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Acuerdo 68 de 1948 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/08/1948
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/08/1948
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 68 DE 1948

(Agosto 26)

"Por el cual se dan una autorizaciones al Alcalde y se hacen unos traslados".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ

ACUERDA :

ARTICULO 1. Autorizase al Alcalde para señalar, de acuerdo con el Presidente del Centro Cultural de la Octava Zona de Bogotá, el lugar donde debe erigirse, en la plaza principal del Barrio de La Perseverancia, el busto del doctor Jorge Eliécer Gaitán que, por suscripción popular, adquirieron los vecinos de este barrio y del barrio denominado Bavaria.

ARTICULO 2 El lugar señalado debe acondicionarse debidamente para el objeto indicado, por la Secretaría de Obras Públicas del Municipio.

ARTÍCULO 3. La Sala Cuna que en la actualidad se construye en el Barrio de El Guavio, llevará el nombre de Jorge Eliécer Gaitán.

ARTICULO 4. En el antejardín de la Sala Cuna de que trata el artículo anterior, se levantará un monumento con el busto del ilustre colombiano doctor Jorge Eliécer Gaitán.

ARTICULO 5. Autorízase al Alcalde para nombrar dos empleados, con sueldo de $200-00 mensuales cada uno, por un término hasta de seis meses, para que, bajo la supervigilancia del Presidente del Concejo y del Secretario de Gobierno, organicen los archivos particulares del doctor Jorge Eliécer Gaitán y los hagan encuadernar con destino a la biblioteca, que en el monumento histórico decretado por el Gobierno Nacional, deben conservarse.

ARTICULO 6. Hácense los siguiente traslados dentro del Presupuesto Ordinario de Gastos de la actual vigencia:

DEL CAPITULO III

Departamento de Obras Públicas

Articulo 70. Para construcción barrio obrero en solar adquirido por el Municipio según contrato 381, celebrado con Urbanización del Sur, S.A. $ 50.00.00

AL CAPITULO III

Departamento de Obras Públicas

Articulo 78. (nuevo). Para dar cumplimiento al Acuerdo número 66 de 1948, honores a la memoria del doctor Jorge Eliécer Gaitán $ 50.000.00

ARTICULO 7. Autorízase al Alcalde para que mediante Decreto verifique, con la aprobación de la Comisión de Presupuesto del Concejo, los traslados necesarios para completar la apropiación destinada al cumplimiento del Acuerdo de honores al doctor Gaitán a que se refiere el artículo anterior.

ARTICULO 8. Este Acuerdo regirá desde su promulgación.

Dado en Bogotá, a veinte de agosto de mil novecientos cuarenta y ocho.

El Presidente, DARIO SAMPER

- El Secretario, Alberto Figueredo Salcedo

Alcaldía de Bogotá – Agosto 26 de 1948

Publíquese y ejecútese.

FERNANDO MAZUERA VILLEGAS

– El secretario de Gobierno, Roberto París Gaitán

- El Secretario de Hacienda, Octavo Rodríguez

– El secretario de Obras Públicas, Antonio Morales B.

("Anales del Concejo" número 1630, de Septiembre 1 de 1948)

Este Acuerdo fue devuelto por la Gobernación con la siguiente nota: "Se le estima exequible con la excepción anotada por este Despacho al Acuerdo 66 del mismo año".

El Concejo en sesión del 27 de mayo de 1949, consideró el informe de la Comisión de Gobierno, Justicia y Policia que estudio tales observaciones, que contiene la siguiente proposición: "Dígase a la Gobernación que el Concejo de Bogotá rechaza las excepciones a la exequibilidad del Acuerdo 68 de 1946, por cuanto no están fundadas". La proposición fue aprobada.

(Véase el informe, en el "Registrko Municipal" de 31 de Junio de 1949)

El Secretario, Alberto Figueredo Salcedo.