Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 20 de 1890 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/08/1890
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/08/1890
Medio de Publicación:
Concejo Distrital
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 20 DE 1890

(Agosto 22)

Derogado por el Acuerdo Municipal 22 de 1898

"Por el cual se erigen en barrios de la ciudad las parroquias de las Aguas, Egipto y Las Cruces, y se permite el establecimiento de mercados públicos".

EL CONCEJO MUNICIPAL DE BOGOTÁ,

En uso de sus facultades legales,

Ver la Ordenanza de Cundinamarca 11 de 1863 , Ver el Acuerdo Municipal 6 de 1881 , Ver el Decreto Distrital 707 de 1986 , Ver el Acuerdo Municipal 1 de 1986

ACUERDA:

ARTICULO 1.º Erígense en barrios de la ciudad, que serán: 6.º, 7.º y 8.º las tres parroquias eclesiásticas de las Aguas, Egipto y las Cruces.

PARÁGRAFO. Los límites de estos nuevos barrios serán los mismos que hoy están demarcados para dichas parroquias, que son:

Barrio de las Aguas. Por el Norte la calle 12 (hoy Calle 22), en el punto en donde la corta la carrera 4.º al Oriente (hoy carrera 4.º); desde ahí, hacia el Oriente , línea recta, á dar el camino que pasando por el costado Norte de la "Quinta de Bolívar," termina en el río San Francisco, en el punto llamado "Chorro de Padilla;" de este punto el río San Francisco, aguas arriba, hasta la línea divisoria de los Municipios de La Calera y Choachí; por el Sur, la calle 3.º al Norte (hoy calle 13), y el camino hoy nuevo, que conduce á Choachí; por el Oriente, con el Municipio de Choachí; y por el Occidente, la carrera 4.º al Oriente (hoy carrera 4.º) ; desde la carrera al Norte (hoy calle 13), hasta la calle 12 al Norte (hoy calle 22).

Barrio Egipto. Los limites de este barrio son: por el Norte con el barrio de Las Aguas, así: la calle 3.º al Norte (hoy 13), y el camino que conduce á Choachí hasta los limites de éste con Bogotá; por el Oriente, con los Municipios de Choachí y Ubaque; por el Sur con el barrio de Santa Bárbara, arrancando del puente de Bolívar, en la carrera 4.º , río de San Agustín, aguas arriba, pasando por el costado Sur de la Iglesia de La Peña, línea imaginaria al oriente hasta los límites de Ubaque; por el Occidente, con el barrio de la Catedral, la carrera 4.º al Oriente (hoy carrera 4.º); del puente de Bolívar, al Norte hasta encontrar la calle 3.º al Norte (hoy calle 13).

Barrio de las Cruces. Los límites de éste son: por el Norte, la quebrada de San Juanito, hacia el Oriente, una línea imaginaria hasta tocar con los límites de Ubaque, y hacia el Occidente con el barrio de San Victorino; por el Oriente, con el Municipio de Ubaque; por el Occidente, con el Municipio de Bosa, Usme y Chipaque.

ARTICULO 2.º Se permite el establecimiento de mercados públicos en las Plazas de los nuevos barrios, y los días en que deben tener lugar tales mercados, serán fijados por el Alcalde de la ciudad.

ARTICULO 3.º Durante un año contado desde la fecha del presente Acuerdo no se cobrará derecho alguno por el puesto ocuparlo con mercado en las plazas expresadas.

ARTICULO 4.º El Alcalde de la ciudad queda encargado de dictar las medidas necesarias para la ejecución del presente Acuerdo.

Dado en Bogotá, á veintidós de Agosto de mil ochocientos noventa.

El Presidente, LUIS NIETO.

El Secretario, Antonio M. Londoño.

Alcaldía de Bogotá, á 26 de Agosto de 1890.

Publíquese y ejecútese.

HIGINIO CUALLA.

El Secretario, Fernando Cortés Monroy.