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Resolución 038 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 038 DE 2020

 

(Diciembre 10)

 

Por la cual se delega la participación y funciones de la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D. C., en el Comité Distrital de Gestión y Desempeño

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artículo 40 de Decreto Ley 1421 de 1993, y el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

 

Que el artículo  de la Ley 489 de 1998, establece que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

 

Que el artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993, faculta a la Alcaldesa Mayor para delegar las funciones que le asignen la ley y los acuerdos en los Secretarios, Jefes de Departamento Administrativo, Gerentes o Directores de entidades descentralizadas, en los funcionarios de la administración tributaria, y en las Juntas Administradoras y los Alcaldes Locales.

 

Que el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, permite a las autoridades administrativas del Distrito Capital delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias.

 

Que el artículo 2.2.22.3.7. del Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 1499 de 2017, establece que los Comités Departamentales, Distritales y Municipales de Gestión y Desempeño serán presididos por el gobernador o alcalde.

 

Que el artículo 10 del Decreto Distrital 807 de 2019[1] , señala que: “El Comité Distrital de Gestión y Desempeño estará conformado por: 1. El Alcalde Mayor de Bogotá D.C., o el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá cuando medie delegación de aquel, quien lo presidirá. (...)”


Que el artículo 13 del Decreto Distrital 807 de 2019, dispone que son funciones del presidente del Comité Distrital de Gestión y Desempeño las siguientes:

 

“ (…)

 

1. Promover las citaciones del comité, presidir, instalar y dirigir las reuniones del Comité.

 

2. Representar al Comité cuando se requiera.

 

3. Servir de canal de comunicación de las decisiones del Comité. Únicamente el presidente podrá informar oficialmente los asuntos tratados por el Comité Distrital de Gestión y Desempeño.

 

4. Hacer seguimiento a las decisiones adoptadas y compromisos adquiridos por el Comité.

 

5. Hacer el reparto de los asuntos que le corresponda al Comité revisar y debatir.

 

6. Decidir los impedimentos y recusaciones que presenten los integrantes del Comité.

 

7. Las demás funciones que establezca la ley o el reglamento.”

 

Que de acuerdo a lo señalado anteriormente, y con el objeto de garantizar el cumplimiento efectivo de las funciones asignadas al presidente del Comité Distrital de Gestión y Desempeño, se hace necesario delegar la participación y funciones de la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D. C., en dicha instancia.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°.- Delegar en el/la Secretario/a General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., la participación y funciones de la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., en el Comité Distrital de Gestión y Desempeño.

 

Artículo 2°.- Comunicar el contenido del presente acto a la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., y a la Secretaria Distrital de Planeación quien ejerce la secretaría técnica del Comité Distrital de Gestión y Desempeño, a los correos electrónicos acordoba@sdp.gov.co y servicioalciudadanoGEL@sdp.gov.co, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General.

 

Artículo 3°.- La presente resolución rige a partir del día siguiente a su comunicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de diciembre del año 2020.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ


Alcaldesa Mayor


NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

[1] "Por medio del cual se reglamenta el Sistema de Gestión en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones".