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Decreto Local 022 de 2020 Alcaldía Local de Puente Aranda

Fecha de Expedición:
23/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/01/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital 7013 del 06 de enero de 2021
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 022 DE 2020

 

(Diciembre 23)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2020

 

LA ALCALDESA LOCAL DE PUENTE ARANDA

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Inversiones del Presupuesto de Gastos de la Alcaldía local de Puente Aranda en la vigencia fiscal 2020.

 

Que la administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal de CIENTO OCHENTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO TRECE PESOS ($180.240.113) MCTE, al proyecto de inversión 1310 - 3133011503190000001310 “Puente Aranda una Localidad Segura”, con el fin reforzar los programas que apuntan a la contención de riesgos en el espacio público en el marco de la pandemia y que, a su vez, permiten la reactivación económica mediante la generación de empleos locales.

 

Que el Fondo de Desarrollo de Puente Aranda, en el gasto de inversión directa, en los proyectos 1292 - Rubro Presupuestal 133011501070000001292 “Puente Aranda Educativa para todos” y 1290 - Rubro Presupuestal 133011502180000001290 “Democracia Urbana más vías para todos”, presentan saldo de apropiación libre de afectación, el cual puede trasladarse para financiar la apropiación de otro rubro.

 

Que mediante oficio N° 2-2020-63149 del 10 de diciembre de 2020, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

 

Que mediante oficio N° 2020EE198213O1 del 23 de diciembre de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2020, por valor de CIENTO OCHENTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO TRECE PESOS ($180.240.113) MCTE.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.  - Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la Vigencia Fiscal 2020, conforme al siguiente detalle:

 

Código

Descripción

Valor

13

GASTOS

180.240.113

133

INVERSIÓN

180.240.113

13301

DIRECTA

180.240.113

1330115

Bogotá Mejor Para Todos

63.257.857

133011501

Pilar Igualdad de calidad de vida

63.257.857

13301150107

Inclusión educativa para la equidad

63.257.857

133011501070000001292

1292 - Puente Aranda educativa para todos

63.257.857

133011502

Pilar Democracia urbana

116.982.256

13301150218

Mejor movilidad para todos

116.982.256

133011502180000001290

1290 - Democracia urbana mas vías para todos

116.982.256

TOTAL CONTRACREDITO

180.240.113

 

ARTÍCULO 2º. - Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la Vigencia Fiscal 2020, conforme al siguiente detalle:

 

Código

Descripción

Valor

13

GASTOS

180.240.113

133

INVERSIÓN

180.240.113

13301

DIRECTA

180.240.113

1330115

Bogotá Mejor Para Todos

180.240.113

133011503

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

180.240.113

13301150319

Seguridad y convivencia para todos

180.240.113

133011503190000001310

1310 - Puente Aranda una localidad segura

180.240.113

TOTAL CRÉDITO

180.240.113

 

ARTÍCULO 3º.- COMUNICACIÓN. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

 

ARTÍCULO 4º.- PUBLICACIÓN. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO 5º.- VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de diciembre del año 2020.

 

ROSA ISABEL MONTERO TORRES

 

Alcaldesa Local (E) de Puente Aranda