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Resolución 4973 de 2020 Caja de Vivienda Popular

Fecha de Expedición:
25/11/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/12/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital 6980 del 02 de diciembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 4973 DE 2020

 

(Noviembre 25)


Aclarada por Resolución 5279 del 03 de diciembre de 2020

 

Por medio de la cual se actualiza el Reglamento Interno de Recaudo y Administración de Cartera de la Caja de la Vivienda Popular

 

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los Acuerdos No. 20 de 1942 y 15 de 1959 del Concejo de Bogotá D.C., Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 17 del Acuerdo No. 003 de 2008, el artículo 2 del Acuerdo 004 de 2008 y Acuerdo 02 de 2019 emanados por del Consejo Directivo y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con los principios que regulan la administración pública contenidos en el artículo 209 de la Constitución Política, los servidores públicos que tengan a su cargo el recaudo de obligaciones a favor del Tesoro deberán realizar su gestión de manera ágil, eficaz, eficiente y oportuna.

 

Que en congruencia con los Acuerdos N° 20 de 1942 y N° 15 de 1959, y el artículo 114 del Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá y el Acuerdo 003 de 2008 emitido por el Consejo Directivo de la Caja de la Vivienda Popular, esta Entidad es un establecimiento público del Distrito Capital, descentralizado, adscrito a la Secretaria Distrital del Hábitat, dotado de personería jurídica, patrimonio propio e independiente y autonomía administrativa.

 

Que el Consejo Directivo de la Caja de la Vivienda Popular, mediante el Acuerdo 002 de 2019, adoptó el Reglamento Interno de Recaudo y Administración de Cartera de la Entidad, otorgando en el artículo segundo al Director General la facultad de ajustar, modificar y/o actualizar el reglamento, de acuerdo con las circulares, guías, resoluciones y/o los lineamientos que sean expedidas por los órganos rectores en la materia y/o las necesidades de la Entidad, en el desarrollo de su implementación.

 

Que el 11 de junio de 2020, se aprobó el Plan de Desarrollo Distrital 2020-2024, mediante el Acuerdo 761 de 2020, en el cual se establecieron temas de gestión de cobro, movilización y depuración de cartera, para el cuatrienio, siendo necesario ajustar el reglamento conforme a lo allí estipulado.

 

Que en desarrollo de la implementación del Reglamento Interno de Recaudo y Administración de Cartera de la Caja de la Vivienda Popular, aprobado en la vigencia 2019, se observó que existen en el mismo imprecisiones en los siguientes temas:

 

1. Sobre el tipo de cartera que tiene la Entidad, conforme al origen de la obligación, en especial lo que corresponde a los contratos de mutuo, los cuales se encuentran excluidos de la aplicación de la Ley 1066 de 2006.

 

2. Frente a las diferentes definiciones señalados en dicho documento.

 

3. En lo que respecta a los roles de las diferentes áreas que intervienen en el recaudo y administración de la cartera.

 

4. Lo correspondiente a la limitación y especificación de cada una de las etapas del cobro.

 

Que en cumplimiento de lo señalado en el artículo 2 del Acuerdo 002 de 2019, fue presentada la actualización del reglamento interno de recaudo y administración de cartera, al Comité Técnico de Sostenibilidad Contable el pasado 09 de noviembre de 2020.

 

Que así las cosas y teniendo en cuenta las motivaciones de carácter factico y legal antes citadas, se puede concluir que es necesario realizar la actualización del Reglamento Interno de Recaudo y Administración de Cartera.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Actualizar el Reglamento Interno de Recaudo y Administración de Cartera de la Caja de la Vivienda Popular, adoptado mediante Acuerdo 002 de 2019, del Consejo Directivo.

 

PARÁGRAFO: La versión actualizada del Reglamento Interno de Recaudo y Administración de Cartera de la Caja de la Vivienda Popular, hace parte integral del presente documento.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación en Registro Distrital.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de noviembre del año 2020.

 

JUAN CARLOS LÓPEZ LÓPEZ

 

Director General

 

Nota: Ver  Anexo.