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Decreto 235 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/10/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/10/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6949 de 29 de octubre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 235 DE 2020

 

(Octubre 28)

 

Por medio del cual se determina la categorización de Bogotá Distrito Capital para la vigencia fiscal 2021

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D. C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral I del articulo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el parágrafo 3 del artículo 6 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 153 del Decreto Ley 2106 de 2019, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que dentro de las atribuciones de los alcaldes consagras en el artículo 315 de la Constitución Política está la de: "1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del gobierno, las ordenanzas, y los acuerdos del concejo."

 

Que el artículo artículo 6 de la Ley 136 de 1994, modificada por el artículo 53 del Decreto Ley 2106 de 2019, "Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en/a administración pública", establece que son municipios de categoría especial los que tienen población superior o igual a quinientos mil un (50.001), con ingresos Ingresos corrientes de libre destinación anuales que superen cuatrocientos mil (400.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

Que el parágrafo 3 del artículo 6 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 153 del Decreto Ley 2106 Ley de 2019, consagra que los alcaldes determinarán anualmente, mediante decreto expedido antes del treinta y uno (31) de octubre, la categoría en la que se encuentra clasificado para el año siguiente, el respectivo distrito o municipio.

 

Que la Contraloría General de la República expidió el 21 de julio de 2020 la certificación donde establece que Bogotá Distrito Capital recaudó efectivamente durante la vigencia fiscal de 2019, Ingresos Corrientes de Libre Destinación por la suma de $7.427.860.120 miles de pesos.

 

Que el salario mínimo legal mensual para la vigencia fiscal de 2019 fue de $828.116, con lo cual el monto de ingresos corrientes de libre destinación recaudados durante la vigencia 2019, equivale a 8.969.589 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

Que igualmente en dicha certificación la Contraloría General de la República hace constar que los gastos de funcionamiento de Bogotá Distrito Capital, durante la vigencia fiscal 2019 representaron el 26,33% de los ingresos corrientes de libre destinación-ICLD-.

 

Que mediante oficio 20201510176771 del 21 de julio de 2020, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE certificó que la población estimada por área total para Bogotá Distrito Capital para el año 2019, es de 7.592.871 habitantes.

 

Que de acuerdo con lo anterior y con lo establecido en el parágrafo 3o. del artículo 153 del Decreto Ley 2106 de 2019, el Distrito Capital de Bogotá cumple con los requisitos de población y de ingresos corrientes de libre destinación para ser clasificado en Categoría Especial.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º. La categorización de Bogotá Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2021, es de "Categoría Especial".

 

Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de la echa de su publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de octubre del año 2020.

 

CLAUDIA NAYIBE LOPEZ HERNANDEZ

 

Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C.

 

JUAN MAURIO RAMÍREZ CORTÉS

 

Secretario Distrital de Hacienda