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Decreto 250 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/11/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/11/2020
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 250 DE 2020

 

(Noviembre 18)


Derogado por el Decreto Distrital 497 de 2022.

 

Por medio del cual se delega la participación de la Alcaldesa Mayor en la junta de conservación de los monumentos nacionales Hospital San Juan de Dios y del Instituto Materno Infantil

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA D.C.,

 

 En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 40 del Decreto ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 735 de 2002 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el artículo 1 de la Ley 735 de 2002, se declararon como monumentos nacionales, al Hospital San Juan de Dios y al Instituto Materno Infantil, ubicados en la ciudad de Bogotá, D.C.

 

Que por medio del artículo 2 ídem, se creó la junta de conservación de los monumentos nacionales en mención, integrada por los ministros de Salud, Cultura y Educación Nacional, el/la alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C. y el Gobernador de Cundinamarca o sus delegados.

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, contempla la facultad de las autoridades administrativas de transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades administrativas con funciones afines o complementarias, mediante acto de delegación.

 

Que el artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993 autoriza a la alcaldesa mayor a delegar las funciones que le hayan sido asignadas por la ley y los acuerdos en los secretarios, jefes de departamento administrativo, gerentes o directores de entidades descentralizadas, en los funcionarios de la administración tributaria, en las juntas administradoras y en los alcaldes Locales.

 

Que el artículo 17 del Acuerdo 257 de 2006, autoriza a las autoridades distritales a delegar sus funciones en sus colaboradores u otras autoridades con funciones afines o complementarias.

 

Que como consecuencia de lo anterior, la alcaldesa mayor de Bogotá, delega su participación en la junta creada por el artículo 2 de la Ley 735 de 2002.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Delegar en el/la gerente general de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C., la participación de la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., en la junta de conservación de los monumentos nacionales Hospital San Juan de Dios y del Instituto Materno Infantil, de que trata el artículo de la Ley 735 de 2002.

 

Parágrafo. - Para el ejercicio de la función delegada, el/la gerente general de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C., contará con la asesoría, orientación y colaboración del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural -IDPC, teniendo en cuenta la especialidad y al ámbito funcional de dicha entidad.

 

Artículo 2°.- Comuníquese el presente acto aI/la gerente general de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C., al/la directora/a del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC- y a la secretaria Distrital de Planeación, así como al Ministerio de Cultura, esta última entidad, en razón del ejercicio de la secretaria técnica de la junta a que se refiere el presente decreto.

 

Artículo 3°. - El presente decreto rige a partir del día siguiente a su expedición y deroga el Decreto 410 de 2003 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

 

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de noviembre del año 2020.

 

CLAUDIA NAYIBE LOPEZ HERNANDEZ

 

Alcaldesa Mayor