos que afectan el presupuesto de vigencias futuras 2021, 2022, 2023 y 2024, con carácter excepcional por DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($279.854.328.967).

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Emitir concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir compromisos que afectan el presupuesto de vigencias futuras 2021, 2022, 2023 y 2024, con carácter de excepcionales, por DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($279.854.328.967), conforme al siguiente detalle:

                                                                                                                                                                                                                                      $ Corrientes

Concepto

2020

Vigencias

Futuras 2021

Vigencias

Futuras 2022

Vigencias

Futuras 2023

Vigencias

Futuras 2024

Total Vig. Fut.

GASTOS DE OPERACIÓN

-

49.991.890.014

75.483.482.027

77.819.690.485

76.559.266.441

279.854.328.967

Energía Para Bombeo

-

49.991.890.014

75.483.482.027

77.819.690.485

76.559.266.441

279.854.328.967

Energia Para Bombeo

-

49.991.890.014

75.483.482.027

77.819.690.485

76.559.266.441

279.854.328.967

Total general

-

49.991.890.014

75.483.482.027

77.819.690.485

76.559.266.441

279.854.328.967

 

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes junio del año 2020.

 

RICARDO AGUDELO SEDANO

 

Presidente

 

HEYBY POVEDA FERRO

 

Secretaria