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ACUERDO 23 DE 1901 (Septiembre 25) Por el cual se hace una prohibición en materia de venta y arrendamiento de bóvedas en el cementerio público. EL CONCEJO MUNICIPAL DE BOGOTÁ, En uso de sus facultades legales, y Ver el Acuerdo Municipal 20 de 1901 ,Ver el art. 66, Acuerdo Municipal 16 de 1916 ACUERDA: ARTÍCULO 1. Desde la sanción del presente Acuerdo no se enajenará a perpetuidad bóveda de ninguna clase, del Cementerio público de esta ciudad.ARTÍCULO 2. Igualmente queda prohibida la prórroga de arrendamiento de bóvedas llamada "permanencias", en el Cementerio circular antiguo y nuevo. Dado en Bogotá, a veinte de Septiembre de mil novecientos uno. El presidente, FRANCISCO JOSE DE TORO El Secretario, Antonio M. Londoño Alcaldía de Municipal - Bogotá, Septiembre 25 de 1901 Publíquese y Ejecútese. RICARDO MORALES T. El Secretario, Leonidas Ojeda A. |