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Decreto Local 015 de 2020 Alcaldía Local de los Mártires

Fecha de Expedición:
21/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/12/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7002 del 23 de diciembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 015 DE 2020

 

(Diciembre 21)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Bosa para la vigencia fiscal 2020

 

LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que según el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.” Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación y Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que la Administración Local requiere efectuar el traslado presupuestal por la suma de CIENTO DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($102.858.179) al Proyecto de Inversión No. 1346 “Convivencia ciudadana para una Bosa más segura para todos”.

 

Que el Fondo de Desarrollo de Bosa, en gastos de inversión directa, en los proyectos No. 3-3-1-15-01-031352 “Participación mejor para todos” presentan saldo de apropiación libre de afectación, el cual puede trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros.

 

Que mediante oficio No. 2-2020-61835 del 07 de diciembre de 2020, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

 

Que mediante oficio No. 2-2020EE197130 del 18 de diciembre de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2020, por valor de CIENTO DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($102.858.179).

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. – Efectúese unos contracréditos al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Bosa conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO  PRESUPUESTAL

NOMBRE

VALOR

3

GASTOS

102.858.179

3-3

INVERSIÓN

102.858.179

3-3-1

DIRECTA

102.858.179

3-3-1-15

Bogotá Mejor Para Todos

102.858.179

3-3-1-15-07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

102.858.179

3-3-1-15-07-45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

102.858.179

3-3-1-15-07-45-1352

Participación mejor para todos

102.858.179

 

TOTAL, 

CONTRACREDITOS

102.858.179

 

ARTÍCULO 2º. – Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Bosa conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO  PRESUPUESTAL

NOMBRE

VALOR

3

GASTOS

102.858.179

3-3

INVERSIÓN

102.858.179

3-3-1

DIRECTA

102.858.179

3-3-1-15

Bogotá Mejor Para Todos

102.858.179

3-3-1-15-03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

102.858.179

3-3-1-15-03-19

Seguridad y convivencia para todos

102.858.179

3-3-1-15-03-19-1346

Convivencia ciudadana para una Bosa más segura para todos

102.858.179

 

TOTAL, CREDITOS

102.858.179

 

ARTÍCULO 3º.- COMUNICACIÓN. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su cargo.

 

ARTÍCULO 4º.- PUBLICACIÓN. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO 5º.- VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de diciembre del año 2020.

 

LIZETH JAHIRA GONZÁLEZ VARGAS

 

Alcaldesa Local de Bosa