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Decreto Local 020 de 2020 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
24/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/12/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7013 del 06 de enero de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 020 DE 2020

 

(Diciembre 24)

 

Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de Gastos e Inversión del fondo de desarrollo local de Suba para la vigencia fiscal 2020

 

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el tercer inciso del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 estipula sobre, los traslados presupuestales: “…Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”

 

Que, según el Manual Operativo Presupuestal Fondos de Desarrollo Local, en el numeral “3.9.1. Traslado Presupuestal: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.”

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de Suba requiere hacer un traslado presupuestal al interior del agregado Inversión en por valor de CUATROCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS ($420.000.000) con el fin aumentar los recursos del proyecto de inversión “1483 Suba se expresa y decide” en atención a que la presente vigencia ha traído grandes dificultades y desafíos relacionados con el COVID 19, la cuarentena y la subsiguiente afectación económica, del consumo, las empresas y los hogares, motivo por el cual se requiere fortalecer el recurso disponible para la ejecución de contrato de incentivos para el empleo, con el objetivo de lograr que se reactive la economía y disminuir un poco las afectaciones que ha traído la pandemia.

 

Que la Administración Local revisó los recursos con que cuenta el rubro presupuestal 1483 “Suba se expresa y decide” y dentro del Plan Anual de Adquisiciones de la vigencia 2020 la Alcaldía Local de Suba tiene los recursos programados para comprometer con cargo al proyecto 1483 “Suba se expresa y decide” la suma de $ 693.997.064 con el fin de adicionar el contrato de incentivos para el empleo, sin embargo la adición se requiere por $ 1.113.997.064, razón por la cual se requieren CUAROCIENTOS VEINTE MILLONES ($420.000.000) para trasladarlos al mencionado proyecto y contar con los recursos suficientes para lograr adicionar el contrato de incentivos para el empleo.

 

Que dentro del Plan Operativo Anual de Inversiones y en el Plan Anual de Adquisiciones de la vigencia 2020 de la Alcaldía Local de Suba se liquidó un presupuesto de $ 4.273.130.000. en el proyecto “1481 Suba comprometida con la inspección, la vigilancia y el control” para realizar cuatro (4) acciones de inspección vigilancia y control, los cuales se encontraban destinados a las contrataciones del recurso humano, demoliciones y metrología, sin embargo y dadas las afectaciones de la pandemia, los valores de los contratos y la cantidad de personas contratadas para prestación de servicios y apoyo a la gestión ha sido menor de lo proyectado.

 

Que teniendo en cuenta que la meta de inspección, vigilancia y control se encuentra con una ejecución del 100 %, es prioritario dar atención a aquellas necesidades derivadas de las afectaciones de pandemia y que tanto la administración Distrital como la Administración Local, han decidido atender a través de los contratos de reactivación económica, en este caso específico el contrato de incentivos para el empleo, los recursos con que cuenta el proyecto “1481 Suba comprometida con la inspección, la vigilancia y el control”, pueden ser trasladados para invertirlos fortaleciendo económicamente el Contrato de Incentivos para el empleo.

 

Que mediante oficio No. 2-2020-62823 del 10 de diciembre de 2020 la Subsecretaria de Planeación de la Inversión de la Secretaría de Planeación Distrital, emite concepto previo favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2020 por valor de $420.000.000.

 

Que mediante oficio No. 2020EE198141O1 del 22 de diciembre de 2020 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2020 por valor de $420.000.000.

 

Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, se hace necesario realizar el traslado presupuestal solicitado para poder dar cumplimiento a las necesidades de la administración Local en beneficio de la comunidad y la administración local, de la localidad de Suba.

 

En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Suba,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúense el siguiente contracrédito al Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2020, de conformidad con el siguiente detalle:

 

CODIGO

 NOMBRE

CONTRACRÉDITO

13

GASTOS

420.000.000

133

INVERSIÓN

420.000.000

13301

DIRECTA

420.000.000

1330115

Bogotá Mejor Para Todos

420.000.000

133011507

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

420.000.000

13301150745

Gobernanza e influencia local, regional e Internacional.

420.000.000

133011507450000001481

Suba comprometida con la Inspección la vigilancia y el control.

420.000.000

 

TOTAL CONTRACREDITO

420.000.000

  

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2020, de conformidad con el siguiente detalle:

 

CODIGO

 NOMBRE

CRÉDITO

13

GASTOS

420.000.000

133

INVERSIÓN

420.000.000

13301

DIRECTA

420.000.000

1330115

Bogotá Mejor Para Todos

420.000.000

133011507

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

420.000.000

13301150745

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

420.000.000

133011507450000001483

Suba se expresa y decide

420.000.000

 

TOTAL CREDITO

420.000.000

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de diciembre del año 2020.

 

JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN

 

Alcalde Local de Suba